Ejercer de abogado con más de treinta años…

El dardo no va bien tirado

La competencia es de la jurisdicción civil. Sin perjuicio de que por via penal aprietan el pandero más.

En la jurisdicción social solo se pueden dirimir cuestiones estrictamente laborales que dimanen de un contrato de trabajo (artículo 2 LRJS)

La única vía de encajar esa competencia en el social sería que se hubiera articulado como motivo de despido o sanción, ahí la empresa si que podría defender que su actuar es correcto y reconvenir pidiendo su devolución.

Tratándose de cuestiones de propiedad o una reivindicatoria de cosa mueble, la jurisdicción correcta es la civil, pues el objeto de la pretensión nada tiene que ver con obligaciones laborales, e imagino que el contrato de trabajo tampoco impone esa obligación de devolver expresamente...

Agarrate a que ejercitas cuestiones de propiedad y una acción reivindicatoria

Y dentro de 100 años podrà conseguir sus documentos. Un plan sin fisuras.
 
Y dentro de 100 años podrà conseguir sus documentos. Un plan sin fisuras.
En sentido estricto y a tenor del 45 de la LEC la jurisdicción civil es ante todo supletoria respecto a otros órganos.

Ahí esta el quid de la cuestión y porque puede prosperar la declinatoria de la otra parte.
 
En sentido estricto y a tenor del 45 de la LEC la jurisdicción civil es ante todo supletoria respecto a otros órganos.

Ahí esta el quid de la cuestión y porque puede prosperar la declinatoria de la otra parte.

Bien. Pero si presentas denuncia pueden pasar 2 cosas:.

- La otra parte es citada con mas agilidad q en un pleito civil, y la otra parte ve a los chicos de verde e inmediatamente se aviene a un acuerdo para que retires denuncia.

- O bien en caso de q no entregue la documentacion, el pleito a lo mejor se archiva directamente sin costas por no constituir delito o porque no haya indicios.

En cambio si vas a la via civil que a lo mejor es la mas adecuada e indicada para eso, no digo que no, pero a efectos practicos es mucho mas complicada y pesada y mas ahora con la Ley 1/25 que te tocara intentar una conciliacion. La via civil es mas cara y puede conllevar costas. Yo antes de ir por via civil me olvidaba de los documentos.
 
Bien. Pero si presentas denuncia pueden pasar 2 cosas:.

- La otra parte es citada con mas agilidad q en un pleito civil, y la otra parte ve a los chicos de verde e inmediatamente se aviene a un acuerdo para que retires denuncia.

- O bien en caso de q no entregue la documentacion, el pleito a lo mejor se archiva directamente sin costas por no constituir delito o porque no haya indicios.

En cambio si vas a la via civil que a lo mejor es la mas adecuada e indicada para eso, no digo que no, pero a efectos practicos es mucho mas complicada y pesada y mas ahora con la Ley 1/25 que te tocara intentar una conciliacion. La via civil es mas cara y puede conllevar costas. Yo antes de ir por via civil me olvidaba de los documentos.
Claro pero es que en base a un presupuesto que nos pasó una gestoría el coste de rehacer la contabilidad de marras rozaba los 20.000 machacantes.

Por otro lado la demanda fue interpuesta a finales del pasado año así que la Ley 1/2025 no nos afecta salvo que nos quisieramos amparar expresamente en ella.
 
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Claro pero es que en base a un presupuesto que nos pasó una gestoría el coste de rehacer rozaba los 20.000 machacantes.

Por otro lado la demanda fue interpuesta a finsles del pasado año así que la Ley 1/2025 no nos afecta salvo que nos quisieramos amparar expresamente en ella.

Pues yo creo que presentaria la denuncia ante la policia y si se incoa procedimiento pediria la suspension del pleito civil por prejudicialidac penal.
 
Y dentro de 100 años podrà conseguir sus documentos. Un plan sin fisuras.

Los Juzgados de lo Social de Sevilla están señalando para 2029, los civiles de mi plaza ya van por febrero de 2027, y he llevado penales de guano cuya instrucción ha durado cinco añazos.

Pero ese problema es otro. Al que entra al despacho diciendo que necesita soluciones antes de tal fecha hay que rebajarle las pretensiones.
 
