Luxemburgo.

motoendurero

Madmaxista
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Recomiendo hacer una empresa patrimonial en Luxemburgo.

No hace falta mucho mas de 30.000€ que forman parte de capital inicial.

La gestoria os cobrará cerca de un 1% de los beneficios en Luexemburgo y de todo el papeleo allí.

Los impuestos creo que son el 1% en vez del 25%-33% del impuesto de sociedades aquí.


Que no os asusten... es perfectamente legal.

Ademas... para repatriar podeis sacar 10.000€ y traerlo. Si vais la muyer y los descendientes... podeis sacar 40.000€ de golpe y gastarlo.


Lo dicho....
 
el tema legal choca con quien administra la sociedad

Si la sociedad es administrada desde España (toma de decisiones de inversion), entonces la fiscalidad aplicable es la española.

si no fuera asi ya me habria abierto una, pero no en Luxemburgo, sino en otro pais cuya tributacion es del 0% para los beneficios obtenidos fuera de ese pais.

Ademas esta la ley Montoro, tienes que declarar las cuentas de las que eres apoderado.
 
el tema legal choca con quien administra la sociedad

Si la sociedad es administrada desde España (toma de decisiones de inversion), entonces la fiscalidad aplicable es la española.

si no fuera asi ya me habria abierto una, pero no en Luxemburgo, sino en otro pais cuya tributacion es del 0% para los beneficios obtenidos fuera de ese pais.

Ademas esta la ley Montoro, tienes que declarar las cuentas de las que eres apoderado.

Si la sociedad es administrada desde España (toma de decisiones de inversion), entonces la fiscalidad aplicable es la española.

No entiendo esta frase... ¿que no se puede hacer acutalmente mediante telefono, video conferencia o mensajeria?
 
Si las decisiones las "toma" un abogado luxemburgues , problema resuelto,


Pero esto suele ser para gente con pasta,


Ademas las sociedades en luxemburgo son muy opacas,
 
vamos a ver... yo soy soy, junto a mi mijer y uno de mis descendientes, "directores" de la sociedad. Es decir... tenemos plena potestas para hacer y deshacer.

Otra cosa es quien figure como socios mayoritarios o accionistas, los cuales, necesitan, previamente, las firmas nosotros, los directores generales, para cerrar o abrir o hacer cualquier cosa de la empresa precio documento privado vinculante y registrado.

vamos... que los socios accionistas "registrados" no tiene poder alguno y, los directores generales sí.

es algo así como "contratados sin sueldo".

facil no?
 
Última edición:
No entiendo esta frase... ¿que no se puede hacer acutalmente mediante telefono, video conferencia o mensajeria?

Tu mismo te estas contestando.

Que tu tomes las decisiones desde España, por telefono o internet, significa eso, que las tomas desde este pais y al tomar las decisiones y dar las ordenes desde aqui, estas sujeto a la legislacion de aqui.

Por tanto AEAT entenderá que la persona juridica registrada allí esta operando aqui, que esta siendo administrada en españa y por tanto esta sujeto al pago de todos los impuestos locales, aunque haya sido registrada en otro lugar.
 
vamos a ver... yo soy soy, junto a mi mijer y uno de mis descendientes, "directores" de la sociedad. Es decir... tenemos plena potestas para hacer y deshacer.

Otra cosa es quien figure como socios mayoritarios o accionistas, los cuales, necesitan, previamente, las firmas nosotros, los directores generales, para cerrar o abrir o hacer cualquier cosa de la empresa precio documento privado vinculante y registrado.

vamos... que los socios accionistas "registrados" no tiene poder alguno y, los directores generales sí.

es algo así como "contratados sin sueldo".

facil no?

Testaferros, si lo investigan y lo demuestran prepara la vaselina.

Por cierto, las cuentas bancarias seran abiertas a nombre de la sociedad, supongo, pero la sociedad designara las personas que pueden manejar esas cuentas, las personas que tienen firma, apoderados los llaman.

¿Quien es la persona que tiene poderes para hacer operaciones bancarias?
 
recordar...que los unicos registrados son los socios mayoritarios. Los gerentes o directores generales no están registrados en registro oficial.

Por lo tanto... Hacienda no sabe si tu eres quien tomas las decisiones o no.

En mi asesoria me han dicho que muchos de sus clientes lo hacen, PYMES y pequeños empresarios y que no han tenido problema alguno.

