IRPF Rendimientos negativos pendientes de compensar de ejercicios anteriores

bralmu

Madmaxista
Desde
27 Jul 2012
Mensajes
1.360
Fruta
2.235
Hola,
Parece que algunas comisiones son deducibles (para Hacienda son "pérdidas").
Se me están acumulando cientos de euros de años anteriores en "gastos de administración y depósito de valores negociables".

Tengo entendido que solo los guardan 5 años, luego se pierden.
Llevo varios años que no vendo nada.

¿Significa que cada 5 años debería vender algo con ganancias para compensarlas?

Por ejemplo si de los últimos 4 años tengo -500€ en comisiones, vender el quinto año algo con 500€ de beneficio para pagar 0.

Gracias,
 
Creo que las pérdidas te las puedes compensar con ganancias en el ejercicio que se han producido y lo que reste en los 4 ejercicios posteriores a razón de un 25% en cada ejercicio.
 
Creo que las pérdidas te las puedes compensar con ganancias en el ejercicio que se han producido y lo que reste en los 4 ejercicios posteriores a razón de un 25% en cada ejercicio.
Es decir, que si me quedan 1000€ de pérdidas en la declaración de 2017, podría compensar 250€ en 2018, 250€ en 2019, 250€ en 2020 y 250€ en 2021.
Pensaba que podría compensar todo en el siguiente ejercicio.
 
Puedes compensarlo todo en un ejercicio o en varios con un máximo de 4 años después. Ejemplo: pérdidas de 1000€ un año. Si solo tienes plusvalías de 300€ puedes compensar esos 300€ y te quedarían 700€ para compensar. Podrías compensar esos 700€ el próximo año si tienes plusvalías de 700€ o más. No tiene que repartirse en 4 años.
 
Hola,
Probé a vender algo el año pasado y ahora, jugando con el borrador, confirmo lo que dice @herodes2

Si por ejemplo tienes plusvalías de 1000€ en 2022 y de los 4 ejercicios anteriores (2021,2020,2019,2018) tienes 5000€ pendientes de compensar (gastos, comisiones, pérdidas), no lo puedes compensar todo. Pero puedes compensar hasta un 25% de las plusvalías (250€).
 
Última edición:
Hola,
Probé a vender algo el año pasado y ahora, jugando con el borrador, confirmo lo que dice @herodes2

Si por ejemplo tienes plusvalías de 1000€ en 2022 y de los 4 ejercicios anteriores (2021,2020,2019,2018) tienes 5000€ pendientes de compensar (gastos, comisiones, pérdidas), no lo puedes compensar todo. Pero puedes compensar hasta un 25% de las plusvalías (250€).

Creo que no es así compañero de foro, puedes compensar sin ese límite del 25%.
 
Todos tenéis parte de razón, pasa que la legislación en esto es un poco enrevesada.
La integración y compensación de rentas está regulada por el art 48 respecto a la BI Gral, y el art 49 respecto a la BI del ahorro, LIRPF.

En esencia las rentas negativas se pueden compensar hasta el 100% dentro de la misma letra, o hasta el 25% del saldo positivo de la otra letra.



Un ejemplo: pérdida en la venta de un inmueble:

Al derivarse de una transmisión, la pérdida se integra en la base imponible del ahorro, letra b: se puede compensar sin límite (100%) con la ganancia en la venta de otro inmueble (letra b también), o con intereses cobrados (letra a), hasta el límite del 25% de dichos intereses.
Saldos pendientes se pueden compensar en los 4 años siguientes, en idéntico orden.



Este es uno de esos límites artificiales que se inventa el legislador ante la necesidad de recaudar hoy, aunque sea a costa de la recaudación futura.
 
Yo los gastos de administración y custodia los meto cada año. Y cuando vendo solo los de compra y venta.
 
Yo los gastos de administración y custodia los meto cada año. Y cuando vendo solo los de compra y venta.
Lo que dice este forero es lo correcto, no hay que mezclar los gastos de administración y custodia con las comisiones de las operaciones.
 
y no se compensarian con los dividendos que recibimos ?
 

Estadísticas del foro

Temas
2.050.932
Mensajes
58.195.793
Miembros
190.866
Último miembro
erodrigo

El blog de burbuja.info

Volver