[Última Hora] FEIJOO reconoce que SABÍA lo del ÁTICO y critica a AYUSO y a PATRIMONIO

Por cierto vamos a aclarar alguna cosa de la famosa ley del Frijol.

La ley (que era una modificación a la ley de sanidad gallega), es ésta:


Habla TRECE VECES DEL COVI.

El art. 38.2.b.5ª habla expresamente de OBLIGACIÓN DE BANDERILLA:

"Sometimiento a medidas profilácticas de prevención de la enfermedad, incluida la banderilla o inmunización...". El artículo 38.1 decía que las autoridades podían adoptar "medidas preventivas de obligado cumplimiento".

Además, el artículo 38 ter establecía que las medidas podían ser obligatorias y llegaba a contemplar que su ejecución pudiera incluir "la compulsión directa sobre las personas", con posible colaboración de las fuerzas de seguridad.

¿Hay algo más liberticida?

Vamos al final de la ley, a ver qué pone:

Disposición final única. Entrada en vigor.​


La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».

Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2021.–El Presidente, Alberto Núñez Feijóo.

(Publicada en el «Diario Oficial de Galicia» número 39, de 26 de febrero de 2021)
 



Feijóo dice, tras polémica por el ático, que el Gobierno de Ayuso le comentó en abril que buscaba sede por obras en Sol

Cree que es Patrimonio de la Comunidad de Madrid quien deberá explicar "por qué compró un local que no se puede destinar a oficina"

Pero no decía Ayuso que NO sabía nada del ático, pero resulta que Feijoo lo sabía desde ABRIL cuándo hicieron la compra a escondidas??!

Ayuso DIMISIÓN
Pero dónde dice Feijoo que lo sabía desde Abril?
 
A ver si le van a hacer un Casado.

Casado no cayó porque Ayuso fuera muy querida (más bien diría que fuera de Madrid en su partido no la tragan), sino porque tenía la palabra perdedor escrita en la frente. Estaban todos deseando darle puerta aunque por supuesto a la cara eran todo halagos. ¿Igual que Feijoo?
Qué mal ambiente en ese mundillo, por mucho que algunos manejen pastizales.
 
Con un poco de suerte Ayuso se carga al Frijol como pasó con Casado y empezamos a tener una alternativa real a Sánchez. Que no digo que sea Ayuso, cualquiera será mejor que Frijolito el invotable.
Si gana ayuso España se.convieete en Quito. El.gran madridito.
 
Por cierto vamos a aclarar alguna cosa de la famosa ley del Frijol.

La ley (que era una modificación a la ley de sanidad gallega), es ésta:


Habla TRECE VECES DEL COVI.

El art. 38.2.b.5ª habla expresamente de OBLIGACIÓN DE BANDERILLA:

"Sometimiento a medidas profilácticas de prevención de la enfermedad, incluida la banderilla o inmunización...". El artículo 38.1 decía que las autoridades podían adoptar "medidas preventivas de obligado cumplimiento".

Además, el artículo 38 ter establecía que las medidas podían ser obligatorias y llegaba a contemplar que su ejecución pudiera incluir "la compulsión directa sobre las personas", con posible colaboración de las fuerzas de seguridad.

¿Hay algo más liberticida?

Vamos al final de la ley, a ver qué pone:

Disposición final única. Entrada en vigor.​


La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».

Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2021.–El Presidente, Alberto Núñez Feijóo.

(Publicada en el «Diario Oficial de Galicia» número 39, de 26 de febrero de 2021)

Ojalá lo hubiese hecho porque eso habría sido una revolución muy fuerte con disturbios en las calles, destrozos a la administración, huelgas, saboteos y el fin del PP en Galicia y posiblemente en el resto de España.

Yo tengo claro que no me habría obligado nadie a banderilla y al igual que yo, cientos de miles. Da igual los que apoyan al PP hagan lo que hagan.

Por cierto vamos a aclarar alguna cosa de la famosa ley del Frijol.

La ley (que era una modificación a la ley de sanidad gallega), es ésta:


Habla TRECE VECES DEL COVI.

El art. 38.2.b.5ª habla expresamente de OBLIGACIÓN DE BANDERILLA:

"Sometimiento a medidas profilácticas de prevención de la enfermedad, incluida la banderilla o inmunización...". El artículo 38.1 decía que las autoridades podían adoptar "medidas preventivas de obligado cumplimiento".

Además, el artículo 38 ter establecía que las medidas podían ser obligatorias y llegaba a contemplar que su ejecución pudiera incluir "la compulsión directa sobre las personas", con posible colaboración de las fuerzas de seguridad.

¿Hay algo más liberticida?

