El fondo de pensiones no es buena idea si el único que aporta eres tú, quiero decir que hay empresas y administraciones que tienen fondos de pensiones para sus empleados (técnicamente se llaman Planes de Previsión de Empleo) donde tanto el empleado como la empresa hacen una aportación al fondo, por lo tanto al rescatarlo una parte no la has aportado tú, así es muy rentable, además en estos fondos colectivos hay una Comisión de Control....pero si se trata de un fondo de pensiones particular donde solo aportas tú, NI SE TE OCURRA.
Las entidades gestoras de fondos están ligadas a las entidades bancarias, se deben a ellas no a tí, por lo tanto no invertirán tu dinero donde le sea rentable a los partícipes sino al banco, se usan miles de millones provenientes de estos fondos para comprar la deuda pública que los bancos han comprometido con los estados, pero no arriesgan su dinero sino el tuyo, ellos se llevan una comisión por la intermediación y el riesgo de invertir en bonos de Grecia, Portugal, España etc...ese riesgo lo corres tú.
También usan tu dinero para sostener acciones estratégicas para la entidad, aunque estén en caída libre.
Rentabilidad:
Aquí es cuando la matan.
Rentabilidad media Fondos de Pensiones en España en el periodo diciembre 2001 - diciembre 2011 (los datos de este año no los he conseguido pero se auguran mucho peores)
-Sólo 2 fondos (de los 532) superaron la rentabilidad de los bonos del Estado a 10 años.
-Sólo 3 fondos (de los 532) superaron el 4% de rentabilidad.
-Sólo 27 fondos (de los 532) superaron la inflación promedio (2,8%).
-191 de los 532 fondos tuvieron rentabilidad promedio ¡negativa!
Los fondos de pensiones se están convirtiendo en los fondos angula, filtran toda la guano del sector financiero.
Pásate por aquí e infórmate:
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Además tu dinero es rehén, solo lo puedes rescatar si se dan estos cinco supuestos:
1-gloria: tus herederos legales
2-jubilación: se supone que a los 67, si no lo alargan mas.
3-paro de larga duración: mas de 12 meses continuados y no recibir prestación contributiva.
4-gran invalidez, incapacidad total o absoluta....pasando tribunal médico.
5-enfermedad grave: mas de tres meses que requiera intervención de cirujía mayor, hay que acreditarlo con certificado médico.
*También se puede rescatar al día siguiente de ser despedido en un ERE de extinción ya que esta situación se asimila a la jubilación a la hora de rescatar el fondo.
NI SE TE OCURRA ABRIR UN FONDO DE PENSIONES.
De la fiscalidad al rescatarlo dentro de 30 años, mejor ni pensarlo.