Trabajo como freelance en el mundo de la informatica por toda Europa.
Me contaron el otro dia una manera de reducir/evadir/evitar de manera legal
el dinero que recibes por los servicios prestados a una empresa.
Se trata de abrir una empresa en un paraiso fiscal: no se.. Suiza, Isle of man, etc. sin ser residente alli (se puede hacer creo), entonces si por ejemplo trabajas en Belgica o Alemania, tu empresa factura a tu cliente y a cambio
a ti la empresa(k es tuya) te paga un salario y el resto se mantiene en la empresa.
Si esto lo haces durante X tiempo, en teoria no estas haciendo nada ilegal porque tu estas declarando tus ingresos en el pais que trabajas tanto locales
como mundiales (no hay mundiales porque no cobras los dividendos).
LLegado el punto de querer sacar esos dividendos uno se instala y reside
en algun paraiso fiscal durante mas de 6 meses (de manera que tu residencia fiscal cambia) y entonces es cuando sacas el dinero en forma de dividendos,
y despues te vas a Espana por ejemplo y transfieres el dinero desde alli...
Mi pregunta es: hay algo de Ilegal en esto, donde esta mi error? que leyes incumplo?
Hay una cosa ilegal. Una norma que está incluida en las leyes fiscales de practicamente todos los países. Es la siguiente:
Un empresa es residente fiscal allí donde está su centro de decisiones. En este caso, la empresa en el paraíso fiscal sería residente en el país donde estuvieras trabajando.
La consecuencia de ello, es que los beneficios de esa empresa tendrían que tributar en ese país a la tarifa estándar.
Incluso si no es así, el mero hecho de que tu estes residiendo en otro país, puede hacer que esa empresa se considere que tiene un "establecimiento permanente". Los establecimientos permanentes tributan por los beneficios obtenidos a través de ellos. Es decir, los beneficios tendrían que pagar impuestos.
Al marcharte y querer que esa empresa deje de ser residente, podría haber consecuencias en el plano de ganancia patrimonial. Esto depende de cada país.
Otro problema, es que una empresa de la UE, puede tener problemas para poder pagar a una empresa de un paraíso fiscal. Muchos países aplican retenciones fiscales a pagos a países sin convenio para evitar la doble tributación. Incluso si no hay retenciones en quien te paga, puede ser que esa empresa tenga que pagar impuestos por el mero hecho de que hace unos trabajos en dicho país.
Otra cosa que tienes que saber, es que sitios como la Isla de Man, Gibraltar, y otros, pueden tener una fiscalidad empresarial muy baja, pero la fiscalidad personal es alta. Es decir, al recibir los dividendos, en la isla de man, por ejemplo, se paga un 20%. En Gibraltar también se paga. Y en sitios como Malta o Irlanda que tienen una fiscalidad baja, los dividendos a residentes pagan un 30 y pico por ciento.
Eso lo tienes que tener en cuenta.
Y bueno, esto es un poco la teoría. Otra cosa es la práctica. Es decir, el hecho de que te puedan pillar. Si facturas a través de un paraiso puro, canta mucho más.
Lo mejor sería hacerse una empresa en Malta (5%), o Irlanda(12.5%), que son de la UE. Tus clientes no tendrán problemas para pagarte, pasarás más desapercibido, y además esos países tienen convenios para evitar la doble imposición, que en este caso puede ser muy importante.
No nos has dicho si los trabajos son puntuales o de corto tiempo. O si por el contrario piensas estar temporadas largas en los países donde realizarás los trabajos. Esto es muy importante para planificar.
Entiendo que las temporadas en cada país podrían ser largas. Esto complica mucho las cosas.
Para que Hacienda te considere residente fiscal en un paraíso fiscal tienes que haber residido en él al menos 5 años... si no llevas 5 años allí tributarás dos veces, una en el paraíso fiscal y otra en España por esos dividendos...
No, eso no es cierto.
Para empezar creo que sólo se aplica a Andorra.
Si eres residente en España y vas a un paraíso, Hacienda te considera residente fiscal en España durante cinco años.
Pero eso se rompe en el momento que has sido residente en otro lugar. Es decir, si primero te vas a UK, y después al paraíso, entonces esa norma ya no se aplica.
Otra manera de evitar pagar sobre los dividendos, es que en el último año cuando recibes dichos dividendos, es que no seas residente fiscal en ningún sitio, es decir, que no estés en ningún país lo suficiente como para ser considerado residente fiscal. Con esto ten cuidado porque depende del último país donde has estado, no todos aceptan que dejes de ser residente fiscal, sin justificar que lo eres en otro lugar.
Gracias por tu aportacion, pero mi pregunta es que pasa si tomo esas
decisiones en el mismo paraiso fiscal y despues de un tiempo regreso a Espana, puede la hacienda espanola retroactivamente reclamarme los impuestos sobre dividendos que cobre en el pasado en un pais en el que
era residente cuando no lo era en espana?
No, no puede.