Rescatar o no plan de pensiones

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Mi padre ya jubilado tiene dos planes de pensiones que pensaba rescatar, pues vence la garantia muy pronto, sin embargo en el banco le intentan convencer de que la mejor opción es no rescatarlo sino traspasarlo a otro plan de pensiones. La rentabilidad de ambos planes es ahora mismo bastante pobre.

Yo tenía la idea de rescatar de forma mixta (la parte anterior a 2016 en forma de capital y el resto en rentas entre 5 y 7 años). Sin embargo, dado que mi padre no necesita el dinero y que actualmente los tipos son tan bajos tengo la duda de si el consejo del banco no sea realmente acertado.

No es una decisión para tomar de un dia para otro, pero en cierto modo sí tenemos un plazo límite:
- El banco nos explicó que cuando vence la garantia el plan pasa a un
"plan monetario" en el que "ni se gana ni se pierde".
- Para contingencias entre 2011 y 2014 el capital deberá cobrarse en un plazo de 8 años, es decir hasta 2019, para poder beneficiarse de la exención del 40%.

Mi padre no quiere complicaciones y no quiere seguir aportando al plan. Pero tampoco necesita rescatarlo en el medio o largo plazo.

Las ventajas de traspasar el plan entiendo que son las siguientes:
- Posibilidad de seguir aportando y deduciendo en la renta de cada año.
- El plan no tributa en el impuesto de sucesiones y mi tipo marginal actualmente es menor que el suyo. Podría ser beneficioso que lo rescatase yo y no el.
- En el banco están convencidos de que el tratamiento fiscal del rescate será mejor en el futuro cuando el problema de las pensiones se agrave. También opinan que en general es mejor pagar los impuestos lo más tarde posible.

¿Cual creeis que puede ser la mejor decisión en estos momentos?
 
Ojo con rescatarlos de golpe, que Hacienda le puede meter un puro de tres pares de agallas en la declaración de la renta, porque fruta TODO como si fueran ingresos por trabajo y el % a pagar puede alcanzar el máximo.
 
Este tema es para consultarlo con un asesor fiscal. SÍ que rescataría el capital aportado anterior al 2007 ya que cuenta con una exención del 40%. Ahora bien, sé que hubo modificaciones en cuanto al plazo para poder aplicarlo. Por otro lado, ¡Ojo! con percibirlo de forma mixta, ya que al cobrar la pensión más la renta se incurre en dos pagadores y eso hay que tenerlo también muy en cuenta cara a Hacienda, de manera que el importe de la renta no pase de los topes establecidos para volver a "pagar" por lo que es de uno...

Y yo del Banco me fiaría lo que me fiaría, es decir NADA... En un monetario se puede llegar a perder, aunque no sea lo más usual. Podrías mirar un traspaso a un Plan de Previsión Asegurado. En Mutuactivos tienen uno que está funcionando bastante bien.

En fin, lo dicho: más vale gastarse unos "cuartos" -que no serán muchos- en asesorarse bien por un profesional de la fiscalidad.

Saludos.
 
Este tema es para consultarlo con un asesor fiscal. SÍ que rescataría el capital aportado anterior al 2007 ya que cuenta con una exención del 40%. Ahora bien, sé que hubo modificaciones en cuanto al plazo para poder aplicarlo. Por otro lado, ¡Ojo! con percibirlo de forma mixta, ya que al cobrar la pensión más la renta se incurre en dos pagadores y eso hay que tenerlo también muy en cuenta cara a Hacienda, de manera que el importe de la renta no pase de los topes establecidos para volver a "pagar" por lo que es de uno...

Y yo del Banco me fiaría lo que me fiaría, es decir NADA... En un monetario se puede llegar a perder, aunque no sea lo más usual. Podrías mirar un traspaso a un Plan de Previsión Asegurado. En Mutuactivos tienen uno que está funcionando bastante bien.

En fin, lo dicho: más vale gastarse unos "cuartos" -que no serán muchos- en asesorarse bien por un profesional de la fiscalidad.

Saludos.

¿Podrías indicarme dónde encontrar más información sobre ese producto?
 
