little hammer
Ministro de Igualdad
Al mes, más o menos
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Por rentas de una vivienda no.Los ingresos por rentas no son distintos de los ingresos por trabajo?
Es decir, que además de los 2500 puedes desgravarte los intereses de la hipoteca que estés pagando sobre ese inmueble y además el 60% si los inquilinos lo usan como vivienda habitual... Está muy bien, no?Depende de lo que cobres en tu trabajo o como autónomo, ya que tributas por tramo de IRPF.
De entrada tienes una reducción del 60% sobre el total de los ingresos si los inquilinos la dedican a vivienda habitual en lugar de por temporada.
Luego te puedes deducir como gasto los intereses de la hipoteca.
También las reformas o reparaciones que hagas al piso con facturas.
Es decir, que además de los 2500 puedes desgravarte los intereses de la hipoteca que estés pagando sobre ese inmueble y además el 60% si los inquilinos lo usan como vivienda habitual... Está muy bien, no?
Depende de lo que cobres en tu trabajo o como autónomo, ya que tributas por tramo de IRPF.
De entrada tienes una reducción del 60% sobre el total de los ingresos si los inquilinos la dedican a vivienda habitual en lugar de por temporada.
Luego te puedes deducir como gasto los intereses de la hipoteca.
También las reformas o reparaciones que hagas al piso con facturas.
Aquí una lista con las desgravaciones y un ejemploEs decir, que además de los 2500 puedes desgravarte los intereses de la hipoteca que estés pagando sobre ese inmueble y además el 60% si los inquilinos lo usan como vivienda habitual... Está muy bien, no?
Muchas gracias.Aquí una lista con las desgravaciones y un ejemplo
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Seguro de hogar y pagos de comunidad (si procede) tambiénEs decir, que además de los 2500 puedes desgravarte los intereses de la hipoteca que estés pagando sobre ese inmueble y además el 60% si los inquilinos lo usan como vivienda habitual... Está muy bien, no?
Jorobar macho, pues depende de tus otras rentas.Al mes, más o menos
Saluda a la guardia civil.Lo suyo sería hacer un falso alquiler por la cuantía de la letra de la hipoteca y hacer cuentas a.partir de ahí, no?
Digamos que en mi piso"no vive nadie" y sería sacarle alguna ventaja sin realmente alquilarlo.
La cosa es tener a un "inquilino ficticio"
Si luego vendes del valor de compra se resta todas las amortizaciones durante el arrendamiento, lo hayas desgravado o no. Ahí llegan los sustos.Por supuesto, aparte te puedes desgravar un 3% anual como amortización del inmueble, pero si vendes luego te cuentan el valor amortizado al pagar la plusvalía así que cuidado con eso.
lo wapo sera cuando crucen datos del padron del inquilinoLo suyo sería hacer un falso alquiler por la cuantía de la letra de la hipoteca y hacer cuentas a.partir de ahí, no?
Digamos que en mi piso"no vive nadie" y sería sacarle alguna ventaja sin realmente alquilarlo.
La cosa es tener a un "inquilino ficticio"
Te coges un BOE, vas a los deudores de Hacienda o SS , te apuntas el nombre mas raro que encuentres y el dni de un pagapensiones( están llenas de ellos) y ya tienes inquilino. Y que lo busque Hacienda. Una ventaja que para Hacienda o la SS no exista la protección de datos. Si el nombre es complicado de escribir , la charo de turno ni se molesta; la posibilidad de comprobación es inversamente proporcional a la complejidad del nombre. De nada.lo wapo sera cuando crucen datos del padron del inquilino
Que se empadronara en el piso. En plan un sobrino o algo asílo wapo sera cuando crucen datos del padron del inquilino
Supongo que esos sustos tendrán un límite de años, o no????Si luego vendes del valor de compra se resta todas las amortizaciones durante el arrendamiento, lo hayas desgravado o no. Ahí llegan los sustos.
No. Al valor de compra se le resta el valor de las amortizaciones fiscalmente deducibles durante el tiempo que ha estado arrendado desde su compra hasta su venta.Supongo que esos sustos tendrán un límite de años, o no????