La polémica de Ceuta: ayuda humanitaria o colaboración con el enemigo
España no tiene un delito de traición a la patria. Esa es la única certeza que cruza la polémica desatada en torno a la actuación de un grupo de voluntarias en la frontera de Ceuta: la acusación de facilitar la entrada de migrantes ha saltado de la indignación ciudadana al derecho comparado.
La traición que no existe en el Código Penal español
La comparación con China vertebra el debate. Allí, el artículo 102 del Código Penal tipifica la colusión con un Estado extranjero para poner en peligro la soberanía, con penas de 10 años de prisión a cadena perpetua; el artículo 113 añade la pena de muerte. En España, sin embargo, el tipo penal no existe y la discusión se queda en el terreno político.
Ceuta, el polvorín de la frontera sur
Las reacciones van más allá de lo jurídico. Hay quien considera que las voluntarias buscan humillar a los residentes de la ciudad autónoma, mientras otros interpretan la acción como un deber de asistencia. En las respuestas más extremas se cruzan referencias a un asesinato previo y la exigencia de que el miedo sea la base de la convivencia. El resultado es un choque entre identidad y solidaridad, con un Estado que, a juicio de algunos, ya no es soberano.
Si alguien espera un cierre jurídico, que espere sentado. Mientras la migración roce las vallas, la ausencia de un delito de traición seguirá alimentando este enfrentamiento. La sorpresa sería, quizá, que no reapareciera.