Los Juzgados de lo Social de Sevilla están señalando para 2029, los civiles de mi plaza ya van por febrero de 2027, y he llevado penales de guano cuya instrucción ha durado cinco añazos.

Pero ese problema es otro. Al que entra al despacho diciendo que necesita soluciones antes de tal fecha hay que rebajarle las pretensiones.

Yo sólo digo que mi solución es más práctica, porque se puede conseguir un acuerdo antes, con menos trámites, y es perfectamente viable jurídicamente.

 
Lo que son los juzgados penales es un submundo aparte , creo que es la jurisdicción donde lo que pone en los textos y lo que pasa en realidad más choca.

Hay una serie de normas no escritas como que ir a un juzgado penal a pedir indemnización es garantía de que absuelvan al susodicho (salvo peleas con lesiones donde ahí si que condenan a todo el que pasaba por ahí).

Hay unos cuantos casos paradigmáticos como robos en supermercados, gente que se iba sin pagar en la gasolinera etc etc que se han acabado despenalizando por la fuerza porque los absolvían a todos , en general para cosas de poca monta el malo es el que denuncia y no apechuga, la actitud de los jueces es "me colapsáis el juzgado con insensateces" y atizan a la víctima para desincentivar. Convertir en antieconómico el denunciar/demandar.

Luego las penas nunca entenderé porque si pones en el código penal " se castigará con pena de 12 a 36 meses al que robe con fuerza blablabla " luego tienes infinidad de gente con 30 antecedentes penales por robo en la calle si a la 2ª deberían de estar en prisión.

Y ya el tema más candente es el de las engañas ya sean convencionales o electrónicas, si alguien no te paga vía civil y si es insolvente te joroba, aquí es escandaloso como absuelven a la gente.

Entonces eso de ir de humilde... en otros tiempos que esto era un país serio lo mejor era ir agachando la cabeza, ahora los delincuentes habituales ya saben que no pasa nada y fuerzan la suspensión del juicio 4 veces, que si yo estoy malo, mi abogado se puso malo, el testigo no aparece (cómplice del acusado) , solicito cambiar de abogado que siento no me está defendiendo apropiadamente.... se ríen de todo y todos y al final a lo sumo cumplen unos mesecillos en prisión que se lo toman como la tasa por seguir haciendo de las suyas, saben de sobra que pueden seguir robando, engañando o lo que sea que al final los acaban soltando.
Se te olvida un tema. Si eres un penal y eres un juez que condena mucho, luego tienes un mogollón de ejecutorias y un mogollón de trabajo extra. Y como bien sabes, dentro de las ejecutorias, lo peor son las penas de prisión. Mucho papeleo, mucho anotar guano, muchos faxes, mucho liquidar penas, en fin, un para todos. Así que es mucho mejor para todos absolver a todo el mundo, salvo que se trate de temas que son dogma del Estado de partidos, que en la actualidad vendría limitado a delitos de género y delitos sensual, ahí sí tienes que condenar cualquier cosa que te pongan en la mesa. Ahora bien, si por lo que fuese ese penal ya no tuviese que liquidar penas, entonces el juez de turno condenaría a troche y moche.

Yo he visto a una jueza llevar por su shishi como urgentes (ni daban las penas para urgentes ni se podían practicar las diligencias necesarias durante la guardia) una entrada en local de venta oro con fuerza para robar oro, intentar abusa a la dependienta, lesiones, robar algo finalmente que no recuerdo lo que fue y SSª condenar por una falta.

Condenar por violencia de género a un tío que tenía parkinson y estaba inmovilizado prácticamente.

He visto mandar a prisión a un tío sin que lo pida nadie, ni fiscal ni nadie.

He visto celebrar juicios en los que es obligatorio que esté el fiscal, sin fiscal.

He visto juezas cargarse una causa de escuchas que llevaba años cociéndose: detuvo a un mindundi y encima le puso una fianza ridícula (era colombiano, la pagó y no volvió a saberse de él).

He visto una causa con fianza de 50 mil euros desaparecer misteriosamente. 10 años después alguien detecta la pasta en la cuenta del juzgado y encuentra el expediente en el archivo. El delito prescrito y hay que devolver los 50 mil euros al incivil.

