Gonzalor
Bomb Rider
Se creó en 1977 con carácter “excepcional y transitorio” y se llamaba Impuesto EXTRAORDINARIO sobre el Pateimonio.Creo recordar que el impuesto al patrimonio se quitó en 2008, cuando eramos champions lí. Lo volvieron a poner, solo de forma temporal, en 2011 o 2012. Como lo de hacer una quita del 20% a los premios de loteria (que ya han pagado impuestos previamente). Temporales indefinidos. Ahora que estamos como un cobete podrían quitar todos esos impuestos o subidas temporales. Por cierto, otra de esas cosas que no deflactan.
Con estos impuestos al patrimonio, al menos son honestos. Te lo ponen zain sobre blanco, con luz y taquigrafos. "Te quitamos un 3,5% porque sí, porque queremos, porque podemos, porque nos apetece".
Al resto, a los pobres, nos lo quitan mediante inflación y se ríen en nuestra cara además.
Era básicamente un impuesto-control. No buscaba tanto recaudar cuanto controlar la evolución del patrimonio de los ricos y compararlo con lo que declaraban en el IRPF. Si alguien declaraba un año tener un patrimonio de 10 millones de pesetas y al siguiente declaraba tener 30, pero en el IRPF había declarado ganancias de UN millón, a Hacienda le saltaba la liebre, porque un tío que sólo había ganado un millón en un año resultaba tener 20 millones más de patrimonio.
La Ley 50/1977, de 14 de noviembre, sobre Medidas Urgentes de Reforma Fiscal, estableció con carácter excepcional y transitorio un Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas pendiente de configuración definitiva, como señalaba su Exposición de Motivos.
La regulación del nuevo Impuesto sobre el Patrimonio, pone fin al carácter excepcional y transitorio que se predicaba del hasta ahora actualmente vigente, dando cumplimiento a lo que deben ser sus objetivos primordiales de equidad, gravando la capacidad de pago adicional que la posesión del patrimonio supone; de utilización más productiva de los recursos; de una mejor distribución de la renta y la riqueza y de actuación complementaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Hasta ahora, el Impuesto sobre el Patrimonio ha cumplido principal-mente una función de carácter censal y de control del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, limitando en consecuencia su operatividad como tributo independiente y, por tanto, su capacidad distributiva.
Después ya sabemos cómo evolucionó, porque nuestros políticos NUNCA desperdician una ocasión para ROBAR a la gente de bien.
El amo es generoso.