Puesto de castañas

Y no se puede pedir permiso y pagar licencia para vender hot dogs en el mismo lugar?

Solo ese producto, por que?

Puedes intentarlo, pero cada ayuntamiento es una licencia.


Normativas y legislación
La legislación nacional existente hasta la fecha, sin perjuicio de que pueda ser cambiada próximamente, se encuentra recogida en las siguientes leyes:

REAL DECRETO 199/2010, Normativa para el ejercicio de la venta ambulante
REAL DECRETO D. 3484/2000 prohíbe la preparación de alimentos en zonas donde se puedan contaminar del exterior y disponer de agua potable fría y caliente, conexión a desagüe, fregadero o lavavajillas, y aseo; al equipar nuestro food-truck tenemos que tener cuidado con esta normativa, aunque muchos ayuntamientos no la tienen en cuenta y autorizan incluso carritos ambulantes (tipo perritos calientes).
REGLAMENTO (CE) Nº 852/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de 2004, referentes al mantenimiento de la cadena de frio, buenas prácticas en la preparación alimentos y sistemas APPCC.
Ley 7/1996 (Capítulo III, IV y V), de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista
No hay que olvidar que se pueden llegar a acuerdos con propietarios de suelo privado (empresas, centros comerciales, parking de oficinas, etc) para colocar nuestro food-truck.
Las leyes promulgadas por las Comunidades Autónomas pueden consultarse en las webs de cada consejería. Como decíamos, cada autonomía establece normas diferentes. Igual ocurre con los ayuntamientos, aunque algunos no las tienen publicadas en Internet y es necesario acudir en persona.
 
Puedes intentarlo, pero cada ayuntamiento es una licencia.


Normativas y legislación
La legislación nacional existente hasta la fecha, sin perjuicio de que pueda ser cambiada próximamente, se encuentra recogida en las siguientes leyes:

REAL DECRETO 199/2010, Normativa para el ejercicio de la venta ambulante
REAL DECRETO D. 3484/2000 prohíbe la preparación de alimentos en zonas donde se puedan contaminar del exterior y disponer de agua potable fría y caliente, conexión a desagüe, fregadero o lavavajillas, y aseo; al equipar nuestro food-truck tenemos que tener cuidado con esta normativa, aunque muchos ayuntamientos no la tienen en cuenta y autorizan incluso carritos ambulantes (tipo perritos calientes).
REGLAMENTO (CE) Nº 852/2004 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 29 de abril de 2004, referentes al mantenimiento de la cadena de frio, buenas prácticas en la preparación alimentos y sistemas APPCC.
Ley 7/1996 (Capítulo III, IV y V), de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista
No hay que olvidar que se pueden llegar a acuerdos con propietarios de suelo privado (empresas, centros comerciales, parking de oficinas, etc) para colocar nuestro food-truck.
Las leyes promulgadas por las Comunidades Autónomas pueden consultarse en las webs de cada consejería. Como decíamos, cada autonomía establece normas diferentes. Igual ocurre con los ayuntamientos, aunque algunos no las tienen publicadas en Internet y es necesario acudir en persona.
blablabla

en las calles del centro de principales ciudades de este pais el unico alimento que se ha visto vender son las castanas

y no creo que sea porque es el unico que demanda la sociedad.

en otros paises, con estados menos acomplejados y menos ladrones, hay mas street food.
 
Un restaurante tiene precios mas caros y sablea mas al consumidor que un puesto callejero, y por tanto, paga mas impuestos.
 
blablabla

en las calles del centro de principales ciudades de este pais el unico alimento que se ha visto vender son las castanas

y no creo que sea porque es el unico que demanda la sociedad.

en otros paises, con estados menos acomplejados y menos ladrones, hay mas street food.
Y los puestos de churros y chocolate
 
en las ferias si venden hotdogs.

las castañas tienen piel asi que es imposible contaminarse con salmonelosis y cosas por el estilo, lo etniano las hacen bieng.
 
Porque churreros no hay en España verdad??
No en los mismos lugares.

Los puestos de castanas los he visto en los mejores lugares mas centricos posibles, donde no cabria otra cosa mas compleja.

Pero vamos, que siempre se podrian vender productos envasados directos para consumir: sandwiches envasados, por ejemplo, o empanadillas o algo asi, preparado en otro lugar antes, que no requieren de ningun utensillo, y podrian venderse en esos mismos lugares.

Pero no, nunca se ha dado el caso, y no sera por falta de demanda, sino de oferta al carecer de permisos.

Aunque siempre habra el aventurero emprendedor al margen de la ley vendiendo bocatas, cervezas y cocaina, sin permiso, por el centro.
 
Si os pensáis que tenéis la oportunidac de montar un puesto de estos sin que la etnia venga en furgonetas de 6 fuertecos a apañala no sabéis ni por donde sopla el viento

taluec
 
blablabla

en las calles del centro de principales ciudades de este pais el unico alimento que se ha visto vender son las castanas

y no creo que sea porque es el unico que demanda la sociedad.

en otros paises, con estados menos acomplejados y menos ladrones, hay mas street food.
tus paisanos venden empanadas colombianas en el metro.
 

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