Hola, gonzalor: Ahí lo tienes... Arriba, en el margen lateral derecho tienes el acceso al mismo.

-

De hecho, es una Gestora bastante "transparente" y ahora mismo no conozco un producto semejante que dé lo que dan ahí en "neto", ya que en los PPA se "vende" mucho la "moto". Eso SÍ, cada 3 meses tienen la opción de cambiar la rentabilidad, pero tampoco tienes permanencia.

Y me consta, gonzalor, que también estás interesado en la remuneración del ahorro, pues ahí tienen un producto que se llama si no recuerdo mal "Plan Ahorro Plus" y que dará hasta el 30 de Septiembre el 1% "neto". Tampoco hay permanencia.

Como sé que eres cercano a Barcelona, te diré que han cambiado a la Avda. Diagonal, nº 458, 1ª Planta, de Barcelona ciudad.

Por MP te doy algún detalle más.

Saludos.
 
Última edición:
Confieso que no he leído nada. Pero si tu padre está jubilado y no disfruta del plan de pensiones ¿a qué espera? ¿a disfrutarlo desde la tumba?
 
Hola, gonzalor: Ahí lo tienes... Arriba, en el margen lateral derecho tienes el acceso al mismo.

-

De hecho, es una Gestora bastante "transparente" y ahora mismo no conozco un producto semejante que dé lo que dan ahí en "neto", ya que en los PPA se "vende" mucho la "moto". Eso SÍ, cada 3 meses tienen la opción de cambiar la rentabilidad, pero tampoco tienes permanencia.

Y me consta, gonzalor, que también estás interesado en la remuneración del ahorro, pues ahí tienen un producto que se llama si no recuerdo mal "Plan Ahorro Plus" y que dará hasta el 30 de Septiembre el 1% "neto". Tampoco hay permanencia.

Como sé que eres cercano a Barcelona, te diré que han cambiado a la Avda. Diagonal, nº 458, 1ª Planta, de Barcelona ciudad.

Por MP te doy algún detalle más.

Saludos.

Muchas gracias fernandojcg, le echaré un vistazo a todo.
Saludos
 
Bueno,yo tengo 4 descendientes ya mayores. Al primero que me viniera a preguntar por cuentas, planes de pensiones y posesiones, de la patada que le pegaba en los cataplines se acordaban sus nietos toda la vida. Aparte que lo desheredaria ipso-facto.

Pero imagino que tu eres el listo de la familia con asesores burbujarras. 😀

Me pongo enfermo en cuanto veo ninis hablar del dinero de otros como si fuera propio.

Pero ya que estamos, cómo demuestras lo que habias aportado antes del 2007 exento en un 40 % (a los burbujarras, que no al autor del hilo). Porque yo empecé el plan de Pensiones en una entidad, pero lo traspasé a otra.
 
Es MUY sencillo:

1º) Las gestoras cuando realizan los traspasos ya reflejan las aportaciones realizadas, vamos que hay un "histórico" de las aportaciones.

2º) ¿Haces la declaración de la Renta? Pues, ahí viene reflejada la cantidad aportada cada año.

No es tan complicado y dependerá del seguimiento que quieras hacerle a tus finanzas personales. Yo conozco todos esos datos y he traspasado mis Planes de Pensiones -ahora sólo tengo una PPA- en muchas ocasiones.

Por supuesto, que NO recomiento a NADIE que se haga un Plan de Pensiones/PPA mientras sigan teniendo el tratamiento fiscal que tienen, pero no es menos cierto que muchos los abrimos en su momento creyendo que se iban a cumplir unas expectativas que no dejaron de ser "promesas"...

En cualquier caso, está meridianamente CLARO que "algo" habrá que hacer cara a la Jubilación y lo digo por los más jóvenes. A mí, en el fondo, ya me la "pela" y, seguramente, llegada la hora rescataré la parte EXENTA en el 40% y el resto igual se queda en "herencia"...

Saludos.
 
Última edición:
Gracias Fernando.

Yo hace años que no aporto un duro, solo cambio el Plan de un fondo a otro para no dejarlo a merced de los bancos y sacarle algo de rentabilidad.

