Death Rider from Krieg
Veterano de la Guardia Imperial
50% a cada descendiente, usufructo a la viuda.
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Tu eres un patriota, prefieres pagar impuestos dos veces.Todo a mi muyer y luego, cuando ella falte, a los descendientes.
En el País Vasco y otros sitios donde pervive derecho civil foral se permite el testamento conjunto en el resto del estado la obligatoriedad es hacer un testamento individual.Digamos que tienes pareja y dos descendientes y tienes que hacer una declaración de herencia.
Qué porcentaje dejarías a cada uno?
Normalmente si un cónyuge muere y está en sociedad de gananciales ese testamento no se reparte y se espera a a su ejecución a la gloria del otro cónyuge. Hay algunos que reparten hacen dos testamentos, dos veces tienen que pasar por notaría. Son los que en vida del cónyuge se reparten parte de la herencia y dejan al viudo sobreviviente con el usufructo y parte de la herencia, pero no es lo normal.
A la gloria del cónyuge, se disuelve la sociedad de gananciales. La viuda se queda con su mitad, y la otra mitad se reparte entre los herederos forzosas y legatarios, conforme al testamento del fallecido. A la viuda le corresponde el usufructo del tercio de mejora de la herencia del fallecido.
50% a cada descendiente, usufructo a la viuda.
Eso es lo que dice la ley cuando no hay testamento
No se suele repartir. En el País Vasco por ejemplo se permite el Testamento conjunto por derecho foral y normalmente el testamento se hace conjuntamente y toda la herencia, quitando la opción de libre disposición, va a todo a los descendientes. Con la opción estatal lo que se hace es pasar por caja dos veces. Repartes cuando un cónyuge muere si está en usufructo ya pueden ser los bienes a futuro tuyos que no los puedes tocar, y vuelves a repartir cuando muere el otro.
Yo me he referido a la España donde, a efectos de herencias, es aplicable el Código Civil. A la gloria de uno de los cónyuges, la sociedad de gananciales se disuelve de manera automática, y empieza a contar el plazo para la declaración del impuesto de sucesiones por parte de los beneficiarios de la herencia. Si no lo hacen, no solo les tocará pagar multa y recargo, sino que además no podrán acogerse a ninguna de las bonificaciones que se establecen en diversas autonomías...
La disolución de la sociedad de gananciales no tiene ningún costo fiscal. El impuesto de sucesiones hay que pagarlo cuando se establecen las particiones en la escritura notarial correspondiente, lo que deba hacerse, claro está antes de que se cumpla el plazo para la declaración del impuesto del caso.
Y cuando hay régimen de separación de bienes qué ocurre?. Es mi caso, y sin descendientes. A día de hoy mi idea es que herede mi muyer, así que tendré que hacer testamento para hacerla heredera universal, no?.
Pero, en todo caso, ella tendrá el usufructo de la vivienda que compartimos aunque yo no hiciese nada, no?
Tu eres catalányo, que estoy casado en comunicación foral, me atendré a lo que diga la ley vieja.
El caserío, los terrenos de cultivo y los pinares para el primogénito. A los demás ya les entregué en vida un dinero para que pudieran prosperar en la medida de sus posibilidades. Ya pagué para que uno entrara en un buen seminario y para que otro entrara a hacer carrera en el ejército, mis hijas tuvieron una buena dote con la que poder casarse bien. El resto... buena suerte.
Mi muyer se queda viviendo en el caserío con el primogénito y su familia hasta el fin de sus días.
Si no hay testamento , el cónyuge hereda el usufructo universal mientras vivaY cuando hay régimen de separación de bienes qué ocurre?. Es mi caso, y sin descendientes. A día de hoy mi idea es que herede mi muyer, así que tendré que hacer testamento para hacerla heredera universal, no?.
Pero, en todo caso, ella tendrá el usufructo de la vivienda que compartimos aunque yo no hiciese nada, no?
Catalán??? Yo soy más vasco que Clemente comiendo un bacalao al pilpil en el restaurante del Guggenheim durante el aberri eguna mientras observa cómo en la mesa de enfrente un desconocido le descerraja tres tiros en la nuca a un concejal que está comiendo con su familia y nadie hace nada por impedirlo!!!Tu eres catalán
Se lo queda la fruta.Gracias. Y a su gloria, los herederos serían mis ascendientes si los hubiera, supongo. En ese caso, si mis padres tampoco estuvieran vivos, se consideran ascendientes a tíos, etc, o se perdería la herencia? (No tengo hermanos).