Vamos al final de la ley, a ver qué pone:

Disposición final única. Entrada en vigor.​


La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».

Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2021.–El Presidente, Alberto Núñez Feijóo.

(Publicada en el «Diario Oficial de Galicia» número 39, de 26 de febrero de 2021)

De todas maneras, no habría funcionado porque las leyes del Estado estarían por encima de las regionales... una pena oiga.

Pero dónde dice Feijoo que lo sabía desde Abril?

... pues que el pobre no es muy listo, y se conoce que se lo preguntaron en una entrevista y el hombre, lo soltó;

 
Ojalá lo hubiese hecho porque eso habría sido una revolución muy fuerte con disturbios en las calles, destrozos a la administración, huelgas, saboteos y el fin del PP en Galicia y posiblemente en el resto de España.

Yo tengo claro que no me habría obligado nadie a banderilla y al igual que yo, cientos de miles. Da igual los que apoyan al PP hagan lo que hagan.



De todas maneras, no habría funcionado porque las leyes del Estado estarían por encima de las regionales... una pena oiga.



... pues que el pobre no es muy listo, y se conoce que se lo preguntaron en una entrevista y el hombre, lo soltó;


Bueno hacerlo lo hizo, pero el Constitucional se lo tiró para atrás por salvaje. Aquí dejo lo dijo el TC que es para enmarcar. Ojo al Frijol, mucho ojo:

Las medidas de sometimiento a tratamiento adecuado (contempladas en el subapartado 2) y de sometimiento a «medidas profilácticas de prevención de la enfermedad, incluida la banderilla o inmunización» (contenidas en el subapartado 5) afectan, con carácter general y sin necesidad de que conlleven riesgos especiales para la salud, al derecho a la integridad personal del art. 15 CE en su «dimensión positiva», que implica, de acuerdo con nuestra doctrina, «una facultad de oposición a la asistencia médica, en ejercicio de un derecho de autodeterminación que tiene por objeto el propio sustrato corporal, como distinto del derecho a la salud o a la vida» (SSTC 154/2002, de 18 de julio, FJ 9, y 38/2023, de 20 de abril, FJ 4).

Hay que recordar, en este punto, que en las SSTC 37/2011, de 28 de marzo, FJ 5, y 38/2023, de 20 de abril, FJ 4, señalamos que «el consentimiento del paciente a cualquier intervención sobre su persona es algo inherente, entre otros, a su derecho fundamental a la integridad física, a la facultad que este supone de impedir toda intervención no consentida sobre el propio cuerpo, que no puede verse limitada de manera injustificada como consecuencia de una situación de enfermedad. Se trata de una facultad de autodeterminación que legitima al paciente, en uso de su autonomía de la voluntad, para decidir libremente sobre las medidas terapéuticas y tratamientos que puedan afectar a su integridad, escogiendo entre las distintas posibilidades, consintiendo su práctica o rechazándolas. Esta es precisamente la manifestación más importante de los derechos fundamentales que pueden resultar afectados por una intervención médica: la de decidir libremente entre consentir el tratamiento o rehusarlo, posibilidad que ha sido admitida por el [Tribunal Europeo de Derechos Humanos], aun cuando pudiera conducir a un resultado fatal (STEDH de 29 de abril de 2002, caso Pretty c. Reino Unido, § 63), y también por este tribunal (STC 154/2002, de 18 de julio, FJ 9)».

En la citada STC 38/2023, de 20 de abril, FJ 5, pusimos de manifiesto, en el caso particular de la banderilla, que se trata de «un acto sanitario que consiste en la inoculación de un “preparado”, de contenido variable, en el cuerpo humano a efectos de provocar una respuesta inmunitaria, por lo que su administración entra, con claridad, dentro de las facultades de autodeterminación garantizadas por el derecho a la integridad personal del art. 15 CE». La afectación que sobre dicho derecho fundamental tiene esta concreta medida es, por lo tanto, inequívoca.
 
Bueno hacerlo lo hizo, pero el Constitucional se lo tiró para atrás por salvaje. Aquí dejo lo dijo el TC que es para enmarcar. Ojo al Frijol, mucho ojo:

Las medidas de sometimiento a tratamiento adecuado (contempladas en el subapartado 2) y de sometimiento a «medidas profilácticas de prevención de la enfermedad, incluida la banderilla o inmunización» (contenidas en el subapartado 5) afectan, con carácter general y sin necesidad de que conlleven riesgos especiales para la salud, al derecho a la integridad personal del art. 15 CE en su «dimensión positiva», que implica, de acuerdo con nuestra doctrina, «una facultad de oposición a la asistencia médica, en ejercicio de un derecho de autodeterminación que tiene por objeto el propio sustrato corporal, como distinto del derecho a la salud o a la vida» (SSTC 154/2002, de 18 de julio, FJ 9, y 38/2023, de 20 de abril, FJ 4).

