Se habla mucho de uno de los derechos que se obtiene al conseguir la nacionalidad española: el voto. Pero no se habla de otros muchos derechos como el de la sanidad. De cabeza a la quiebra de la sanidad pública.
theobjective.com
En la práctica, una persona que nunca haya residido ni cotizado en España podrá solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) asistencia sanitaria pública durante una estancia temporal si carece de cobertura por otra vía. El derecho, según ha constatado THE OBJECTIVE, puede prolongarse durante seis meses al año y alcanza también a determinados familiares.
La ley de nietos no concede directamente el derecho sanitario ni contiene el artículo 26. La conexión se produce porque la Instrucción de Justicia de 2022 establece que quienes adquieren la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática son españoles de origen, aunque sea de forma sobrevenida. Ese es el colectivo al que el artículo 26 reconoce ahora asistencia durante sus desplazamientos.
La ampliación resulta especialmente relevante porque el decreto vigente no contiene la cláusula contra el turismo sanitario que el Ejecutivo incluyó en el Proyecto de Ley de Universalidad del Sistema Nacional de Salud, aprobado por el Consejo de Ministros en mayo de 2024. El texto remitido al Congreso establece que, para recibir atención con cargo a fondos públicos, esta «no podrá constituir el motivo de su desplazamiento». La salvaguarda permanece en el proyecto, pero no aparece en el real decreto.
El decreto tampoco exige que la enfermedad haya surgido durante la estancia. Esto no garantiza una operación concreta: los tratamientos siguen sujetos a valoración médica y prioridad clínica.
El artículo 26 incluye también al cónyuge o pareja de hecho que acompañe al español de origen, incluidos los previstos en la ley de nietos, y a los descendientes a su cargo menores de 26 años o mayores con una discapacidad reconocida igual o superior al 65%. Los familiares no quedan cubiertos por esta vía cuando viajan solos.
Los nacionalizados por la 'ley de nietos' podrán usar la sanidad pública sin residir en España
El Gobierno ha abierto una vía excepcional de acceso al Sistema Nacional de Salud para los españoles de origen residentes en el extranjero, categoría que
En la práctica, una persona que nunca haya residido ni cotizado en España podrá solicitar al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) asistencia sanitaria pública durante una estancia temporal si carece de cobertura por otra vía. El derecho, según ha constatado THE OBJECTIVE, puede prolongarse durante seis meses al año y alcanza también a determinados familiares.
La ley de nietos no concede directamente el derecho sanitario ni contiene el artículo 26. La conexión se produce porque la Instrucción de Justicia de 2022 establece que quienes adquieren la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática son españoles de origen, aunque sea de forma sobrevenida. Ese es el colectivo al que el artículo 26 reconoce ahora asistencia durante sus desplazamientos.
La ampliación resulta especialmente relevante porque el decreto vigente no contiene la cláusula contra el turismo sanitario que el Ejecutivo incluyó en el Proyecto de Ley de Universalidad del Sistema Nacional de Salud, aprobado por el Consejo de Ministros en mayo de 2024. El texto remitido al Congreso establece que, para recibir atención con cargo a fondos públicos, esta «no podrá constituir el motivo de su desplazamiento». La salvaguarda permanece en el proyecto, pero no aparece en el real decreto.
El decreto tampoco exige que la enfermedad haya surgido durante la estancia. Esto no garantiza una operación concreta: los tratamientos siguen sujetos a valoración médica y prioridad clínica.
El artículo 26 incluye también al cónyuge o pareja de hecho que acompañe al español de origen, incluidos los previstos en la ley de nietos, y a los descendientes a su cargo menores de 26 años o mayores con una discapacidad reconocida igual o superior al 65%. Los familiares no quedan cubiertos por esta vía cuando viajan solos.