He visto varias veces causas con preso perderse en el viaje entre fiscalía y juzgados. Automáticamente todos los presos, salvo homicidios o abusa, puestos en la calle.

Podría alargar este post durante horas. He visto tantas aberraciones que absolutamente nada me sorprende. Las que se producen en los penales son más llamativas por la simpleza de los temas que se tratan normalmente y lo difícil que es hacerlo mal, pero sí, lo hacen no mal, fatal, y a nadie le empuran ni le pasa nada de nada.
 
Los Juzgados de lo Social de Sevilla están señalando para 2029, los civiles de mi plaza ya van por febrero de 2027, y he llevado penales de guano cuya instrucción ha durado cinco añazos.

Pero ese problema es otro. Al que entra al despacho diciendo que necesita soluciones antes de tal fecha hay que rebajarle las pretensiones.
En el despacho en el que estoy hay laboralista que esta zain en ese sentido. En cambio el CEMAC va como la corriente de un río de aguas rápidas, la pena es que nunca cogen el teléfono.
 
Última edición:
  • Comento mi caso a ver que consejos se le puede ocurrir darme a algún forero abogado que tenga experiencia en el mundillo…

    Después de acabar tarde el grado en la Universidad de Sevilla (27 años), estuve opositando a secretario de ayuntamiento, oposiciones que lamentablemente no saqué tras varios años hincando codos. También viví una temporada en Inglaterra donde aprobé el B2. La cosa es que me planteo mi futuro laboral y pensando en que hacer decidí que la salida lógica era cursar el máster de acceso a la abogacía (que lamentablemente en su día no cursé). Me han cogido en la Universidad de Huelva y estoy en lista de espera para las universidades de Cádiz, Córdoba, Sevilla y Pablo de Olavide.
    Mis preguntas:
    ¿Hasta que punto lo tengo difícil para meter la cabeza en el sector teniendo en cuenta mi edad (32 años)?
    ¿Me merece la pena gastarme más dinero en un máster de “postín” con una buena bolsa de empleo?
    ¿Cuanto tiempo sería recomendable estar de pasante antes de intentar montármelo por mi cuenta y riesgo?
    ¿Me merece la pena matricularme en Huelva o esperar a que me cojan en otra Universidad de las que antes cité?


    Gracias de antemano
Un tema de rabiosa actualidad que me esta dando unos cuantos quebraderos de cabeza es el dichoso requisito de procedibilidad de la Ley orgánica 1/2025.
Hay compañeros que opinan que con el envío de un burofax con acuse de recibo de toda la vida basta, en cambio yo pienso que si no se acude a un tercero hay que mandar una oferta conjunta al burofax para garantizar la confidencialidad, además de que tampoco es suficiente con “advertir” a la otra parte de que si no cumple o paga se la va a demandar si no que hay que ofrecer una oferta distina y mejorada de alguna manera.

No se que pensais vosotros pero este tema es terreno pantanoso y lo va a seguir siendo hasta que se siente jurisprudencia.
 
Curiosa respuesta. Hace unos seis años cuando estaba acabando me comentó un compañero de estudios que trabajaba al mismo tiempo de economista que ser demasiado joven era una obstáculo para hacer clientes y que la gente mayor en general no se fiaba de los abogados demasiado jóvenes
Ni de los viejos, un abogado nunca es de fiar
 
Un tema de rabiosa actualidad que me esta dando unos cuantos quebraderos de cabeza es el dichoso requisito de procedibilidad de la Ley orgánica 1/2025.
Hay compañeros que opinan que con el envío de un burofax con acuse de recibo de toda la vida basta, en cambio yo pienso que si no se acude a un tercero hay que mandar una oferta conjunta al burofax para garantizar la confidencialidad, además de que tampoco es suficiente con “advertir” a la otra parte de que si no cumple o paga se la va a demandar si no que hay que ofrecer una oferta distina y mejorada de alguna manera.

No se que pensais vosotros pero este tema es terreno pantanoso y lo va a seguir siendo hasta que se siente jurisprudencia.
Upeo sano
¿Nadie da más?
 
Upeo sano
¿Nadie da más?

