Paraísos fiscales y sociedades offshore

¿Conocéis a CryptoSpain? De hay podéis sacar ideas
 
@Ulisses

Gracias. Finalmente, tras reflexionarlo, he sentido que hay otro sistema para hacerlo, que es al que me inclina el corazón.

Echaré a rodar y, si la cosa va bien, una vez superados los ingresos necesarios para vivir, que en mi caso no exceden los 12.000 euros/año (cantidad que, además, implica que la AEAT me devuelve las retenciones), porque vivo austeramente, contrataré a gente que lo necesite.

Si hago 4 cosas (o sea, va la cosa bien y genero ingresos haciendo esas 4 cosas), pondré a otro a hacer alguna de las cosas, aunque no lo necesite, pero así beneficio y me benefician (porque eso implica descargarme de trabajo).

Ayer mismo me comentaron de una persona que -exactamente ayer- pasaba al desempleo. Mucha gente está sufriendo y pasándolo mal.

Os dejo un documental muy interesante sobre el creador de Eroski y las cooperativas en España. El camino es compartir y no almacenar todo en tu granero.


Es admirable tu forma de proceder y, con ella, la solidaridad con miles de profesionales que no ingresan lo suficiente para cubrir gastos.

Una alternativa a los 12.000 euros con varios clientes (creo que para este año el límite estaba en 14.000) es el ingresar de un solo pagador, o de un solo trabajo, menos de 22.000 (tendría que verificar si esto es válido tanto para los autonomos como para los trabajadores por cuenta ajena). Se podría hacer en varias facturas si el asunto es igual superior a esa cuantía y repartir la facturación con otros compañeros.
 
Aparte de que tienen que abonar $100,000 para iniciar cualquier procedimiento, es obligatorio que contraten a su abogado allí en el país, no pueden estar representados por uno del ministerio fiscal.
Por otro lado, hay nacionalidades que no despiertan ninguna sospecha, yo lo decía para estar lo más desvinculada posible de Hispañistán
No sólo tienen que contratar abogado en la Isla de Nieves, sino que el abogado alomojó es el 'Director' de tu LLC y entonces la ley le permite esgrimir conflicto de intereses y Hacienda se queda sin abogado roto2:
 
Nadie ha hablado de saltarse ninguna ley ni de hacer nada de forma unilateral por la calle del medio ni de no informar a Hacienda.

Obvio que hay que declararlo con el formulario de los agallas(informar), pero si estás por debajo del límite de 50K puedes abrir cuentas a nombre de quien quieras. Tu si vives en Spain, pongamos, puedes sacar dinero fuera a donde te dé la gana, simplemente tienes la obligación de informar a las autoridades con el modelo 720 si supera los 50.000EUR e informar al Banco de España si pasa del millón de euros, esto es parecido en toda la UE porque son normativas traspuestas.

Puede hacerlo tu padre, progenitora, pareja y uno mismo, total 200K 'fuera' solo con el 720. Todo bajo la misma sociedad en Isla de Nieves.
Total de la broma son unos 10K USD con abogado y apointee local.

Lee como funciona el caso de Isla de Nieves, como tratan los requerimientos (no mueven ni un dedo si el organismo reclamante no deposita una fianza de 100K USD) y demás curiosidades que desde la barra de bar donde yo me apoyaba hace 3 años parecía 'imposible'.

Me has recordado a un conocido que me decía que no podía pasar más de 10.000EUR por Barajas, solución fácil...mi muyer fué a comprar un reloj, se lo puso para subir al avión y a llegar a destino fuimos a venderlo, perdiendo 2.000EUR, pero el reloj valia varias decenas de veces lo 'perdido'. Es un ejemplo de guano este que te pongo, pero se entiende.

Aquí lo que comentan de los procuradores, en version pro:

Me lo dices o me lo cuentas !

No hace falta comprar Reloj ni perder 2k, Me lo das aquí te lo dan allí ... LIMPIO ! me entiendes verdad !
 
Última edición:
La gente que se pira a Portugal a tributar, qué hace después de los 10 años cuando se acaban las ventajas fiscales?

Tengo entendido que Portugal tiene una carga fiscal más alta que España.

Pues lo mismo que hacemos los expats cuando se acaban las deducciones fiscales, buscar otro país presa e ir a parasitar ahí.
 
Lo quería poner en el hilo de dividendos pero lo pongo aquí para un conocido.

