¿Cuenta vivienda? ¿Donde abrirla?.

Archimanguina

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Buenas ejpertos, os pido consejo ya que por fin me he decidido a abrir una cuenta vivienda pero no se en que entidad tal y como está el patio.

¿Que me aconsejáis?.

Gracias por vuestras respuestas.

Un saludo.
 
Buenas ejpertos, os pido consejo ya que por fin me he decidido a abrir una cuenta vivienda pero no se en que entidad tal y como está el patio.

¿Que me aconsejáis?.

Gracias por vuestras respuestas.

Un saludo.

Cuenta-vivienda, ninguna, que son un timo. Lo que tienes que hacer es abrir depósitos sucesivos (a menos de un año obviamente) que te dan más interés. Hay unos cuantos post donde se explica el mecanismo para cumplir con la ley de Hacienda.

¡Ah! Ahora no la abras. Ábrela a finales de diciembre con suficiente margen por los días que puedas ir perdiendo al ir moviendo el dinero de un depósito al siguiente. Por ejemplo, ábrela sobre el 10-15 de diciembre. Es pronto, pero el problema de diciembre es que hay mucho festivo al final.

Lo de abrirla al final es porque tienes que comprar casa antes de que se cumplan cuatro años de la primera cuenta-vivienda que declaraste. Si lo haces ahora, tendrás de margen hasta agosto del 2012; si lo haces en diciembre tendrás de margen hasta diciembre de eso año.
 
Cuenta-vivienda, ninguna, que son un timo. Lo que tienes que hacer es abrir depósitos sucesivos (a menos de un año obviamente) que te dan más interés. Hay unos cuantos post donde se explica el mecanismo para cumplir con la ley de Hacienda.

¡Ah! Ahora no la abras. Ábrela a finales de diciembre con suficiente margen por los días que puedas ir perdiendo al ir moviendo el dinero de un depósito al siguiente. Por ejemplo, ábrela sobre el 10-15 de diciembre. Es pronto, pero el problema de diciembre es que hay mucho festivo al final.

Lo de abrirla al final es porque tienes que comprar casa antes de que se cumplan cuatro años de la primera cuenta-vivienda que declaraste. Si lo haces ahora, tendrás de margen hasta agosto del 2012; si lo haces en diciembre tendrás de margen hasta diciembre de eso año.

ok Gracias intentaré investigar eso de los depósitos pero ya mañana que hoy ando escaso de fuerzas...Muchas gracias.
 
Por si te sirve yo lo hice con los depositos de ebankinter que se actualizan dependiendo de los tipos de interes (menos un pequeño margen claro), evidentemente ahora mismo existen opciones que dan más interes pero es dificil que te garanticen el mismo rendimiento a cuatro años vista ya que si no me equivoco no puedes cancelar el deposito-cuenta vivienda para abrir uno nuevo, dependiendo del plazo del deposito las condiciones varian, en tu caso yo creo que la opción a un año seria la más interesante, salvo que consideres que los tipos se van a disparar más alla de los actuales en los proximos cuatro años.

La operativa luego con hacienda es simple indicas la referncia del deposito en tu declaración como la correspondiente a la cuenta vivienda y ya esta.
 
Por si te sirve yo lo hice con los depositos de ebankinter que se actualizan dependiendo de los tipos de interes (menos un pequeño margen claro), evidentemente ahora mismo existen opciones que dan más interes pero es dificil que te garanticen el mismo rendimiento a cuatro años vista ya que si no me equivoco no puedes cancelar el deposito-cuenta vivienda para abrir uno nuevo, dependiendo del plazo del deposito las condiciones varian, en tu caso yo creo que la opción a un año seria la más interesante, salvo que consideres que los tipos se van a disparar más alla de los actuales en los proximos cuatro años.

La operativa luego con hacienda es simple indicas la referncia del deposito en tu declaración como la correspondiente a la cuenta vivienda y ya esta.

Si no me equivoco puedes cambiar de depósito de un año a otro.
 
es cierto esto?

Yo abrí la cuenta vivienda un 30 de diciembre de 2006 ingresando el máximo que creo recordar era poco mas de 9000 leureles para sacar el máximo de la ventaja fiscal. En enero he sacado todo el dinero (que he puesto en depósitos etc que dan mas rentabilidad) y he vuelto a ingresar a finales de diciembre los 9000 y pico del año anterior y los 9000 y tanto del año correspondiente.

Este año me disponía a hacer lo mismo pero hoy en la radio he escuchado que para poder cumplir con la ley ese dinero no se puede tocar de la cuenta, es decir no se puede sacar! que mucha gente lo hace pero que es ilegal desde el punto de vista fiscal y que además la gente que lo hace ingresa el dinero no el ultimo mes como yo (en diciembre) sino el ultimo trimestre para cuidarse que cuando el banco pase el informe no cante el promedio.

Creia que con tener el saldo a 31 de diciembre era suficiente! te pueden obligar a devolver la excensión fiscal por este motivo?🙁

alguna idea...?

