Fisco vs. Post-Corralito

nekcab

Madmaxista
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16 May 2012
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Buenas foro:

Dado que estoy valorando todas las opciones, y entendiendo un escenario:
-Post-corralón
-Divisa Peseta ya estabilizada
un mindundi como el que les escribe, puede encontrarse con 2 escenarios posibles (alguno más seguramente, pero ya se los dejo a todos vosotro/as):

CASO 1: METALES
Ok, uno ya tiene sus monedas a buen recaudo. Cerquita, por que es muy cariñoso y se siente muy solo. Ok.

Le da por vender... una onza. Vale. Pongamos que lo hace legal, y lo lleva a la tienda (para entonces pongamos que la onza está ya en la barrera de los 2000$ la onza ). Entiendo que la tienda notifica nuestro nombre vs. onza vendida. ¿Saltarían las alarmas en Hacienda con nuestro nombre enmarcado en lucecitas de colores?.... ¿Y si fueran dos, o a lo sumo tres onzas vendidas por año fiscal?

En caso afirmativo, podrían pedirnos justificación del precio al que la compramos. Y dado que fué en euros, por un lado tendríamos un incremento patrimonial por haber evitado la devaluación, y por otro por la subida del metal correspondiente. Entiendo que algo habríamos ganado: habremos SOLO "absorbedo" un .... pongamos un 30% del OTRO owned q todos queremos evitar, dejando nuestros ahorros en nuestro banco de toda la vida.

Salvo claro, si la venta se produce entre foreros... (con TODO lo que ello implica, claro está)

CASO 2: BANCA INTERNACIONAL
Ok. Pongámonos que nuestros ahorros están en un banco de esos que tanto se habla por aquí. Incluso que desde éste, hemos comprado parte acciones, parte metales, y parte divisas.

Mientras permanezca allí, nuestro Fisco solo se enterará de los incrementos patrimoniales correspondientes derivados de haber hecho efectivo en forma de venta por la compra de acciones, o los cambios derivados del movimiento de divisas, o la venta parcial de la inversión del oro, .... etc.

PERO, mientras permanezca allí, no tributaremos por ese "supuesto" incremento patrimonial derivado de la devaluación habilmente evitada (tendríamos otros problemas por que la nueva divisa a la que nos hayamos trasladado, tambien probablemente habrá sufrido lo suyo con el 'peaaaso' de crisis mundial que se habrá producido. Pero eso ya es otra batalla).

Claro, hasta.... que queramos volver a re-agruparnos con nuestro dinero en casa (con el turrón, para más 'inri'), entonces, volvemos al mismo caso anterior que con nuestro metales: será MUY importante qué paridad se aplicaría. Yo no creo que sea de recibo que si cuando entramos en su día, la paridad era:
1 € = 166,86 ptas.

Y cuando nos salgamos, la inicial a establecer:
1€ = 1 pta.
Y de ahí, a las escaleras al infierno....

Imagino que será la canallada de la equivalencia 1:1, dado que según su óptica, si todos esto años hemos recibido subenciones de la CE, era precisamente para que nos equiparáramos entre las distintas naciones (se "olvidarán" que en todo este período,en la CE, siempre hubo diferencias salariales importantes, y podrían argumentar que si después de tanta subvención no hicimos los deberes... cosa nuestra)

De todas todas, en cualquiera de los dos casos, habremos evitado un 70/80% de la devaluación pesetil.

PEEERO, en el caso de estar nuestros ahorros en el banco extranjero, [modo especulation ON] muy probablemente se añadiría una pequeña/grande gravamen (en función del buen ánimo del Gobierno de turno por traer "amablemente" capitales [modo especulation OFF] que habría que también tener en cuenta (ya digo, podría ser mucho o poco, pero ahí ya es mucho especular cual de los dos sería...)

¿Gana entonces la opción metalera frente a la divisa? Incluso, como se ha comentado... ¿la de las tierras en propiedad? (esa última ya es más estropead pq no es tan 'líquida' como la metalera)
 
Le dais demasiadas vueltas a las cosas, si tienes oro y cuenta en Suiza duerme tranquilo de momento, para solventar lo que dices el día que llegue verás que son pequeñas y rápidas acciones y no precisamente serán como crees.

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Y que te hace pensar que voy a traer mis ahorros a hispa despues del corralon? Y si me van aplicar estos pobres una tasa por incremento del patrimonio menos todavia.Ya se encargarian mis suegros en traer ese dinero en algun viaje de vacaciones.
 
Y que te hace pensar que voy a traer mis ahorros a hispa despues del corralon? Y si me van aplicar estos pobres una tasa por incremento del patrimonio menos todavia.Ya se encargarian mis suegros en traer ese dinero en algun viaje de vacaciones.
A ver, sin ánimo de acritud: reconoce que tu caso no es el del español medio... ¡¡¡el que vive aquí los 365 días del año!! (no, no hay vacaciones al extranjero) Tiene que tarde o temprano traerse 'los dineros' pq no va a ir de comisión en comisión interbancario internacional para pagarse el arroz, las alubias, el atún, ....

Veo por post's tuyos que te cuesta mucho verlo con la óptica "standard". Pero bueno, se agradecen de todas formas tus comentarios. Es un punto de vista alternativo.
 
"...Otra cosa es SI LAS VENDES FUERA: si es en espacio UE y lo vendes con IVA, la tienda podrá declararlo para recuperar ese IVA intracomunitario, si es fuera de la UE Hacienda no habla, no ve, no oye...
Entiendo. Sería la problemática de la plata. Estooo... y sin ánimo de abusar: ¿si la plata se encontrara en las bóvedas de un banco extranjero? Al comprarles a ellos, pago el equivalente al IVA de ellos. ¿Pero al venderlo a ésa misma entidad, que pasaría con ese "IVA" extranjero?

