Legalizar galpón

Primero enterate de como esta el mercado y si la propiedad tiene demanda, el valor catastral muchas veces esta por encima del valor real, ademas los bancos, no estan dando creditos para casas o chalets, en terreno rustico, da igual que este hasta el ultimo ladrillo en el catastro, si luego no vas a poderlo vender

Es terreno urbanizable, tengo un límite de m2 construidos que aún legalizando el galpón no superaría.
 
Eso confundirá a los no gallegos. Es un suelo urbano de aldea, por así decirlo.

Para legalizar tiene que cumplir la normativa urbanística como si fuese a pedir licencia ahora. Si no cumple, no es legalizable. Y es facilísimo que no cumpla algo.
Suelo urbano entonces.
 
Eso confundirá a los no gallegos. Es un suelo urbano de aldea, por así decirlo.

Para legalizar tiene que cumplir la normativa urbanística como si fuese a pedir licencia ahora. Si no cumple, no es legalizable. Y es facilísimo que no cumpla algo.

Gracias, entonces será mejor dejarla así? Entiendo que seguramente no la pueda legalizar pero si lo arreglo tampoco me lo podrán hacer tirar no?
 
Gracias, entonces será mejor dejarla así? Entiendo que seguramente no la pueda legalizar pero si lo arreglo tampoco me lo podrán hacer tirar no?

Si ya ha pasado el plazo (calcula que sea el de 6 años) no te la pueden tirar. Pero lo que puedes hacer está limitado (mantenimiento, ornato...); si haces una reforma corres el riesgo de "poner a cero aquel contador" y que te ordenen demoler.
 
Si ya ha pasado el plazo (calcula que sea el de 6 años) no te la pueden tirar. Pero lo que puedes hacer está limitado (mantenimiento, ornato...); si haces una reforma corres el riesgo de "poner a cero aquel contador" y que te ordenen demoler.

Si tiene más de 6 años, demostrable por google earth. En principio sería ponerla bien por dentro/aislar, recebar por fuera y quizás mas adelante cambiar tejado. En ningún caso ampliar.

Estando donde estoy dudo que si cambio el tejado por un panel sandwich me la vayan hacer tirar. Pero está bien saberlo.
Gracias, al menos me quedo tranquilo en que es complicado que me quieran perjudicar por ahí.
 
No es de las cosas más complejas pero pondrá a prueba tu paciencia.

Hay alguna manera de legalizar un galpón construido hace muchos años en finca urbana? La construcción no consta en catastro.
Bastante frecuente. Modelo 900 catastro para dar de alta el inmueble (como todos los trámites ante catastro). El problemilla está en que hará falta, dependiendo de los metros que tenga (y me aventuro a decir que también la gerencia catastral de la que dependas) una descripción gráfica (arquitecto) del inmueble en la finca.

Sí, claro, te van a hacer pagar IBI, pero será muy poco.

Sí y no. Me explico. El rústico apenas tiene valor (suelo), pero en el momento en que tenga una construcción el recibo puede dispararse. Es más, comparado con el IBI urbano, las construcciones (viviendas) en rústica están sobrevaloradas.
 
pongo foto de un galpón para el que no sepa lo que es:

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Un galpón, o sea almacén agrícola en suelo urbano no podrás legalizarlo nunca. Otra cosa es que no puedan derribarlo por prescripción de la obra y puedas mantenerlo mientras se desarrolla el Plan
 
No es de las cosas más complejas pero pondrá a prueba tu paciencia.


Bastante frecuente. Modelo 900 catastro para dar de alta el inmueble (como todos los trámites ante catastro). El problemilla está en que hará falta, dependiendo de los metros que tenga (y me aventuro a decir que también la gerencia catastral de la que dependas) una descripción gráfica (arquitecto) del inmueble en la finca.



Sí y no. Me explico. El rústico apenas tiene valor (suelo), pero en el momento en que tenga una construcción el recibo puede dispararse. Es más, comparado con el IBI urbano, las construcciones (viviendas) en rústica están sobrevaloradas.
Gracias no sabía esto que comentas.
 
Tenía idea de reformar/aislarlo bien. Si te gastas 3000 pavos en arreglarlo y luego te lo mandan tirar menuda gracia..

Y obviamente si vendes la casa el día de mañana conviene tenerlo legal
Por querer asegurar 3.000 euros corres el riesgo de perder a la larga mucho más, ten en cuenta que todo lo que declares repercute en el IBI. Si me dijeras una reforma de 30.000, lo entendería aunque fuera para poder dormir más tranquilo.

A parte, por lo que cuentas nadie va a venir a exigirte que lo tires, como mucho a que lo homologues y llevarse su comisión, pero incluso si dijeran de tirarlo podrías recurrir.

Por mi experiencia, la administración cuanto más lejos mejor, aunque supongo que eso irá por municipios, me imagino en el mío pagando planos y proyectos para poder legalizar un anexo y esperando el visto bueno del que toque para empezar a reformar y se me llevan los malos.
 
Llego tarde al hilo, pero aporto un par de matices por si le sirven a alguien que lo encuentre buscando, que este tema sale mucho en Galicia.

  1. Lo del núcleo rural existe, no es un invento. En Galicia la Ley 2/2016 del suelo (art. 23) clasifica el suelo en urbano, de núcleo rural, urbanizable y rústico. Es una categoría propia, con su ordenanza en el PXOM de cada concello.
  2. El plazo de reposición de la legalidad son 6 años (art. 153). Pasado ese plazo no te la pueden mandar derribar, pero la construcción queda en el régimen del art. 90: solo se admiten pequeñas reparaciones de higiene, ornato y conservación. Nada de consolidación, aumento de volumen ni modernización. Cambiar el tejado entero es más que conservación, y cualquier denuncia de un vecino puede parar la obra o algo peor.
  3. Ojo con la uralita: es fibrocemento con amianto. Retirarla legalmente exige una empresa inscrita en el RERA con plan de trabajo aprobado. No vale quitarla uno mismo y llevarla al punto limpio, y esto aplica aunque la construcción esté prescrita.
  4. Darla de alta en catastro (modelo 900D) es un trámite tributario, no legaliza nada urbanísticamente. Sube el IBI y deja fecha y constancia de la construcción ante la administración. A veces interesa (venta, herencia), pero son cosas independientes.
La vía para legalizarla de verdad sería comprobar si cumple la ordenanza de núcleo rural del PXOM (retranqueos, altura, ocupación) y pedir licencia de legalización. Si no cumple algo, lo dicho: prescrita sí, legal no.
 

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