Hay que recordar, en este punto, que en las SSTC 37/2011, de 28 de marzo, FJ 5, y 38/2023, de 20 de abril, FJ 4, señalamos que «el consentimiento del paciente a cualquier intervención sobre su persona es algo inherente, entre otros, a su derecho fundamental a la integridad física, a la facultad que este supone de impedir toda intervención no consentida sobre el propio cuerpo, que no puede verse limitada de manera injustificada como consecuencia de una situación de enfermedad. Se trata de una facultad de autodeterminación que legitima al paciente, en uso de su autonomía de la voluntad, para decidir libremente sobre las medidas terapéuticas y tratamientos que puedan afectar a su integridad, escogiendo entre las distintas posibilidades, consintiendo su práctica o rechazándolas. Esta es precisamente la manifestación más importante de los derechos fundamentales que pueden resultar afectados por una intervención médica: la de decidir libremente entre consentir el tratamiento o rehusarlo, posibilidad que ha sido admitida por el [Tribunal Europeo de Derechos Humanos], aun cuando pudiera conducir a un resultado fatal (STEDH de 29 de abril de 2002, caso Pretty c. Reino Unido, § 63), y también por este tribunal (STC 154/2002, de 18 de julio, FJ 9)».

En la citada STC 38/2023, de 20 de abril, FJ 5, pusimos de manifiesto, en el caso particular de la banderilla, que se trata de «un acto sanitario que consiste en la inoculación de un “preparado”, de contenido variable, en el cuerpo humano a efectos de provocar una respuesta inmunitaria, por lo que su administración entra, con claridad, dentro de las facultades de autodeterminación garantizadas por el derecho a la integridad personal del art. 15 CE». La afectación que sobre dicho derecho fundamental tiene esta concreta medida es, por lo tanto, inequívoca.

Menudo golpe le metieron los del TC... más que nada porque si no se hubiera hecho nada, eso acaba en el Tribunal Europeo que, ese ya sí, habría tirado esta medida y, lo más llamativo es que, seguro que había algo corrupto detrás, como la venta a "los colegas" de las banderilla y posterior puesta en circulación.

Esta gente no debe volver a tener poder jamás.
 
Nada, no picamos:

La única ley aprobada con banderilla obligatoria que tumbó el Tribunal Constitucional fue la ley de Feijoo.

Ni en Extremadura, ni en Cataluña ni en ningún sitio nadie aprobó una ley para multar con 60.000 euros a no medicado: solo lo hizo O envenenador das Rias Baixas.

Busca todos los enlaces que quieras, porque no los vas a encontrar.
 
Menudo golpe le metieron los del TC... más que nada porque si no se hubiera hecho nada, eso acaba en el Tribunal Europeo que, ese ya sí, habría tirado esta medida y, lo más llamativo es que, seguro que había algo corrupto detrás, como la venta a "los colegas" de las banderilla y posterior puesta en circulación.

Esta gente no debe volver a tener poder jamás.
La mujer del Moreno pilló dinero público con lo del koronamoto, ya no recuerdo si era con los pacotest PCR o con qué, pero pilló cacho como los sociatas de las mascara.

Editado, le caía el dinero por distribuir cubrebocas y banderilla:

 
Última edición:
Por cierto vamos a aclarar alguna cosa de la famosa ley del Frijol.

La ley (que era una modificación a la ley de sanidad gallega), es ésta:


Habla TRECE VECES DEL COVI.

El art. 38.2.b.5ª habla expresamente de OBLIGACIÓN DE BANDERILLA:

"Sometimiento a medidas profilácticas de prevención de la enfermedad, incluida la banderilla o inmunización...". El artículo 38.1 decía que las autoridades podían adoptar "medidas preventivas de obligado cumplimiento".

Además, el artículo 38 ter establecía que las medidas podían ser obligatorias y llegaba a contemplar que su ejecución pudiera incluir "la compulsión directa sobre las personas", con posible colaboración de las fuerzas de seguridad.

¿Hay algo más liberticida?

Vamos al final de la ley, a ver qué pone:

Disposición final única. Entrada en vigor.​


La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».

Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2021.–El Presidente, Alberto Núñez Feijóo.

(Publicada en el «Diario Oficial de Galicia» número 39, de 26 de febrero de 2021)
Osea que la ley del de los 60.000 euros consistía en que iba a mandar a una patrulla de la guardia civil y un practicante a banderilla en mi casa?

