Teodorico
Forero Paco Demier
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- 9 Ene 2025
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Pues eso, voy directamente al grano:
Como tenedor de algunos shishi, ando planteándome si bancarizo o no una fracción de una wallet que tengo desde hace años (entre 5 y 6 cifras, ojalá más). Como es lógico, antes de tirarme a la piscina me comen las dudas, así que ¿Algún otro valiente o veterano del mundo criptocoñero lo ha hecho? ¿Cómo le fue el proceso? (Aclaro que no vivo en hispañistán sino en un país más criptofriendly. Al margen de un gravamen menor o mayor en la declaración de la renta no veo yo que cambie mucho la operativa respecto a hispañistán).
La primera fase supongo que es fácil. Se selecciona un CEX o equivalente de confianza, se pasa su KYC para tener la cuenta activa, y se transfieren los fondos de la wallet (pudiendo tal vez tener que justificar ante el CEX la procedencia de los fondos, no lo sé). El problema y lo que me da canguele, es que el CEX bloquee los activos que les entren o que al apretar el botón de pasar a FIAT pase algo más allá de las comisiones...
La segunda fase de llevar el FIAT al banco se me antoja igualmente peluda. Quiero imaginar que al banco habrá que ponerle sobre aviso antes de que le entre la pasta explicando de donde proceden los fondos y tal vez rellenando algún papelito de prevención de lavado de dinero de capitales o algo así, pero me aterra la posibilidad de que les entren los lereles y se congele la cuenta o alguna sorpresa desagradable similar. ¿Cómo proceder aquí para que el dinerete pase el menor tiempo posible en el CEX y el banco no te ponga pegas cuando lo reciba?
Y el tercer y último problema, ¿Qué narices pasa con la wallet? Partiendo de la base de que BTC no es monero y es pseudónimo y se puede rastrear, al hacerla nominativa y asociada a mi persona, ¿Qué ocurre ante el fisco y los CEX? ¿Implica que estaría el monto sobrante que me quedó identificado y trazado de por vida con lo que ello puede suponer de cara a impuestos y sabe dios qué más? (Enfocado fundamentalmente a un retorno en el futuro a Hispañistán años vista). ¿Me pueden crujir por otras operaciones no declaradas que en su día emergieron de la dirección maestra donde pretendo retirar una fracción? ¿Habría alguna forma de volver a pseudonimizar lo que quede en la wallet -legalmente- para que no fuera nominativo? Eso de dejar las cartas bocarriba ante la banca da yuyu...
Gracias de antemano a todo samaritano que me pueda echar un capote, y bueno, a ver si puede servir este hilo para otros con una duda similar.
PD: Con gusto se reciben críticas y argumentos sobre las razones por las cuales callarse y nunca pasar a fiat tus criptos o no hacerlo pasando por el aro del fisco, pero también se agradece proponer medios para poder hacer uso de los activos más allá de sentarse sobre ellos cual gallina y su cigot.
Como tenedor de algunos shishi, ando planteándome si bancarizo o no una fracción de una wallet que tengo desde hace años (entre 5 y 6 cifras, ojalá más). Como es lógico, antes de tirarme a la piscina me comen las dudas, así que ¿Algún otro valiente o veterano del mundo criptocoñero lo ha hecho? ¿Cómo le fue el proceso? (Aclaro que no vivo en hispañistán sino en un país más criptofriendly. Al margen de un gravamen menor o mayor en la declaración de la renta no veo yo que cambie mucho la operativa respecto a hispañistán).
La primera fase supongo que es fácil. Se selecciona un CEX o equivalente de confianza, se pasa su KYC para tener la cuenta activa, y se transfieren los fondos de la wallet (pudiendo tal vez tener que justificar ante el CEX la procedencia de los fondos, no lo sé). El problema y lo que me da canguele, es que el CEX bloquee los activos que les entren o que al apretar el botón de pasar a FIAT pase algo más allá de las comisiones...
La segunda fase de llevar el FIAT al banco se me antoja igualmente peluda. Quiero imaginar que al banco habrá que ponerle sobre aviso antes de que le entre la pasta explicando de donde proceden los fondos y tal vez rellenando algún papelito de prevención de lavado de dinero de capitales o algo así, pero me aterra la posibilidad de que les entren los lereles y se congele la cuenta o alguna sorpresa desagradable similar. ¿Cómo proceder aquí para que el dinerete pase el menor tiempo posible en el CEX y el banco no te ponga pegas cuando lo reciba?
Y el tercer y último problema, ¿Qué narices pasa con la wallet? Partiendo de la base de que BTC no es monero y es pseudónimo y se puede rastrear, al hacerla nominativa y asociada a mi persona, ¿Qué ocurre ante el fisco y los CEX? ¿Implica que estaría el monto sobrante que me quedó identificado y trazado de por vida con lo que ello puede suponer de cara a impuestos y sabe dios qué más? (Enfocado fundamentalmente a un retorno en el futuro a Hispañistán años vista). ¿Me pueden crujir por otras operaciones no declaradas que en su día emergieron de la dirección maestra donde pretendo retirar una fracción? ¿Habría alguna forma de volver a pseudonimizar lo que quede en la wallet -legalmente- para que no fuera nominativo? Eso de dejar las cartas bocarriba ante la banca da yuyu...
Gracias de antemano a todo samaritano que me pueda echar un capote, y bueno, a ver si puede servir este hilo para otros con una duda similar.
PD: Con gusto se reciben críticas y argumentos sobre las razones por las cuales callarse y nunca pasar a fiat tus criptos o no hacerlo pasando por el aro del fisco, pero también se agradece proponer medios para poder hacer uso de los activos más allá de sentarse sobre ellos cual gallina y su cigot.