Y eso es lo que pienso hacer de momento, sacar en cuanto sea el momento este capital exento en 40%, que si es facil sacarlo reflejado, pues tanto mejor.
 
Hola, Dekalogo10: No está de más indicarte que en lo EXENTO hasta el 2007 están tanto los capitales aportados como las plusvalías que se hubieran producido hasta ese entonces, es decir: qué había el 31 de Diciembre de 2007... Por supuesto, si hubieran habido minusvalías también deberían venir reflejadas, por tanto el capital a rescatar sería menor al de las aportaciones realizadas.

Saludos.
 
En cualquier caso, está meridianamente CLARO que "algo" habrá que hacer cara a la Jubilación y lo digo por los más jóvenes. A mí, en el fondo, ya me la "pela" y, seguramente, llegada la hora rescataré la parte EXENTA en el 40% y el resto igual se queda en "herencia"...

Saludos.

¿Cuándo se legisló lo del 40%? ¿Tengo entendido que las aportaciones antes del 2006?
 
Muchas gracias a todos los que habéis realizado comentarios constructivos.

Unos comentarios:

- Mi padre es uno mas de muchas personas que abrió un plan de pensiones hace muchos años, entendiendo que hacia lo correcto. Esto no es un debate sobre los planes de pensiones porque ya se ha demostrado que, excepto para unos pocos grupos de rentas altas, estos no han sido una buena elección.

- El consejo de "...consultarlo con un asesor fiscal..." es muy bueno y lo que realmente vamos a acabar haciendo. Pero quería conocer antes las opiniones del foro, en algunos hilos he encontrado puntos de vista interesantes y en el fondo os considero una multitud inteligente.

- "...Si haces lo contrario de lo que te recomienda el Banco, probablemente acertarás..." ojala fuese tan fácil.

- Sobre el tema del rescate creo que en general esta claro que la forma fiscalmente mas optima es la mixta. El tratamiento fiscal de los planes de pensiones es desastroso en España. La pregunta es si conviene rescatar o no. O de si es mejor hacerlo cuanto antes o lo mas tarde posible.

- "...si tu padre está jubilado y no disfruta del plan de pensiones ¿a qué espera?..." afortunadamente tiene una pensión y no necesita el dinero de forma inmediata. Ademas es consciente de las repercusiones de la decisión de rescatar.

- "...eres el listo de la familia con asesores burbujarras..." no, me ha tocado "asesorar" en un tema que desconozco y que resulta mas complejo de lo que parece a primera vista. Por ser su descendiente y por esa costumbre española de pagar medicos privados pero no asesores fiscales.

- "...hace años que no aporto un duro, solo cambio el Plan de un fondo a otro para no dejarlo a merced de los bancos y sacarle algo de rentabilidad." esa es la opción que nos propone el banco si no necesitamos el dinero, traspasarlo a otro plan de pensiones. Bueno, incluso nos proponen seguir aportando.


Iré publicando toda la información que vaya recopilando por otras fuentes por si pudiera ser de utilidad a otras personas.

---------- Post added 03-sep-2016 at 19:49 ----------

¿Cuándo se legisló lo del 40%? ¿Tengo entendido que las aportaciones antes del 2006?

A partir del 1 de enero de 2016 se producen varias modificaciones debido a la Ley 26/2014 de 27 noviembre, por la que se modifica la Ley 35/2006 de 28 noviembre del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas y otras normas.

Fuente:
 
¿Cuándo se legisló lo del 40%? ¿Tengo entendido que las aportaciones antes del 2006?

Es cierto, me equivoqué en el año, efectivamente es el 2006, y es que muchas veces escribo de "memoria"... Y luego ya viene lo que ha enlazado Wired.

Saludos.
 
Ojo con rescatarlos de golpe, que Hacienda le puede meter un puro de tres pares de agallas en la declaración de la renta, porque fruta TODO como si fueran ingresos por trabajo y el % a pagar puede alcanzar el máximo.