Qué barbaridad! no sólo me quería robar dinero, sino que además me quería banderilla a la fuerza!

@Gutiérrez que le veo ¿pero tú sabías eso?
 
La mujer del Moreno pilló dinero público con lo del koronamoto, ya no recuerdo si era con los pacotest PCR o con qué, pero pilló cacho como los sociatas de las mascara.

Editado, le caía el dinero por distribuir cubrebocas y banderilla:


Con las mascara pilló todo cristo que pudo y si las podía colocar.

Yo mismo conocí a un par de ellos y le sacaron al menos 10 veces más de lo que les costó pero claro, tenían a las mujeres en las direcciones de sendos hospitales grandes.
 
Solo puede quedar uno/a.

Lo vengo diciendo desde hace tiempo.

Pioletazos entre los del PP, ya lo vivimos con Casado y la historia interminable se repite.

La duda que tengo y mi pregunta es la siguiente:

¿Quienes mueven los hilos de Latin y de Frijolito con cual decidirán quedarse.?

MAR es quien susurra al oido de la Latin, pero le susurra consignas que le vienen dadas por otros.

¿Optarán por cargarse a Frijolito o dejaran caer, por sus propios deméritos a Latin.?

Con la Choni de Madrit, lo tienen facil, es cuestión de interferir la señal de los pinganillos con los "soplos"-guiones de MAR cada vez que tiene una comparecencia, si dejan a esta señora hablar lo que a ella se le ocurra se ahorca sola.
 
Nada, no picamos:

La única ley aprobada con banderilla obligatoria que tumbó el Tribunal Constitucional fue la ley de Feijoo.

Ni en Extremadura, ni en Cataluña ni en ningún sitio nadie aprobó una ley para multar con 60.000 euros a no medicado: solo lo hizo O envenenador das Rias Baixas.

Busca todos los enlaces que quieras, porque no los vas a encontrar.

Osea que la ley del de los 60.000 euros consistía en que iba a mandar a una patrulla de la guardia civil y un practicante a banderilla en mi casa?

Qué barbaridad! no sólo me quería robar dinero, sino que además me quería banderilla a la fuerza!

@Gutiérrez que le veo ¿pero tú sabías eso?

No es que lo supiera, es que el que citas se ha comido lo principal (para variar):

el artículo que cita empieza así:

"Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud pública, al objeto de proteger la salud pública y prevenir su pérdida o deterioro, las autoridades sanitarias autonómicas, dentro del ámbito de sus competencias, cuando así lo exigiesen razones sanitarias de urgencia o necesidad.

Es decir, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY ESTATAL...

Respecto a la compulsión a las personas, es lo que te hizo el Saunas, se refiere a confinamientos, por ejemplo. Leéte el art 38. Recuerda que cuando te encerraron en tu casa concedieron al ejército el carácter de agentes de la autoridad y declararon un estado de alarma.

Y en el Decreto de medidas sanitarias Elbichito metieron a las fuerzas armadas a realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de las disposiciones previstas en el presente real decreto-ley

Jugáis con el olvido, pero LO QUE NO SE DEBE OLVIDAR JAMAS es que el confinamiento y todo lo que llevó aparejado fue declarado INCONSTITUCIONAL por un recurso de amparo de VOX (votar no vale para nada).

Y eso si que tuvo consecuencias gravísimas: psicológicas, de salud, de gloria, de ruinas personales y económicas, los niños encerrados...para que luego se declare ILEGAL y no te permitan reclamar los daños y perjuicios. Sois unos cínicos.

Pero lo importante es no se que de Feijoo que me iba a venir un furgón de la policía a banderilla...cuando Galicia no tiene ni policía propia y y me iba a poner una multa de 60.000 euros, cuando la realidad es que la multa prevista es de La negativa injustificada al sometimiento a medidas de prevención consistentes en la banderilla o inmunización prescritas por las autoridades sanitarias...SE SANCIONA COMO FALTA LEVE que va de 1000 a 3000 euros. Y es más, la obligación de banderilla tiene que venir acordada por el Estado....quien tiene previstas sanciones elevadísimas.
 
Última edición:



Feijóo dice, tras polémica por el ático, que el Gobierno de Ayuso le comentó en abril que buscaba sede por obras en Sol

Cree que es Patrimonio de la Comunidad de Madrid quien deberá explicar "por qué compró un local que no se puede destinar a oficina"

Pero no decía Ayuso que NO sabía nada del ático, pero resulta que Feijoo lo sabía desde ABRIL cuándo hicieron la compra a escondidas??!