Por cierto: ¿pilotas algo sobre fiscalidad suiza? (ya puestos a pedir.... jeje)

"...- Lo del tema internacional...es bastante más complejo, pues depende si la cuenta la tienes en Alemania o en México y de que cantidad estamos hablando. De todos modos, si no hay transacciones por remuneraciones de servicios me extraña que Hacienda contemple la posibilidad de tributar por ganancia patrimonial ya que no sabe la cantidad que tienes fuera antes de la devaluación y por tanto no puede saber lo que has ganado con el tipo de cambio...
Vale. Pero si como dices, sí lo sabrá por mi banco español lo que se haya incrementado en mi saldo. Y entiendo que éso se consideraría ganancia patrimonial. Con lo q entiendo también que si no supero el límite de ésos 3000€ (o su equivalente en pesetas) no problemo, ¿no?
Pero claro, si lo supero, Hacienda se pondrá nerviosa.
 
Eso pensaba yo, que el cambio sería a más de 166 pesetas...si es a 1 euro una peseta...me forro con mis pakillos :XX:
No se queden con la 1ª parte.

Si mencioné que inicialmente la conversión sería 1:1, era por la serie de (entre otros), donde partiendo de dicho cambio inicial, a continuación el propio mercado ya pondría a la neo-peseta en su sitio.

Y claro, para el caso que nos ocupa (como valorar nuestro incremento patrimonial por parte de Hacienda), no es lo mismo que Hacienda haga sus calculos...:

A) Estableciendo que nosotros teníamos unos ahorros en una divisa a la par del euro

B) O establ.q teníamos unos ahorros en una divisa 166,86, 250, ... veces más potente que la "actual" peseta momento en el que se nos hace el cálculo.

El cálculo sale muy diferente una vez que trajeramos nuestros ahorros.
 
No se queden con la 1ª parte.

Si mencioné que inicialmente la conversión sería 1:1, era por la serie de (entre otros), donde partiendo de dicho cambio inicial, a continuación el propio mercado ya pondría a la neo-peseta en su sitio.

Y claro, para el caso que nos ocupa (como valorar nuestro incremento patrimonial por parte de Hacienda), no es lo mismo que Hacienda haga sus calculos...:

A) Estableciendo que nosotros teníamos unos ahorros en una divisa a la par del euro

B) O establ.q teníamos unos ahorros en una divisa 166,86, 250, ... veces más potente que la "actual" peseta momento en el que se nos hace el cálculo.

El cálculo sale muy diferente una vez que trajeramos nuestros ahorros.

Tu procura no tener nada en cuentas españolas que te puedan "convertir", traete en todo caso el dinero justo que vayas necesitando cuando el cambio se estabilice y para el día a día pues bancolchón o mejor aún menudeo de oro y plata.

Así evitas el corralón y vas evitando la hiperinflación posterior.

Es muy interesante leer e informarse sobre Argentina, por que nos vamos a parecer en muchas cosas.

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coges. vas a ventanilla. pides todo en billetes. y cambias a forasteros españoles en ese pais un centimo mejor que en el banco de 500 en 500. ya tienes cambiado todo a neopesetas.

sr. juez. he ido al casino de fruta y cacacola y me lo han robado en la entrada.

y si no, por un 2% algun bankster corrupto te lo cambia, tranki.
 
Entiendo. Sería la problemática de la plata. Estooo... y sin ánimo de abusar: ¿si la plata se encontrara en las bóvedas de un banco extranjero? Al comprarles a ellos, pago el equivalente al IVA de ellos. ¿Pero al venderlo a ésa misma entidad, que pasaría con ese "IVA" extranjero?

Por cierto: ¿pilotas algo sobre fiscalidad suiza? (ya puestos a pedir.... jeje)


Vale. Pero si como dices, sí lo sabrá por mi banco español lo que se haya incrementado en mi saldo. Y entiendo que éso se consideraría ganancia patrimonial. Con lo q entiendo también que si no supero el límite de ésos 3000€ (o su equivalente en pesetas) no problemo, ¿no?
Pero claro, si lo supero, Hacienda se pondrá nerviosa.

-Entiendo que lo tratarían de la misma forma, pues el banco por la actividad de venta de plata debería tributar IVA
-No... soy un gestor de andar por casa 😛 .. ya me gustaría!
-No te preocupes por esto, en la historia de las devaluaciones no se han tocado las cuentas del extranjero..puedes decir que le has enviado dinero a tu cuenta para luego hacer una tranaferencia a tu tía americana porque le querías donar un dienro, esa donación ha tributado en USA y ellos no lo pueden comprobar..
- Todas las transferencias internacionales dejan rastro...

Saludos!
 
"....
-No te preocupes por esto, en la historia de las devaluaciones no se han tocado las cuentas del extranjero..puedes decir que le has enviado dinero a tu cuenta para luego hacer una tranaferencia a tu tía americana porque le querías donar un dienro, esa donación ha tributado en USA y ellos no lo pueden comprobar..."
No, si me refería en el caso de dinero de VUELTA a Ejpaña... En ese caso si voy incrementando de 3000 en 3000 (en el caso de €, pero en el caso de la neopeseta, pues lo q corresponda...) por año fiscal, ¿valdría?
 
valdría eso... o irte a un casino de donde lo tengas y que te toque lo que necesites.

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