No temais al 720

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Y cuando cierras una cuenta fuera también hay que presentarlo si lo presentaste para abrirla.
 
yo tengo la cuenta nn con 40.000e

los meses del año pasado me han generado unos 100e

cómo y cuándo los declaro? es obligatorio declararlos? gracias
 
Lo declaras en tu declaración de Hacienda, no tiene nada que ver con el 720 que es otra cosa, totalmente obligatorio declararlo como cualquier otro interes que percibas en cualquier banco del mundo o español si eres residente fiscal aquí y declaras aquí
 
Cuando cierras las cuentas, ¿hay que rellenar ese modelo 720 u otro al efecto? ¿Y si las dejas a cero?

Sí, cuando rescatas el dinero otra vez el puro 720 A ver, yo he tenido dinero fuera y pienso que ha sido una gilipilez que podía traer problemas si tienes un error haciendo el puro 720 Hacienda sabe lo que tienes fuera.

En caso de que pase algo pienso que te da igual. Siendo residente aquí lo que puedan saber que tienes y en la UE... La mejor protección fondos, acciones... Pero claro...

Si eres político sí que las cosas son diferentes.
 
Bueno los que se lo quieran hacer, que se lo hagan, yo solo digo que lo puede hacer un gestor para los que les da pereza o les da miedo, yo prefiero que me lo haga un gestor y así me aseguro la jugada
Pero lo que quería decir en este hilo, que lo hagais vosotros o lo haga el gestor es sencillo, no temáis a ese trámite
Justo era lo que quería Montoro que os diera pereza y por eso no sacarais el dinero de España

Si me permites, añadiría que mejor en una gestoría con seguro en vigor que cubra posibles errores de confección, en caso de sanción por alguna equivocación.
 
En segundo lugar eso no se está aplicando y si, es una barbaridad
Pero en primer lugar, recordad que por 50 € que cuesta un asesor te aseguras, contra este terror, pues usas el seguro de tu asesor, que si la defeca ya estará asegurado, como es lógico y ya te indemnizará

---------- Post added 25-sep-2018 at 13:37 ----------



De momento en nada, ahí siguen, pero por eso no aplican a fondo, saben que es disparatado
Si, lo de asesor con seguro lo comento más adelante, es parte muy importante de la jugada
 
Mejor que lo hagais vostros o almenos lo superviseis . Imainad que la gestoria cierra digamos este año y dentro de 3 o 15 años ( dicen que no caduca ) os llaman diciendo que esa presentacion tiene errores o no se les presentó ? . Donde esta el seguro que paga eso de una accion de hace mas de 10 años ?
 
Eso no es así. La responsabilidad ante la AEAT es tuya, pues tú firmas la declaración.

Y si luego te pasa algo, tendrás que reclamar al gestor por vía judicial y su seguro hará todo lo posible para no pagar. Y va a tener bastante facil no pagar, porque nadie te ha obligado a firmar.

Tal cual, lo mismo ocurre con todos los modelos de las declaraciones, como iva, irpf, etc el responsable eres tu, y luego si tu quieres vas contra tu gestor y ahi ya lo que logres demostrar.
 
Qué hacéis hablando del 720? Ya pasó el periodo para declararlo, fue hasta el 31/3. Si se presenta ahora os crujen directamente por hacerlo a destiempo
 
VEo que la gente tiene miedo a sacar más de 50.000 E al extranjero, por el dichoso formulario 720 que hay que presentar
No temais para nada este trámite, la asesora me cobró 50 € por hacerlo, pagas una asesoría y ya está
A mí lo que me da miedo dejar aquí el dinero
Además como las tienes declaradas cuando televantes con el pie izquierdo, nada te puede impedir mandar todo tu dinero de golpe a cuentas en el extranjero

Y cuanto tiempo crees que tararía el banco extranjero en hacer una transferencia a la Hacienda Española en caso de una "requisa".

Una vez que rellenas el 720 es igual dónde tengas el dinero, simplemente te puede resolver un problema en caso de quiebra de banco que será otro estado quien te restaurará hasta 100.000€, pero eso lo puedes resolver en España con bancos respaldados por el fondo de garantía de otro país.
 
Entiendo, entonces, que si tengo 40.000 en líquido en una cuenta corriente, y otros 40.000 en un broker extranjero, no estaría obligado a presentar el 720. ¿Es correcto?
Si, es correcto. Mas dudoso es si el efectivo lo tienes en la cuenta del broker. Es decir una cuenta en el broker con 60k y solo 40k invertidos. Por lo que he leido en google, dependiendo del broker deberia hacerse el 720. No se si es cierto. Se supone que es asi porque en algunos brokers como Degiro tienen invertida tu liquidez en algun tipo de fondo, por lo que entraria en el mismo grupo que la acciones
 
Si los 40.000 en el broker son fondos acciones o bonos, no
Si de los 40.000 en el broker tienes al menos 10.000 en liquido, sí que tienes obligación, Deberías informar entonces de la cuenta y del dinero en el broker

Entiendo, entonces, que si tengo 40.000 en líquido en una cuenta corriente, y otros 40.000 en un broker extranjero, no estaría obligado a presentar el 720. ¿Es correcto?
 

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