QualityRolling
Madmaxista
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Pues en el hipotético caso los declaras tal y como he indicado más arriba, según te pague la pool, pues vas haciendo las operaciones que he puesto arriba y como deberías ser autónomo cara a hacienda, pues se lo presentas trimestralmente.Yo tengo eth minados. Eso como se come para el hipotético caso de declarar.
Por otro lado y a quién le pueda interesar, Hacienda dice que debes ser autónomo para minar criptos ya que para ellos es como si tuvieses una mina de oro por decir algo, otra cosa es que estuvieses trabajando y el minado no sea tu fuente principal de ingresos, ahí solo deberías declarar el Impuesto de Actividades Económias o IAE porque se entiende que ya estás dado de alta en la SS .
Y como sé que os gusta estar bien informados 😉 os pongo la resolución vinculante que indica que hay que darse de alta como autónomo para minar
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V1274-20
Según hacienda, no te puedes desgravar de la compra del material, es decir, no te puedes desgravar de las tarjetas de video o asic que hayas podido comprar ya que no están orientadas a generar un interés por venta al público o algo así.
Son todo facilidades...