Se os ocurre alguna manera para alguien que reside en Cubrebocaistán, ahorrarse pagar o pagar menos impuestos sobre los dividendos?
Ltd en Irlanda que invierte en bolsa y a su vez el titular le cede los derechos de explotación para recibir un sueldo de esta, cuyo sueldo equivaldria a los dividendos generados?

alguna idea?

saludos,
 
y luego la empresa de Irlanda da la perdida del prestamo, cuidao con la auditoria si te cae la desgracia

Iba a decir lo mismo...veo que ya lo has dicho tu.

Yo simplemente quería saber si se puede amortiguar el impuesto sobre el dividendo en Spain (que va por tramos) ya que la persona que me lo preguntó paga 0% ahora mismo, igual que yo en paises bajos. Con que se quedara en un 10% montando una Ltd. patrimonial o algo ya saldrían los numeros..

saludos,
 
Iba a decir lo mismo...veo que ya lo has dicho tu.

Yo simplemente quería saber si se puede amortiguar el impuesto sobre el dividendo en Spain (que va por tramos) ya que la persona que me lo preguntó paga 0% ahora mismo, igual que yo en paises bajos. Con que se quedara en un 10% montando una Ltd. patrimonial o algo ya saldrían los numeros..

saludos,

NL creo que tiene 5 anyos de exencion fiscal del 30%. Yo no puedo trabajar en NL porque para ser freelance alli necesitas empresa del pais, y la mia es de Irlanda


(ya se que no tiene nada que ver con dividendos)
 
NL creo que tiene 5 anyos de exencion fiscal del 30%. Yo no puedo trabajar en NL porque para ser freelance alli necesitas empresa del pais, y la mia es de Irlanda


(ya se que no tiene nada que ver con dividendos)

No si eso lo tengo yo, me quedan 11 meses de exención del 30%.
Pero el capital gains tax es universal, es para cualquier que tenga la residencia fiscal aquí, 0% impuestos en dividendos y capital gains. No hace falta tener exención o ser expat.

Yo me pregunto si podria alguien viviendo en pongamos, Spain o Francia, tener una empresa un holding (Ltd A + Ltd B) en irlanda, operar con un broker irlandés (desde un laptop en Spain o Francia) a nombre de la Ltd A y luego acumular las ganancias en la Ltd B.

Como la empresa no interactua con 'clientes', sino que es una patrimonial (nunca va a tener una denuncia de un cliente cabreado, digamos), el blindar los profits con el holding quizás es innecesario o redundante, pero CREO....que si el titular de la sociedad no tiene más del 25% de las acciones, no sale en el registro mercantil irlandés, por lo tanto si Francia o Spain quisieran indagar, no saldría nada.

Esto me lo contó un gestor el verano pasado.
 
No si eso lo tengo yo, me quedan 11 meses de exención del 30%.
Pero el capital gains tax es universal, es para cualquier que tenga la residencia fiscal aquí, 0% impuestos en dividendos y capital gains. No hace falta tener exención o ser expat.

Yo me pregunto si podria alguien viviendo en pongamos, Spain o Francia, tener una empresa un holding (Ltd A + Ltd B) en irlanda, operar con un broker irlandés (desde un laptop en Spain o Francia) a nombre de la Ltd A y luego acumular las ganancias en la Ltd B.

Como la empresa no interactua con 'clientes', sino que es una patrimonial (nunca va a tener una denuncia de un cliente cabreado, digamos), el blindar los profits con el holding quizás es innecesario o redundante, pero CREO....que si el titular de la sociedad no tiene más del 25% de las acciones, no sale en el registro mercantil irlandés, por lo tanto si Francia o Spain quisieran indagar, no saldría nada.

Esto me lo contó un gestor el verano pasado.

si la CGT es de 0% tb en belgica, pero la cryptotax es de 25% 😡

porque es tan relevante desde donde operas? no puedes operar para la empresa irlandesa desde espana o francia? lo dices por el KYC? si es por el KYC, puedes tener un direccion en irlanda sin residir alli y sin ser residente fiscal, creo. eso se paga y es barato
 
si la CGT es de 0% tb en belgica, pero la cryptotax es de 25% 😡

porque es tan relevante desde donde operas? no puedes operar para la empresa irlandesa desde espana o francia? lo dices por el KYC? si es por el KYC, puedes tener un direccion en irlanda sin residir alli y sin ser residente fiscal, creo. eso se paga y es barato

No lo digo por el KYC. Lo digo porque desconozco si, para ese caso de tipo de sociedad, te podrían buscar las cosquillas diciendo...."vale tienes una Ltd. en Irlanda, pero tu inviertes y haces trading desde Francia, por lo tanto tu centro de actividad es en Francia, pasa por caja al tipo impositivo francés". Por eso lo digo.