Ayuso DIMISIÓN

Pues él en Galicia estaba en un chalet del copón, con sus jardines, piscina, etc. que se hizo para los presidentes de la CA.
No acabo de enténder que le ponga pega a que se compre un ático con el mismo fin cuando él residió en una vivienda de este tipo (y podría argumentarse que considerablemente más grande y lujosa).
 
No es que lo supiera, es que el que citas se ha comido lo principal (para variar):

el artículo que cita empieza así:

"Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud pública, al objeto de proteger la salud pública y prevenir su pérdida o deterioro, las autoridades sanitarias autonómicas, dentro del ámbito de sus competencias, cuando así lo exigiesen razones sanitarias de urgencia o necesidad.

Es decir, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEY ESTATAL...

Respecto a la compulsión a las personas, es lo que te hizo el Saunas, se refiere a confinamientos, por ejemplo. Leéte el art 38. Recuerda que cuando te encerraron en tu casa concedieron al ejército el carácter de agentes de la autoridad y declararon un estado de alarma.

Y en el Decreto de medidas sanitarias Elbichito metieron a las fuerzas armadas a realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de las disposiciones previstas en el presente real decreto-ley

Jugáis con el olvido, pero LO QUE NO SE DEBE OLVIDAR JAMAS es que el confinamiento y todo lo que llevó aparejado fue declarado INCONSTITUCIONAL por un recurso de amparo de VOX (votar no vale para nada).

Y eso si que tuvo consecuencias gravísimas: psicológicas, de salud, de gloria, de ruinas personales y económicas, los niños encerrados...para que luego se declare ILEGAL y no te permitan reclamar los daños y perjuicios. Sois unos cínicos.

Pero lo importante es no se que de Feijoo que me iba a venir un furgón de la policía a banderilla...cuando Galicia no tiene ni policía propia y y me iba a poner una multa de 60.000 euros, cuando la realidad es que la multa prevista es de La negativa injustificada al sometimiento a medidas de prevención consistentes en la banderilla o inmunización prescritas por las autoridades sanitarias...SE SANCIONA COMO FALTA LEVE que va de 1000 a 3000 euros. Y es más, la obligación de banderilla tiene que venir acordada por el Estado....quien tiene previstas sanciones elevadísimas.
No, no es de acuerdo a ninguna ley, porque ninguna ley del ordenamiento jurídico español puede vulnerar los derechos fundamentales de la Constitución, como tuvo que recordarle el Tribunal Constitucional.

Feijoo es un político sin escrúpulos y un enemigo de la honradez y en definitiva, de todo el pueblo español.
 
Nada, no picamos:

La única ley aprobada con banderilla obligatoria que tumbó el Tribunal Constitucional fue la ley de Feijoo.

Ni en Extremadura, ni en Cataluña ni en ningún sitio nadie aprobó una ley para multar con 60.000 euros a no medicado: solo lo hizo O envenenador das Rias Baixas.

Busca todos los enlaces que quieras, porque no los vas a encontrar.

No picas porque a ti la verdad no te interesa. Te pueden poner el textual de una norma y te niegas a verlo porque se te cae el argumento.

Las banderilla son una medida sanitaria más, y son o no obligatorias según lo decida el ESTADO en las leyes sanitarias que ya están vigentes desde hace muchos años. Si mañana viene una esa época en el 2020 de la que yo le hablo de verdad, no aquello, no dudes que te van a pinchar sin necesidad de una ley nueva. Lo mismo que te limitaron (y abusa ilegalmente) tus derechos fundamentales, se sacan un ESTADO DE EXCEPCION y te meten una aguja.

Tu vienes a cumplir con el manual de instrucciones que te pasan y a repetir como un loro lo mismo. Un CM de baja estofa y nula calidad.

Pero te queda nada. Pasáis al olvido en breve. Feijoo va a ser tu próximo presidente.
 
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Lo del ático no tiene un pase y lo sabéis. Tanto va el cántaro a la fuente...

Se da por hecho que Feijóo va a gobernar y la tarta de la publicidad del estado es infinitamente superior a la de la CAM, así que el mensaje a Ayuso es: no te muevas ni un milímetro o la que va a salir en la foto va a ser CaSHetana.
 
Con un poco de suerte Ayuso se carga al Frijol como pasó con Casado y empezamos a tener una alternativa real a Sánchez. Que no digo que sea Ayuso, cualquiera será mejor que Frijolito el invotable.
El PP ha quedado muy debilitado tras años de gestión discutible. No lo salva ni Ayuso. Su situación interna es complicada y el liderazgo actual no convence. Tienen lo que se merecen. Por mi parte, preferiría que desapareciera como partido.
 

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