Yo de momento he presentado una demanda de tema de familia contenciosa con descendientes menores que supuestamente no tiene que cumplir los requisitos de procedibilidac pero por si las moscas (porque al parecer algunos jueces lo piden) he enviado email a la parte contraria ofreciendo un acuerdo y la respuesta de la ex muyer ha sido llamar yonky al mar1, extorsionador, le ha faltado decir que era el toro que mató a Manolete y también ha tenido alguna dedicatoria para la abogada y que por supuesto no había posibilidac de acuerdo, todo lo cual se lo he hembiado al Sr. Juez para que vea que he hecho todo lo posible aun cuando no era ni necesario en teoria.
 
  • Comento mi caso a ver que consejos se le puede ocurrir darme a algún forero abogado que tenga experiencia en el mundillo…

    Después de acabar tarde el grado en la Universidad de Sevilla (27 años), estuve opositando a secretario de ayuntamiento, oposiciones que lamentablemente no saqué tras varios años hincando codos. También viví una temporada en Inglaterra donde aprobé el B2. La cosa es que me planteo mi futuro laboral y pensando en que hacer decidí que la salida lógica era cursar el máster de acceso a la abogacía (que lamentablemente en su día no cursé). Me han cogido en la Universidad de Huelva y estoy en lista de espera para las universidades de Cádiz, Córdoba, Sevilla y Pablo de Olavide.
    Mis preguntas:
    ¿Hasta que punto lo tengo difícil para meter la cabeza en el sector teniendo en cuenta mi edad (32 años)?
    ¿Me merece la pena gastarme más dinero en un máster de “postín” con una buena bolsa de empleo?
    ¿Cuanto tiempo sería recomendable estar de pasante antes de intentar montármelo por mi cuenta y riesgo?
    ¿Me merece la pena matricularme en Huelva o esperar a que me cojan en otra Universidad de las que antes cité?


    Gracias de antemano
Refloto el tema para preguntar a los veteranos sobre un asunto.

Hace poco pesquisando en la web del consejo general de la abogacía veo que ofrecen el servicio de Burosms y e-Mensajes, por supuesto vendiéndolo muy bien y ensalzando sus ventajas respecto a los tradicionales burofax por carta en papel mandados por correos.

¿Alguién los ha probado? ¿Opiniones al respecto?
 
Refloto el tema para preguntar a los veteranos sobre un asunto.

Hace poco pesquisando en la web del consejo general de la abogacía veo que ofrecen el servicio de Burosms y e-Mensajes, por supuesto vendiéndolo muy bien y ensalzando sus ventajas respecto a los tradicionales burofax por carta en papel mandados por correos.

¿Alguién los ha probado? ¿Opiniones al respecto?
Es entrar en el aro de servicios mas caros cuando la ley se limita a que sea fehaciente.
Con un burofax es suficiente y ya de por si es un servivio nada barato.
Puntualmente, para un masc (por que no es solamente la comunicacion sino mas cosas) o algo asi no lo veo mal. Por sistema y para cualquier cosa, no lo veo bien.
 
Refloto el tema para preguntar a los veteranos sobre un asunto.

Hace poco pesquisando en la web del consejo general de la abogacía veo que ofrecen el servicio de Burosms y e-Mensajes, por supuesto vendiéndolo muy bien y ensalzando sus ventajas respecto a los tradicionales burofax por carta en papel mandados por correos.

¿Alguién los ha probado? ¿Opiniones al respecto?
No es que sea una opción, leete lo de los MASC y ponte a llorar.
 
¿ Los civilistas cómo lleváis lo de los MASCS ?, ¿ simplemente un burofax pidiendo llegar a un acuerdo sirve ?
Yo es que soy más de la vertiente guerra civilista. Los acuerdos, contra la tapia de un cementerio.
 
¿ Los civilistas cómo lleváis lo de los MASCS ?, ¿ simplemente un burofax pidiendo llegar a un acuerdo sirve ?

A mí me han admitida la primera demanda que presenté. Sólo aporté los emails entre las partes. Y era tema de Familia, con menores, y aun así se exigen los requisitos de procedibilidac.
 
A mí me han admitida la primera demanda que presenté. Sólo aporté los emails entre las partes. Y era tema de Familia, con menores, y aun así se exigen los requisitos de procedibilidac.
Si llevas a la pverca muyer viogenizadira de clienta, tienes carta blanca.
 

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