El Supremo exige acreditar el abuso para indemnizar, no da la plaza
Según los participantes en el debate, el Tribunal Supremo ya ha dictado doctrina: si existe abuso en la temporalidad, lo que toca es acreditarlo y reclamar una indemnización, no recibir la plaza en propiedad. La vía que durante años se vendió como inevitable —la prevalencia del derecho europeo forzando la fijeza automática— se ha ido desinflando sentencia a sentencia, y el colectivo de empleados públicos en interinidad prolongada ha pasado de la euforia a la protesta en la calle. El relato que prometía plazas por decreto se ha quedado sin argumento jurídico.
Qué ha cambiado en la doctrina del Supremo sobre el abuso de temporalidad
El alto tribunal ha fijado que el reconocimiento del abuso no equivale a la conversión automática en funcionario de carrera. La consecuencia es económica: hay que probar el perjuicio y cuantificarlo. Quien ya ha consolidado su condición por un proceso selectivo legal queda fuera del problema; quien no, se queda con una sentencia declarativa y una reclamación por delante.
Hay quien sostiene que esa indemnización es papel mojado porque el daño es difícil de medir. El argumento que circula es que un interino y un funcionario de carrera cobran lo mismo por el mismo puesto: trienios, carrera profesional y complementos acaban llegando por una vía o por otra. Si no hay diferencia retributiva, el lucro cesante se desvanece y con él la base del cálculo. La cifra de 200.000 euros que algunos reclamaban suena, en ese escenario, a brindis al sol.
Por qué no se convocan suficientes plazas y se cronifica la interinidad
La pregunta de fondo es por qué existen bolsas de interinos con diez, quince y veinte años de antigüedad. La explicación más repetida apunta a un interés estructural: un empleado en situación dependiente del gobierno de turno es más manejable que un funcionario de carrera con plaza en propiedad. Otros apuntan a la simple desidia presupuestaria. En sanidad y educación se han hecho procesos de estabilización por concurso de méritos, sin examen, y el resultado ha sido que la oferta de plazas quedó muy por debajo del número de personas contratadas en fraude de ley.
Ese desajuste tiene una consecuencia concreta: gente con diez años trabajados que no logró plaza porque la última de su categoría se la llevó alguien con doce. Ahora esa gente acude a los tribunales a pedir la fijeza, mientras la administración no puede despedirla sin más. El círculo se cierra sobre sí mismo.
El efecto colateral en los opositores que sí aprueban
Mientras el debate jurídico se eterniza, hay un perjudicado silencioso: el opositor que aprueba y se encuentra con que las plazas de su especialidad están ocupadas por interinos que no se mueven. En algunas provincias los concursos de traslados se resuelven con cero vacantes en especialidades plagadas de temporalidad. El que sacó la nota más alta acaba destinado a cientos de kilómetros, y el que lleva años de interinidad se queda al lado de casa.
La trampa tiene nombre: plazas perfiladas y autonomía de centros que permiten bloquear un puesto indefinidamente. El sistema de méritos y capacidad, sobre el papel, se aplica a todos. En la práctica, la antigüedad pesa más que el examen.
Qué dice Europa y qué se espera del TJUE
La carta europea se usó durante años como argumento definitivo. Mapas de jerarquía normativa incluidos. El tiempo ha demostrado que la cosa era menos automática de lo que se prometía. Las conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre las cuestiones prejudiciales planteadas por el Supremo están pendientes de publicación, y los sindicatos mayoritarios han vuelto a reclamar responsabilidad a las administraciones para poner fin a la temporalidad.
Europa ya ha retenido más de 600 millones de euros por este asunto. La presión no es solo jurídica: es presupuestaria.
La vía indemnizatoria: cuánto vale un abuso acreditado
La estrategia que gana terreno es la reclamación económica. Quien tiene una sentencia firme que reconoce el abuso puede presentar una segunda demanda por daños. Las cuantías que se barajan van de los 200.000 euros a cifras aún mayores, sin que exista una tabla objetiva que las respalde. El problema es de prueba: sin perjuicio demostrable, el juez tiene poco donde agarrarse.
El Supremo ya ha dicho que el abuso hay que acreditarlo. A partir de ahí, cada caso es un mundo y cada abogado, una estrategia.
El asunto sigue abierto en el Congreso, donde los grupos han llevado el problema de la fijeza a debate. Las cifras de indemnización que circulan no tienen respaldo judicial firme. Y mientras tanto, la interinidad prolongada sigue siendo la puerta de entrada real a la función pública en amplias zonas del país.