Factura electrónica obligatoria conectada a hacienda en junio?

Factura electrónica obligatoria conectada a Hacienda con código QR para autónomos y pymes
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Factura electrónica: Hacienda conecta al autónomo en 2026​

El calendario aprieta y nadie lo ha firmado en el BOE. El 29 de julio de 2025 los fabricantes de software deben tener sus programas adaptados a la normativa antifraude; a partir de ahí, según un participante que dice haber asistido a una reunión con la AEAT, las empresas quedarían obligadas el 1 de enero de 2026 y los autónomos el 1 de julio de 2026. Son fechas que circulan entre quienes tratan a diario con la Agencia Tributaria, pero que a día de hoy siguen sin publicación oficial. Esa es la primera trampa del asunto: se exige preparación para una norma que aún no está cerrada.

La segunda trampa es más incómoda. Según ese mismo relato, la AEAT no homologa nada. La responsabilidad de que el programa cumpla recae sobre el fabricante y sobre el propio contribuyente. Quien siga facturando con una hoja de Excel, con una plantilla casera o con el programa que le hizo un conocido se coloca fuera de la ley sin saberlo, según sostienen algunos participantes. La factura deja de ser un documento entre dos: pasa a ser un registro que Hacienda puede rastrear.

Qué cambia exactamente con Verifactu​

El sistema se despliega en dos modalidades. En la modalidad conectada, cada factura se comunica a la AEAT en tiempo real y lleva un código QR que permite comprobar su validez. En la modalidad no conectada, el software cumple los requisitos técnicos pero no envía los datos al instante. En ambos casos el programa debe impedir prácticas fraudulentas y conservar el rastro de cada operación: si una factura se modifica, queda registro de la versión anterior.

Hay una excepción que conviene subrayar: según lo expuesto en el debate, las empresas que facturan más de 6 millones de euros quedan fuera de la obligación. No habrá QR en las grandes cadenas de distribución. El control se concentra, otra vez, en el pequeño comercio y en el profesional por cuenta propia, que es quien menos estructura tiene para asumirlo.
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Cuánto cuesta adaptarse y quién lo paga​

Los presupuestos que manejan las asesorías para actualizar el software arrancan por encima de los 700 euros, según un participante, y eso antes de que los fabricantes tengan versiones operativas. El mantenimiento se ha duplicado en muchos despachos, que empiezan a cobrarlo como un servicio más. Las gestorías llaman a los proveedores para extraer los modelos 347, las facturaciones y los trimestres; ya no dan abasto explicando lo mismo.

El negocio, mientras tanto, se mueve. Según lo comentado en el hilo, fondos de inversión han entrado en el sector del software de gestión: 650 millones en Odoo por parte de un fondo estadounidense, y compras de Software del Sol, Aplifisa, Distrito-K y Acumbamail por parte de un fondo italiano. Las estimaciones que circulan hablan de un aumento de 4.000 millones de euros en facturación de servicios derivado de estos cambios. La obligación legal es también un mercado.

Qué pasa con el autónomo que factura a mano​

Mientras la obligación no entre en vigor, el autónomo puede seguir emitiendo facturas en bloc autocopiable, numeradas y con todos los datos requeridos, según se sostiene en el debate. Lo que no puede es usar un software que no cumpla: si el programa no está adaptado, la factura no es legal aunque el papel sea impecable. La frontera entre lo artesanal y lo prohibido la marca la herramienta, no el formato.

El control de los pagos con tarjeta a partir de 25.000 euros anuales completa el cuadro, según lo afirmado en el hilo. Hay quien ya ha empezado a pagar en efectivo para no engordar ese registro. La factura electrónica obligatoria, el control de tesorería y los proyectos europeos ViDA apuntan en la misma dirección: menos margen para lo informal.

La pregunta que queda sin responder es la del autónomo que externaliza la facturación y la recibe una vez al trimestre. Si el emisor es un tercero, ¿quién responde del QR, del envío en tiempo real y del historial de versiones? La norma, a día de hoy, no lo aclara.
💬 LO QUE DICEN LOS FOREROS
«El 29 de julio 2025 todos los fabricantes de software deberán de tener dicho software adaptado a la normativa, la AEAT NO HOMOLOGA el software es responsabilidad: 1. Del fabricante 2. Del cliente»
— Facha · Responsabilidad de adaptación del software
«Blackrock y otros fondos han metido 650 millones en Odoo, un fondo Italiano a compra Software del Sol, Aplifisa, Distrito-K y Acumbamail para aterrizar en el mercado español»
— Facha · Inversión en software de gestión
«Van a caer autonomos y pymes como churros. Muchas pequeñas empresas sobreviven de los chanchullitos en las facturaciones.»
— manottas · Impacto en pequeñas empresas
📊 OPINIONES
Peso aproximado de cada postura en el debate. No es una encuesta.
Obligación inevitable, toca adaptarse40%
Medida desproporcionada contra pymes35%
Oportunidad de negocio para software25%
📌 DATOS
29 de julio de 2025: fecha límite para que los fabricantes adapten el software
1 de enero de 2026: obligación para empresas según la reunión con la AEAT
1 de julio de 2026: obligación para autónomos según la reunión con la AEAT
6 millones de euros: umbral de facturación que exime de la obligación
25.000 euros: control de pagos con tarjeta acumulados al año
📅 EVOLUCIÓN
Julio 2025 Los fabricantes de software deben tener sus programas adaptados a la normativa antifraude
Enero 2026 Las empresas quedarían obligadas a usar factura electrónica, según las fechas que manejan los profesionales
Julio 2026 Los autónomos quedarían obligados, sin publicación oficial que lo confirme
💬 POR QUÉ PARTICIPAR
✓El desglose de las dos modalidades de Verifactu y qué implica cada una para el pequeño comercio
✓Las cifras del negocio que se está moviendo: 650 millones en Odoo y las compras de Software del Sol, Aplifisa, Distrito-K y Acumbamail
✓El caso sin resolver del autónomo que externaliza la facturación y la recibe una vez al trimestre
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Descargo de responsabilidad: Este artículo se basa en fechas y datos que circulan entre profesionales y no en una publicación oficial de la AEAT. Para decisiones fiscales, consulte con un asesor.
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