No es exacto

fruta lo añadido posteriormente al ingreso inicial (si se hizo) y los intereses y beneficios

por ejemplo

si se abrió un plan de pensiones con 7000 euros, estos, al ser ahorros supuestamente ya declarados, no tributarian, es el valor consolidado base

las aportaciones posteriores si tributarian por cuanto se desgravan su importe anual en el IRPF

Y cuidadin con una vez rescatados colocar "en otro PLAN DE PENSIONES" porque el ahorrador ya no los vera en vida, sino que sus descendientes seran los beneficiarios, otra cosa es un fondo de inversion o alguna cuenta de ahorro, pero ni en broma otro "plan de pensiones", que por cierto son una autentica engaña y una forma de secuestrar tus ahorros por lustros

si se deja correr el tiempo (hay un plazo para tomar posesion del capital una vez se consigue la jubilacioón), el plan tampoco sera rescatable por el titular y solo podra hacerlo los descendientes o herederos legitimos tras el deceso del titular

---------- Post added 03-sep-2016 at 20:35 ----------

Pero ya que estamos, cómo demuestras lo que habias aportado antes del 2007 exento en un 40 % (a los burbujarras, que no al autor del hilo). Porque yo empecé el plan de Pensiones en una entidad, pero lo traspasé a otra.

Porque queda una memoria en la Agencia Tributaria, y porque la entidad en que traspasaste el dinero tiene tambien dicha memoria, por eso es un traspaso y no una liquidacion, cuenta a cero, y volver a empezar.... y aun asi, el apunte historico queda

Vamos es como decir "¿y como sabe el banco que dinero tengo si perdi la libreta donde se inscriben los apuntes?"
 
No es exacto

fruta lo añadido posteriormente al ingreso inicial (si se hizo) y los intereses y beneficios

por ejemplo

si se abrió un plan de pensiones con 7000 euros, estos, al ser ahorros supuestamente ya declarados, no tributarian, es el valor consolidado base

las aportaciones posteriores si tributarian por cuanto se desgravan su importe anual en el IRPF

Y cuidadin con una vez rescatados colocar "en otro PLAN DE PENSIONES" porque el ahorrador ya no los vera en vida, sino que sus descendientes seran los beneficiarios, otra cosa es un fondo de inversion o alguna cuenta de ahorro, pero ni en broma otro "plan de pensiones", que por cierto son una autentica engaña y una forma de secuestrar tus ahorros por lustros

si se deja correr el tiempo (hay un plazo para tomar posesion del capital una vez se consigue la jubilacioón), el plan tampoco sera rescatable por el titular y solo podra hacerlo los descendientes o herederos legitimos tras el deceso del titular

---------- Post added 03-sep-2016 at 20:35 ----------



Porque queda una memoria en la Agencia Tributaria, y porque la entidad en que traspasaste el dinero tiene tambien dicha memoria, por eso es un traspaso y no una liquidacion, cuenta a cero, y volver a empezar.... y aun asi, el apunte historico queda

Vamos es como decir "¿y como sabe el banco que dinero tengo si perdi la libreta donde se inscriben los apuntes?"

¿Seguro que la aportación inicial no tributa? ¿Y es resto de aportaciones de dónde sale si no es del ahorro? No me cuadra.
 
A mí, gonzalor, también me ha extrañado esa afirmación... Tengo entendido que el rescate es sobre los DERECHOS CONSOLIDADOS: los que sean y sin distinciones. Por tanto, ahí va a entrar el último valor liquidativo que se se aplique sobre el capital resultante, que estará compuesto por las aportaciones y los rendimientos positivos o negativos que puedan haberse dado.

Además, NO entiendo cómo se distingue que la primera aportación viene del "Ahorro" y porqué éste debería tener una consideración "especial", además es que se habrá beneficiado de la desgravación en la Declaración de la Renta, por tanto no lo veo... Sabiendo de la ansías recaudatorias de Hacienda como que no NO me "cuadra"...

Por otro lado, yo abrí mi primer Plan de Pensiones en 1996 y NO recuerdo NADA sobre eso y creo que me habría fijado.

De todas formas, NO soy fiscalista y esto es una simple opinión personal.

Saludos.
 
¿Seguro que la aportación inicial no tributa? ¿Y es resto de aportaciones de dónde sale si no es del ahorro? No me cuadra.