El único problema, obviamente, es la repatriacion, que como ya os he dicho, lo mejor es ir trayendo pocas cantidades que se puedan gastar facilmente, hasta un maximo de 10.000€
 
Testaferros, si lo investigan y lo demuestran prepara la vaselina.

Por cierto, las cuentas bancarias seran abiertas a nombre de la sociedad, supongo, pero la sociedad designara las personas que pueden manejar esas cuentas, las personas que tienen firma, apoderados los llaman.

¿Quien es la persona que tiene poderes para hacer operaciones bancarias?

lo protege el secreto bancario.

con una claves operas sin problemas.


una cosa esque te asusten con unas cartas de aviso y tal que ha detectado tranferencia desde/hasta España-Luexumburgo y, otra cosa esque se topen a las primeras de cambio con el secreto bancario.


Si os llega una citacion de Hacienda... lo mejor es llamar al abogado y resuelto.
 
recordar...que los unicos registrados son los socios mayoritarios. Los gerentes o directores generales no están registrados en registro oficial.

Por lo tanto... Hacienda no sabe si tu eres quien tomas las decisiones o no.

En mi asesoria me han dicho que muchos de sus clientes lo hacen, PYMES y pequeños empresarios y que no han tenido problema alguno.

El único problema, obviamente, es la repatriacion, que como ya os he dicho, lo mejor es ir trayendo pocas cantidades que se puedan gastar facilmente, hasta un maximo de 10.000€

De alguna manera tienes que enviar tus beneficios a esa sociedad, asi que hay alguna relacion entre tu y esa sociedad, solo tienen que investigar para relacionar el nombre de la sociedad y la cuenta bancaria contigo y empezar a pedir informacion a Luxemburgo a traves de algun acuerdo internacional de intercambio de informacion tributaria.

Todavia no me has dicho quien es el autorizado por la empresa para gestionar la cuenta bancaria, ya te imaginaras por donde van los tiros 😉
 
lo protege el secreto bancario.

con una claves operas sin problemas.


una cosa esque te asusten con unas cartas de aviso y tal que ha detectado tranferencia desde/hasta España-Luexumburgo y, otra cosa esque se topen a las primeras de cambio con el secreto bancario.


Si os llega una citacion de Hacienda... lo mejor es llamar al abogado y resuelto.

El secreto bancario tambien protegia a Urdangarin y a muchos otros, pero al final si se ponen a investigar y piden informacion sobre los titulares y autorizados de las cuentas a traves de los cauces legales pertinentes, que existen, esa informacion la obtienen.

Porque esto no es como en los 80, que les hacian un corte de mangas, ahora con los temas de lavado de dinero de capitales y violencia extremista internacional el tema de los paraisos fiscales no es tan bonito como antaño, y de hecho habras tenido que enviar una serie de documentos para abrir la cuenta, los correspondientes al "due diligence", para demostrar quien eres y donde vives, habras enviado una copia de la factura de algun servicio de la casa y quiza una carta de referencia bancaria de algun banco local, quien al escribir esa carta puede estar guardando esa informacion en un fichero que podria ser consultada en el futuro.

Respecto a las transferencias, si estas transfiriendo pasta desde tu cuenta a un banco en un paraiso fiscal, date por pillado, cuando te llame hacienda el abogado podrá alegar, pero no podra impedir una investigacion
 
En mi asesoria me han dicho que muchos de sus clientes lo hacen, PYMES y pequeños empresarios y que no han tenido problema alguno.

Claro, claro, también las preferentes eran un chollazo, que se lo decían a uno en su banco amigo de toda la vida... hasta que dejaron de serlo 😉
 
es un proceso completamente legal.

una empresa de luxemburgo vende a una de España un producto.

los beneficios se quedan en luxenburgo.


así de claro.


es lo mismo que apple con Irlanda... que hincha sus precios en Irlanda y en España son solo comisionistas.
 
es un proceso completamente legal.

una empresa de luxemburgo vende a una de España un producto.

los beneficios se quedan en luxenburgo.


así de claro.


es lo mismo que apple con Irlanda... que hincha sus precios en Irlanda y en España son solo comisionistas.

"Operaciones vinculadas"

Tienes que declararlas, asi que no me digas que es legal cuando lo que vas a hacer es justo lo contrario de lo que dice la ley, que es declarar las operaciones vinculadas.

Tu vas a facturar desde Luxemburgo a tu empresa española, tendras que poner eso en el 347 y cantará, esas facturas son falsas porque no existe en realidad una prestacion de servicios o entrega de productos por parte de la sociedad luxemburguesa, son ademas operaciones vinculadas porque ambas sociedades son tuyas y la sociedad luxemburguesa esta siendo administrada desde España, si te buscan te cojen, no digas que es legal porque no lo es.

