- Los afectados tienen cinco días para presentar alegaciones con el objetivo de entrar en el censo electoral
El Tribunal Supremo ha decidido mantener la suspensión del derecho al voto en las elecciones generales del 29N a los ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad mediante la conocida como 'ley de nietos'.
El Alto Tribunal aceleró los trámites tras el adelanto electoral y, este lunes, ha desestimado el recurso de la Abogacía del Estado, que pedía levantar la medida cautelar, adoptada el pasado 10 de septiembre, la cual retiró el derecho a voto de los inscritos en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) por considerar que no había tiempo para revisarlo antes de los comicios.
Ahora, el Supremo ha resuelto que persiste el riesgo de que el censo "se constituya irregularmente" y sin la "exactitud, veracidad, igualdad, objetividad y transparencia" que exigen las elecciones en una democracia parlamentaria representativa como la española.
La resolución argumenta que el derecho de sufragio "no es un derecho de carácter absoluto", sino que está "supeditado" a los intereses generales". Entre ellos, menciona la necesidad de "preservar la veracidad e inexistencia de irregularidades en el censo electoral", lo cual prevalece sobre el "interés particular del ciudadano".
Una magistrada de los seis que componen la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha emitido un voto particular.
No podrán votar los nacionalizados que no estén en el censo
De este modo, el Supremo mantiene la suspensión de la inscripción en el CERA de quienes hubieran obtenido la nacionalidad pero aún estuvieran pendientes de ese trámite.Tampoco podrán votar los inscritos en el censo que no hayan aclarado las condiciones en las que se hizo el registro y de quienes la Administración no tenga "trazabilidad de su acceso".
No obstante, sí podrán votar aquellos que obtengan en los consulados una certificación de que adquirieron la nacionalidad con la debida acreditación de que son descendientes de exiliados "por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sensual", tal como preveía la Ley de Memoria Democrática.
El Supremo emplaza a los afectados por la paralización a que se personen en el procedimiento como parte codemandada y les otorga un plazo de cinco días para formular alegaciones sobre las medidas cautelares.
Una decisión que afecta a casi 370.000 nacionalizados
El Gobierno comunicó en junio de 2026 que algo más de medio millón de personas habían adquirido la nacionalidad española por la llamada 'ley de nietos’, una disposición incorporada en la Ley de Memoria Democrática por la que, entre otros, han sido nacionalizados los descendientes de los exiliados durante la Guerra Civil.Sin embargo, no todos ellos están incorporados al censo electoral de quienes viven en el extranjero. Según la Abogacía del Estado, son 369.017 quienes sí lo están, aunque solo 14.120 serían "potenciales votantes", por lo que su "participación no tendría un impacto significativo en el resultado" de las elecciones.
El censo electoral para estos comicios se cerró el 1 de agosto y la consulta del mismo está disponible desde este lunes hasta el próximo 19 de octubre. Durante ese periodo, los ciudadanos que no aparezcan pueden presentar alegaciones, motivo por el que el Supremo tenía que tomar una decisión antes de que terminara el plazo.
Una suspensión a petición de Vox e Iustitia Europea
El Supremo aprobó el pasado mes de septiembre la suspensión cautelar del derecho a voto de los nacionalizados por la 'ley de nietos' a petición de Vox e Iustitia Europea.El PP, también contrario a la fórmula por la que han sido nacionalizadas ya casi 400.000 personas, llegó a hablar incluso de "ingeniería electoral" y "fabricación de votantes" por parte del Gobierno.
Tanto el Ejecutivo como la Fiscalía y la Abogacía del Estado habían pedido levantar la suspensión y aún este domingo el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, reclamaba al Supremo que frene el "intento de atropello" de PP y Vox al derecho a voto de estos ciudadanos.
"España les reconoció la nacionalidad y, por lo tanto, su derecho a votar. Ya votaron en 2023, 2024 y 2025", recordó Sánchez, que se preguntó si la medida del Alto Tribunal es "constitucional" y si el resultado será que "los nietos de exiliados del franquismo" no vayan a poder votar, pero "los del régimen franquista" sí.
El Gobierno estudiará si es una resolución definitiva
Este lunes 12 de octubre, y desde los tradicionales corrillos del Palacio Real por el Día de la Fiesta Nacional, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha avanzado que el Gobierno estudiará, a través de la Abogacía del Estado, si la cautelar se considera resolución definitiva y, por tanto, es recurrible en el Tribunal Constitucional."Parece que el derecho al voto no es tan relevante para algunos", ha lamentado el ministro.
El Supremo mantiene la suspensión del voto para el 29N a los nacionalizados por la 'ley de nietos'
El Supremo mantiene la suspensión del voto para el 29N a los nacionalizados por la 'ley de nietos'
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el Supremo ha resuelto que persiste el riesgo de que el censo "se constituya irregularmente" y sin la "exactitud, veracidad, igualdad, objetividad y transparencia" que exigen las elecciones en una democracia parlamentaria representativa como la española.
Casi que reconocen que vivimos en una dictadura/tiranía
No obstante, sí podrán votar aquellos que obtengan en los consulados una certificación de que adquirieron la nacionalidad con la debida acreditación de que son descendientes de exiliados "por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sensual", tal como preveía la Ley de Memoria Democrática.
Esto ¿que es?....Un sí, pero no o un no, pero un sí. xd
Y otra cosa
- Los afectados tienen cinco días para presentar alegaciones con el objetivo de entrar en el censo electoral
O sea que con presentar alegaciones ¿votan?
Entonces ¿suspenden el voto a los nacionalizados por la "ley de nietos", o no?
No me entero de ná.
Leed la noticia entera y me la explicáis, que no me aclaro.