Es facil, yo tengo unos ahorros, de los que ya he pagado mis impuestos cada año, y me digo ¿que hago con ellos?

el sencilla de la oficina me vende un plan de pensiones, y yo mas simple lo contrato, pongamos esos 7000 euros que hablabamos

No me pueden tributar lo tributado y liquidado por doblete, esa es la aportacion inicial, yo ya pague mis impuestos y esos ahorrillos es lo que me quedan y que he ido acumulando.
Las aportaciones sucesivas, esas que te "desgravan" anualmente sí son sujetas a declaracion y tributacion. Y piensa que no puedes ingresar lo que quieras, la desgravacion tiene un maximo anual

hay planes de simuladores de rescate,como este



por ejemplo, pones 7000 de primera aportacion y quieres rescatar los 7000 , no te dice que hayas que pagar nada, por cuanto es el valor consolidado de la primera aportacion. Otra cosa son las aportaciones sucesivas, las que te desgravan anualmente, y sus reditos

---------- Post added 03-sep-2016 at 21:54 ----------

A mí, gonzalor, también me ha extrañado esa afirmación... Tengo entendido que el rescate es sobre los DERECHOS CONSOLIDADOS: los que sean y sin distinciones. Por tanto, ahí va a entrar el último valor liquidativo que se se aplique sobre el capital resultante, que estará compuesto por las aportaciones y los rendimientos positivos o negativos que puedan haberse dado.

Además, NO entiendo cómo se distingue que la primera aportación viene del "Ahorro" y porqué éste debería tener una consideración "especial", además es que se habrá beneficiado de la desgravación en la Declaración de la Renta, por tanto no lo veo... Sabiendo de la ansías recaudatorias de Hacienda como que no NO me "cuadra"...

Por otro lado, yo abrí mi primer Plan de Pensiones en 1996 y NO recuerdo NADA sobre eso y creo que me habría fijado.

De todas formas, NO soy fiscalista y esto es una simple opinión personal.

Saludos.

a ver si en su momento ya pague los impuestos correspondientes y ese dinero INICIAL, el que abre la cuenta, lo pongo en un plan, no me pueden hacer pagar de nuevo

vamos es der pizarrin....

usar el simulador

 
Última edición:
Parece Vd. muy seguro de lo que comenta, pero la verdad es que es la primera vez que leo y oigo algo semejante... Bueno, llegada la hora del rescate -me queda poco...- ya me lo miraré porque de aquí a entonces hay muchos "Viernes" por en medio y ya sabemos que esto en nuestro país es susceptible de que suba el "pan"...

En cualquier caso, Gracias por el aporte.

Saludos.
 
Última edición:
Parece Vd. muy seguro de lo que comenta, pero la verdad es que es la primera vez que leo y oigo algo semejante... Bueno, llegada la hora del rescate -me queda poco...- ya me lo miraré porque de aquí a entonces hay muchos "Viernes" por en medio y ya sabemos que esto en nuestro país es susceptible de que suba el "pan"...

En cualquier caso, Gracias por el aporte.

Saludos.

Lo que se cobra Hacienda al rescatar el plan no es sólo el impuesto al rendimiento del ahorro sino lo desgravado en el IRPF con TODAS las aportaciones. Esa deducción de lo aportado no es más que un diferimiento en el pago, y la única ventaja que tiene es que se supone que el tipo impositivo de un jubilado es inferior al de un trabajador en activo.
 
# gonzalor: NO, si eso lo tengo claro... En realidad, las desgravaciones son diferir en el tiempo el pago de los impuestos con el agravante de que lo desgravado sea inferior a lo que toque pagar en su momento... Realmente, está concebido como una ENGAÑA legal. Y claro que en su momento se "vendió" este producto con otras "expectativas" y no sólo desde el Sistema bancario, sino desde los mismos Gobiernos del PPSOE. De todas formas, tampoco ha cambiado el "formato" de venta porque, actualmente, siguen insistiendo en la "bonanza" del producto, pero sin entrar en detalles tan fundamentales cómo lo que sucede al rescatarlo.

Saludos.
 

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