He puesto un ejemplo que me he montado mentalmente rápido. El 'vestir' la Ltd. no me preocupa, a base de cuotas puedes poner hasta una secretaria rubia despampanante irlandesa roto2:
 
No lo digo por el KYC. Lo digo porque desconozco si, para ese caso de tipo de sociedad, te podrían buscar las cosquillas diciendo...."vale tienes una Ltd. en Irlanda, pero tu inviertes y haces trading desde Francia, por lo tanto tu centro de actividad es en Francia, pasa por caja al tipo impositivo francés". Por eso lo digo.

He puesto un ejemplo que me he montado mentalmente rápido. El 'vestir' la Ltd. no me preocupa, a base de cuotas puedes poner hasta una secretaria rubia despampanante irlandesa roto2:
pero es que tu residencia fiscal no es desde donde tradeas, es desde donde resides 180 dias. desde donde tradeas es irrelevante, no? ademas, porque lo saben, por IP? pensando:
 
pero es que tu residencia fiscal no es desde donde tradeas, es desde donde resides 180 dias. desde donde tradeas es irrelevante, no? ademas, porque lo saben, por IP? pensando:

Shishi por eso pongo las comillas haha.
La jugada es como vistes los ingresos quee la empresa irlandesa te hace a tí residiendo en Francia, hay gente que dice como royalties (de que? De analista financiero?)..hay gente que 'renuncia a los derechos de explotación de la sociedad' para precisamente proteger la empresa.

El hecho es que con una Ltd. en Irlanda, siempre y cuando sea multipersonal y con menos del 25% de las acciones, la Hacienda francesa cuando te busca en el ordenador no les sale nada, porque el registro mercantil irlandés no te anota la participación con tu DNI, al ser menos del 25% de la propiedad.

Con eso consigues no figurar como accionista/apointee de la Ltd., vale....pero ahora necesitas justificar esos ingresos, que probablemente como autonomo/freelance acaben pagando más...que si hubieras pasado por caja a pagar capital gains tax....por eso digo que no se me ocurre nada para bajar la factura fiscal...
 
Si vale, pero todo esto pasa por IRPF....para tributar como currela no hacian falta tantas alforjas roto2:

Yo siempre he oído a conocidos el tema de los royalties..

yo lo que he oido de royalties es caso de una app tipo uber donde el pais donde explota paga a la matriz el 90% de sus ingresos como royalties, con lo cual el dinero se va a la matriz. creo que el sandwich holandes era eso? no recuerdo bien, hace tiempo q no.miro esas cosas

 
Refloto un poco esto a ver si alguien arroja algo de luz.

He estado mirando un poco las empresas para no residentes en Gibraltar son sin impuestos siempre que no tengas actividad allí pero también veo información que te dice que no tienes que tener cuenta bancaria allí

  • The company must not remit income to Gibraltar.
The last requirement effectively means that in order to maintain its no-tax status a Gibraltar non-resident company should not hold any bank accounts in a Gibraltar-situated bank. This simply means that the non-resident company would usually operate its bank accounts in another country.

  • La compañía no deberá remitir ingresos a Gibraltar.
El último requisito significa que para mantener el estatus de exención una compañía no residente de Gibraltar no debe tener cuentas bancarias en bancos ubicados en Gibraltar. Esto significa simplemente que la compañía no residente usualmente manejaría sus cuentas bancarias en otro país.

Ese punto me parece un poco extraño, ¿es así? y suponiendo que lo sea, ¿la idea sería buscar cualquier territorio de ultramar con buenos bancos y abrir una cuenta bancaria aportando la identificación de la empresa de Gibraltar? ¿Y cuando esa cuenta bancaria ingrese dinero no va a querer su parte?

Y por último, Gibraltar desde hace años tiene el mecanismo de intercambio automático de información fiscal, por lo que entiendo que informaran a España de que tienes una compañía alli, pero al ser el banco en un tercer país, de que informarían exactamente? ¿Las cuentas que presentes en la compañía de Gibraltar?

Gracias de antemano.
 

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