Atropellado un menor en patinete en un paso de cebra de Madrid
Un joven de 17 años cruzaba un paso de peatones montado en un patinete cuando un turismo lo arrolló en el Paseo de Ginebra, en el distrito madrileño de San Blas. Ocurrió alrededor de las 15 horas. El Samur lo estabilizó y lo trasladó al Hospital Universitario de La Paz con un traumatismo craneoencefálico grave. La Policía Municipal investiga el atropello y, a la fecha de esta discusión, se desconoce si el semáforo que regula el paso de cebra estaba en verde para los peatones. La clave jurídica que muchos conductores pasan por alto: los patinetes no tienen preferencia en un paso de peatones, solo los peatones.
Qué dice la norma sobre patinetes y pasos de peatones
La regla es sencilla y se repite en las normas de circulación: el paso de cebra protege al que va andando. Quien cruza montado en un patinete o en una bicicleta no es peatón, es un vehículo, y como tal debe ceder. La discusión se enreda en los matices: hay quien sostiene que basta con bajarse del patinete para recuperar la condición de peatón, y quien recuerda que existen marcas de carril bici pintadas sobre algunos pasos, donde la cosa cambia. La noticia no aclara si en el Paseo de Ginebra había esas marcas.
El matiz importa porque de él depende la multa, no la vida. Circular montado por un paso sin carril bici puede sancionarse, pero eso no autoriza a nadie a arrollar a un chaval. La infracción administrativa y la responsabilidad penal del conductor son dos cosas distintas, y confundirlas es el error más repetido en estas discusiones.
El semáforo en rojo y la doble infracción que nadie descarta
Aquí está el nudo del caso. La Policía Municipal aún no ha determinado si el semáforo estaba en verde para los peatones cuando el menor cruzó. Si estaba en rojo, el patinete se saltó la señal. Si estaba en verde, el conductor se la saltó él. Y no es descartable que ambos incumplieran algo a la vez.
Esa incertidumbre es la que convierte el suceso en un caso judicial de pronóstico abierto. En España, recuerdan algunos, el resultado depende mucho del juez que toque. La legislación llega tarde y mal, y cuando ocurre algo llamativo se improvisa una norma de urgencia. El patinete eléctrico vive en tierra de nadie: tiene motor, pesa, alcanza velocidades de vehículo y no exige ni carnet, ni seguro obligatorio, ni formación teórica. Alguien lo resumía con crudeza: si un patinete te obliga a dar un volantazo y estrellas el camión, ¿quién paga los 100.000 euros?
La velocidad del patinete contra el tiempo de reacción del conductor
El argumento técnico más sólido que recorre la discusión no es jurídico, es físico. Un conductor que se aproxima a un paso de cebra escanea las aceras buscando peatones que se muevan a velocidad de peatón. Si lo que aparece de golpe es un vehículo que va a 15 o 20 kilómetros por hora, el margen de reacción se evapora. No es que el coche tenga derecho a atropellar: es que hay pasos donde prever a alguien lanzado a esa velocidad es materialmente imposible.
De ahí la recomendación que repiten quienes conducen a diario: acercarse al borde, reducir y cruzar solo cuando el vehículo ha dado muestras claras de que va a detenerse. Suena a perogrullada y no entra en muchas cabezas. También hay quien recuerda que el problema no es solo del patinete: peatones que cruzan mirando el móvil, ciclistas que se saltan el semáforo en rojo y conductores que llevan toda la vida sin pararse en un paso de cebra. El resultado es un ecosistema donde todos incumplen y todos se quejan.
Casco, seguro y carnet: el agujero regulatorio del patinete
Con lo poco que pesa y abulta un casco, se lamenta más de uno. El menor iba sin protección, como la mayoría. Y el patinete eléctrico, a diferencia del ciclomotor, no exige permiso de conducir, ni seguro que cubra daños a terceros, ni haber estudiado el código. Un chaval de 17 años puede no tener ni el carnet de ciclomotor y, sin embargo, circular por la vía pública con un vehículo que alcanza velocidades de tráfico rodado.
La comparación con Francia aparece en la conversación: en la Île de Ré los ceda el paso y los stop son de obligado cumplimiento para las bicicletas, y circular con cascos de música supone una multa de 135 euros. Aquí, mientras tanto, hay que leerse la ordenanza de cada municipio para saber a qué atenerse, y ni siquiera existe consenso sobre qué señal identifica un carril bici. La conclusión que se impone: el patinete es un vehículo con derechos y, de momento, con muy pocas obligaciones.
La regulación del patinete eléctrico seguirá improvisándose a golpe de suceso llamativo, como pasó antes con coches y motos. Mientras llega esa norma, el paso de cebra seguirá siendo el punto donde la prisa de unos y la distracción de otros se cobran su factura. Y probablemente el próximo caso vuelva a pillar a todo el mundo discutiendo lo mismo.