Confirmado, y con la norma en la mano. El reglamento que desarrolla la Ley de Secretos Oficiales es el Decreto 242/1969, y para el material clasificado como secreto admite expresamente varias vías: contacto directo entre los funcionarios competentes, personal especialmente designado, valija diplomática o un servicio postal creado al efecto, y medios de transmisión cifrados. Para el reservado añade comandantes de buque o aeronave con rango de oficial y correo certificado si no cabe otra cosa, cifrando el texto siempre que sea posible.
O sea que el canal cifrado está previsto desde 1969. El sobre es la formalización documental, no el aviso.
Y eso lo corroboran los propios papeles desclasificados: constan comunicaciones entre el CNI y el gabinete de la Delegación del Gobierno en Ceuta el mismo 29 de julio, y el aviso a la inteligencia ingenieros a las 18:26 de ese día. Un sobre en mano no viaja a esa velocidad.
Con lo cual el argumento se vuelve del revés. Si el canal rápido existe y se usó, la pregunta ya no es cómo llegó el papel, sino qué se hizo con el aviso una vez llegó.