Saludos,
 
Yo abrí la cuenta vivienda un 30 de diciembre de 2006 ingresando el máximo que creo recordar era poco mas de 9000 leureles para sacar el máximo de la ventaja fiscal. En enero he sacado todo el dinero (que he puesto en depósitos etc que dan mas rentabilidad) y he vuelto a ingresar a finales de diciembre los 9000 y pico del año anterior y los 9000 y tanto del año correspondiente.

Este año me disponía a hacer lo mismo pero hoy en la radio he escuchado que para poder cumplir con la ley ese dinero no se puede tocar de la cuenta, es decir no se puede sacar! que mucha gente lo hace pero que es ilegal desde el punto de vista fiscal y que además la gente que lo hace ingresa el dinero no el ultimo mes como yo (en diciembre) sino el ultimo trimestre para cuidarse que cuando el banco pase el informe no cante el promedio.

Creia que con tener el saldo a 31 de diciembre era suficiente! te pueden obligar a devolver la excensión fiscal por este motivo?🙁

alguna idea...?

Saludos,

YO creo que no debes tocar el dinero hasta que no se utilice para la compra de la vivienda, de todas maneras me parece que no son muy pijoteros en ese sentido en hacienda.
Lo que siempre hago en caso de duda con el irpf es llamar al telefono de consulta que tienen, y siempre llamo dos veces porque el personal que contesta suele ser contratado y si el tema es un poco lioso te pueden dar una respuesta errone.
Y en caso de que te digan que teoricamente por haber cancelado el deposito debes devolver el dinero desgrabado consulta antes con una gestoria donde seguro que saben que se puede hacer para sin defraudar bordear un poco la norma.
Eso si ningún otro forero tiene una idea más clara del asunto.
Suerte.
 
Este año me disponía a hacer lo mismo pero hoy en la radio he escuchado que para poder cumplir con la ley ese dinero no se puede tocar de la cuenta, es decir no se puede sacar! que mucha gente lo hace pero que es ilegal desde el punto de vista fiscal y que además la gente que lo hace ingresa el dinero no el ultimo mes como yo (en diciembre) sino el ultimo trimestre para cuidarse que cuando el banco pase el informe no cante el promedio.

Lo único que debes hacer para cumplir con la ley es poder justificar que el dinero por el que has ido desgravando durante los cuatro años es realmente el dinero que empleas en la compra de la vivienda. Eso es lo que hay que cumplir.

Obviamente, si coges dinero de una cuenta-vivienda, lo sacas, lo mezclas con otro dinero y antes de que acabe el año lo vuelves a meter en la misma cuenta-vivienda, no cumples con la ley, porque ese dinero no es el mismo dinero: es otro aunque sea por el mismo importe.
 
Sabios de la fiscalidad, invoco vuestra sabiduría 😀

He conseguido convertir a mi novia en ex-burbujista. Ella tenía una cuenta vivienda por la cual se ha desgravado en los 3 últimos ejercicios (la última declaración de este 2008).

Ahora, en agosto, ha cancelado la cuenta vivienda (todavía le quedaba un año). Mi duda es: ¿las devoluciones de lo desgravado las tendrá que poner en la declaración de la renta del año que viene o tiene que hacer ahora una declaración complementaria?

Saludos
 
Buenas ejpertos, os pido consejo ya que por fin me he decidido a abrir una cuenta vivienda pero no se en que entidad tal y como está el patio.

¿Que me aconsejáis?.

Gracias por vuestras respuestas.

Un saludo.

Como se ha dicho aquí, sirve cualquier cuenta o depósito bancario como cuenta vivienda. Las llamadas cuentas viviendas por lo bancos es un timo o reclamo que ponen los bancos para darte menos intereses. La única restricción referido a este tema es que sólo puedes tener una única cuenta como cuenta vivienda que debes de designarlo en las declaraciones de hacienda.

Actualmente hay entidades que están ofreciendo al menos un 5 o 6% TAE. Échale un vistazo al en . Te ayudará a decidir dónde dejar tus ahorros para posteriormente adquirir una vivienda.

Salu2.
 
Sabios de la fiscalidad, invoco vuestra sabiduría 😀

He conseguido convertir a mi novia en ex-burbujista. Ella tenía una cuenta vivienda por la cual se ha desgravado en los 3 últimos ejercicios (la última declaración de este 2008).

Ahora, en agosto, ha cancelado la cuenta vivienda (todavía le quedaba un año). Mi duda es: ¿las devoluciones de lo desgravado las tendrá que poner en la declaración de la renta del año que viene o tiene que hacer ahora una declaración complementaria?

Saludos

El plazo de la declaración de este año ya se terminó el 30 de junio (no recuerdo exáctamente la fecha). Tendrá que poner la cancelación de la cuenta vivienda en la declaración del año que viene y deberás de devolver lo desgravado más intereses.

Salu2.
 
No hay que confundir el sacar pasta de la cuenta (que no se puede aunque dejemos el mismo o mayor saldo a final de año para que no nos pillen) con movilizar el dinero de una cuenta a otra o ir pasando de diferentes tipos de depósitos, que eso sí podemos hacerlo.

Totalmente cierto. Pero cuidado, guarda los resguardos de transferencias y los moviemientos del dinero entre cuenta y cuenta en caso de que hacienda pida explicaciones.

Salu2.
 

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