No es exactamente así. Suelen ser jueces, pero para ser magistrado del T.C:
- Pertenecer a una de las siguientes categorías profesionales: Magistrados, Fiscales, Profesores de Universidad, funcionarios públicos o Abogados.
- Ser jurista de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional en la respectiva función.
No líes. Ese juez también ha explicado eso de los "magistrados". Es una figura funcionarial, como puede serlo un funcionario o el mismo rey. Es más bien cuestión de lingüística. Pero los del Constitucional NO son jueces.
Y si hay alguno por casualidad... no ejerce como tal. NO pertenecen al aparato judicial... aunque suene mal lo de "aparato".
