Duda: cuando heredas valores, te los convierten a líquido en el momento?

Hippiedeplaya

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O te los pagan al precio que estaban cuando el que falleció entregó la cuchara-pasó a mejor vida-estiró la pata?
 
O te los pagan al precio que estaban cuando el que falleció entregó la cuchara-pasó a mejor vida-estiró la pata?

No hombre. Si heredas una cartera de valores, heredas una cartera de valores. No liquidez.

Si te da por vender, a la hora de declarar a Hacienda se considera precio de adquisición la cotización a cierre del día de la defunción.
 
Los bienes se valoran y se reparten entre los herederos, en principio por partes iguales, aunque puede haber herederos mejorados. Si hay algún bien de valor muy superior el heredero al cual se asigna tiene un “exceso de adjudicación” y debe compensar a los restantes en metálico. Esto se hace en escritura ante notario.
La valoración de las acciones es a cotización del día de fallecimiento. La de los inmuebles puede acordarse entre los herederos, respetando los valores mínimos
de hacienda. Puede interesar valorar al alza para generar minusválias si se vende el bien.
 
Claro que no; tú heredas valores igual que heredas un jarrón o un retrato. No hace falta liquidarlos. Otra cosa es pagar a Hacienda el Impuesto de Sucesiones...
De todas maneras, y ante los problemas de pago (por falta de liquidez) que están causando los herederos de accionistas de empresas no cotizadas, Hacienda tiene un proyecto para obligar al resto de los accionistas a que liquiden al heredero el valor teórico de la acción, confirme a libros. Así, el heredero paga, y Hacienda cobra...
 
La valoración de las acciones es a cotización del día de fallecimiento. La de los inmuebles puede acordarse entre los herederos, respetando los valores mínimos
de hacienda. Puede interesar valorar al alza para generar minusválias si se vende el bien.
Pues si ha subido las cotizaciones deberían liquidarse con la plusvalia no?

No entiendo que el banco te los convierta a valor el día del fallecimiento y no a la fecha de cobro de la herencia.
 
Pues si ha subido las cotizaciones deberían liquidarse con la plusvalia no?

No entiendo que el banco te los convierta a valor el día del fallecimiento y no a la fecha de cobro de la herencia.

Como ya han indicado otros conforeros, el banco no hace líquidos (no los vende) los valores. La plusvalía conseguida, en su caso, por el fallecido (en el argot se denomina "plusvalía del perecid") no está sujeta al IRPF (art. 33.3.b)

"Se estimará que no existe ganancia o pérdida patrimonial en los siguientes supuestos: b) Con ocasión de transmisiones lucrativas por causa de gloria del contribuyente"
 
Heredas una cartera, valorada a fecha de deceso. Con eso se devenga impuesto de sucesiones.
Si es entre varios pues igual que una casa, poneos de acuerdo. Supongo que al ser fácilmente divisible podrás vender tu parte y adiós pero necesito se seguro.
A partir de ese valor pagarás, cuando vendas, la plusvalía. O Minusvalía si baja de precio.
 
Pues gracias por las respuestas, a mi el IRPF me da igual, ya está pagado, solo quería saber cómo es el mecanismo de cobrar líquido unas acciones y a qué precio se vendían.
Entiendo que el dinero te lo da el mercado de valores, no?
 
Yo heredé unas acciones de mi padre y están en una cuenta de valores junto con mi hermana, no hemos liquidado nada.
Los dividendos son de mi progenitora, cono usufructuaria.
No sé si es posible pedir, llegado el caso, que vayan a parar a cuentas distintas (que cada heredero tenga sus acciones aparte), porque tal y como lo tenemos nosotros, en caso de vender, vendemos los dos, y por tanto pasaremos por caja los dos, aunque solo a uno le interese.
Si estás a tiempo, y hay más herederos, igual merece la pena preguntar en el banco si se pueden hacer cuentas individuales
 
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