filibustero
Madmaxista
Hola;
HAsta que edad, del niño, se puede solicitar una excedencia por cuidado de descendientes?
HAsta que edad, del niño, se puede solicitar una excedencia por cuidado de descendientes?
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Hola;
HAsta que edad, del niño, se puede solicitar una excedencia por cuidado de descendientes?
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Buenas tardes.
¿Tengo la obligación de leer emails que me manda mi empresa relacionados con temas laborales, fuera del horario laboral, para luego llegar con los "deberes" hechos, o debe la empresa realizar todas las comunicaciones en horario laboral y no mandando un email al correo personal?
Buenas.
Yo mañana me acercare a IT, a ver que me dicen ellos sobre este tema.
El viernes 30, cuando llegue de vacaciones casi me encuentro sin trabajo.
Intentó la empresa con la que trabajo, que nos subrogara otra que iba a entrar el dia 1.
Todo esto se enteran los compañeros el dia 29.
El dia 30 recibo la carta de subrogacion.
El mismo dia, por mis compañeros, no por la empresa, me entero que la otra empresa se echa para atras en el servicio.
Por lo visto no sabian que estabamos alli, y nos tenian que subrogar a todos.(Todo esto es un servicio del ayuntamiento de madrid, nosotros estamos con un departamento, y la nueva entraba con otro).
Casi nos vemos en el limbo laboral, de estar sin trabajo, y tener que denunciar a las dos a ver quien nos hubiera echado.
Por suerte la nueva se echo para atras, pero tememos que vuelvan a la carga este mes con lo mismo.
¿Tu sabrias algo de que se podria hacer sobre este tema?
Lo mismo lo tengo que explicar mejor, pero creo que mas o menos lo puse todo bien.
Un saludo.
Hola:
Lo primero no se qué es IT.
Con los mínimos datos que tengo me es casi imposible articular una mínima respuesta, porque por ejemplo para que te subroguen supongo que estarás trabajando en una administración (Ya lo vi el ayto) es la propia administración la que habrá sacado a concurso los servicios que presta tu empresa, otra habrá pujado por ellos y quiere hacerse cargo del servicio.
Según lo dispuesto en el estatuto de los trabajadores artículo 44.1 "1. El cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma no extinguirá por sí mismo la relación laboral, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica, y, en general, cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiere adquirido el cedente."
Tienen que subrogarse en la posición de la otra empresa.
Hasta aquí llegan mis conocimientos exactos, ahora "Supongo" que habrá que ir al pliego de condiciones del servicio, ver si está obligado a tener un determinado número de trabajadores etc etc etc.
Más: No hay que asustarse tan rápido porque para despedir a todos los trabajadores se requiere un E.R.E.
Te aconsejo la lectura al completo del artículo 44 ET.
Lamento la falta de concreción en la respuesta, pero la pregunta "Qué se podría hacer" solo tiene la respuesta de nada, porque primero nada ha pasado, y 2º la empresa está obligada a subrogarse, si despide a todos los trabajadores sin hacer un ere el despido es nulo y no improcedente, así que tendría que andarse con mil ojos.
Sin pasar realmente nada, nada concreto te puedo responder.
PD: Es un buen momento para preguntar a tu delegado sindical o miembro de comité, y si no lo hay, visto lo visto va siendo hora de convocar elecciones sindicales y presentarse por un sindicato, porque en caso de ere, los delegados tienen preferencia para quedarse.
Un saludo.
Buenos días.
Quería saber si hay un precio mínimo por hora que pagar a un autónomo, pues tengo relación con quien ha recibido una oferta que considero insultante de 5.50 euros la hora, iva incluido o sea 4.45e más o menos.
Como de aquí hay que quitar la seguridad social, que le venden como solo de 50e y yo computo como 267e, no llega a 2.75e la hora.
Está a la espera de firmar el contrato aunque lleva trabajadas y cobradas dos semanas de 40 horas, lo que sería demostrable.
¿Se puede empurar a los hemprendedores?
(mensaje citado en revisión)
Hola;
Están pidiendo en mi empresa,Hospital Publico, de gestión privada.
Me piden el certificado ese de delitos o antecedentes penales, delitos sensual o algo así.
Mi pregunta es;
Estoy obligado a pedirlo?
A presentarlo?
Por lo visto me tengo que desplazar a la capital de Provincia a solicitarlo.
¿Tiene que ser en mi tiempo libre?
Gracias.
Hola.
Me lo comento mi compañera anoche.
Dice que nos mandaron un mail este verano.
Yo no lo he recibido.
Yo ,trabajo en un servicio,en el cual no tengo contacto con menores.
Pa ra que ll estan pidiendo?
Ni idea.
Yo no pienso pedir este certificado, hasta que no me envien una mail, o una carta.
No voy a solicitarlo , si no es obligatorio.
Pues pasando olímpicamente. Aunque según lo cuentas parece radio macuto... "una compañera me ha dicho" Así que hasta que no te requieran nada de nada.
Hola, atika.
Si recuerdas la consulta de exceso de horas que te realice, tengo que contarte que la empresa ha reculado debido a la presión que hicieron nuestros sindicatos. Sin embargo, ahora nos salen con una cosa nueva.
Resulta que según nuestro convenio, nos pueden poner a los tiempos completos 4 turnos básicos, con posibilidad de mover la hora de entrada o salida de estos una hora hacia delante o atrás, y un adicional sin este requisito.
Mi acta de turnos tiene estos:
0600-1400* +- 1 hora
0900-1700 +- 1 hora
1400-2200 +- 1 hora
1800-0200 +- 1 hora
*
turno adicional fijo 2200-0600.
Total, que nos han puesto turnos de 16-00 (imposible con los básicos) y de 23-07 ( meter+- 1h. Al adicional, donde no se puede).
Todo ello no altera nuestra jornada anual de 1712 h. Y 214 días
No obstante, estamos divididos en la plantilla, entre los que quieren que se cumpla convenio y se eliminen dichos turnos, y los que consideran que ello es jornada irregular, y piensan callarse, hacerlos y después reclamar un plus que lleva implícito.
Así que la pregunta es: ponernos esos turnos fuera de los posibles en el convenio se puede considerar jornada irregular, aunque cumplamos convenio con número de días de presencia y de horas de trabajo?
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