Otra cosa es que le des apariencia de legalidad para que "parezca" legal y juegues con "que no te pillen".

Asi que tu tienes una sociedad en Luxemburgo con unos señores que aparecen como accionistas, pero de pega, en realidad son testaferros que figuran en tu nombre, no es legal.

La sociedad se administra desde España, tu tienes a un señor allí que hace como que toma las decisiones pero en realidad las recibe de ti, estas simulando una situacion diferente, no es legal, solo intentas darle una apariencia legal.

Tu tienes unas cuentas bancarias en Luxemburgo o en otro pais, cuentas de las que eres administrador apoyandote en el secreto bancario, el cual no es infalible, la ley dice que las tienes que declarar, no las declaras, por tanto no es legal.

No insistas en que es legal, el que te vende la sociedad pasa de todo, solo le importa la ley de su pais, vende una sociedad como el que vende un archivador con rado, lo que quiere es vender y te dira que su legislacion es la mas chupiguay del mundo.

Un abogado fiscalista te dira que no todo el monte es oregano y que como empieces a cruzar operaciones entre su sociedad española y la sociedad offshore vas a cantar como una almeja y te van a cazar, si pretendes deducirte las facturas de la sociedad luxemburguesa y las ven en una comprobacion o detectan la operacion la declararla en el 347 te van a decir que no te admiten la deducibilidad de la misma y que tienes que demostrar tu (si, te hacen demostrarlo a ti) que la sociedad XXXX no es tuya.

Me parece una pesima solucion habida cuenta de que en otro hilo rechazabas la opcion de venderle a un cliente en efectivo y sin factura, solucion mucho mas sencilla para no tener que declarar cantidades moderadas, suerte tienes de que tu trabajo se permite manejar efectivo, los que trabajamos a distancia no tenemos esa opcion.
 
es legal... muy legal.

Yo le compro a una empresa Luxemburguesa unos productos.

En vez de comprarlos directamente a China FOB Taiwan con destino al Puerto de Valencia y facturado a mi empresa local, dicha factura va a parar a una empresa Luxemburguesa.

A su vez, esa empresa me vende a mi empresa de toda la vida los productos...un poco mas caros y los beneficios se quedan en luxemburgo.

si no aparezco en ningun documento oficial ni registro alguno, no hay problema.

Del mismo modo, cuando compro en China o Taiwan, tambien podrían decirme que la empresa que me remite mis productos está vinculada y, desde hace 10 años no me han docho nada y eso que estoy arto de hacer transferencia a los amarillos.

En fin... creo que hay alguna mano que no quiere que mejores nuestra carga tributaria lanzandonos con el cuento de que "vienen los inspectores".

Que cada cual haga lo que le de la gana.

Yo este año me voy a ahorrar cerca de un 28% de mis impuestos aproximadamente. Y eso me supone una cifra considerable
 
Yo este año me voy a ahorrar cerca de un 28% de mis impuestos aproximadamente. Y eso me supone una cifra considerable

Solo te ahorrarás el 28%? Es decir, ¿en lugar de pagar 100 pagarás 72?
¿O quieres decir que te ahorrarás 28 puntos de los 30 o 35 de sociedades?

En el primer caso no vale la pena, en el segundo ya es mas normal.
 
Solo te ahorrarás el 28%? Es decir, ¿en lugar de pagar 100 pagarás 72?
¿O quieres decir que te ahorrarás 28 puntos de los 30 o 35 de sociedades?

En el primer caso no vale la pena, en el segundo ya es mas normal.



Vamos a suponer un tipo medio del 30% del impuesto de Sociedades. Entonces, teniendo en cuenta el 1% de luexemburgo + 1 % de gastos gestoria, el ahorro es del 28 puntos porcentuales.

Sobre una base de 100€ de beneficio, en vez de pagar 30€ de impuestos... pagaría en total 2€. Es decir... 28€ que me ahorro. :Aplauso:


El año pasado, asesorado por mi anterior gestor, cometí el error de asignarme una cantidad muy alta como autonomo en nomina. Entonces... mi tipo subió al 47% . Es decir... que gran parte de los beneficios de la empresa los saque en forma de nomina y, en vez de pagar un 30% de sociedades, he pagado un 47% en renta.

Pero en el 2013 eso no será así... ya que me he asignado una cantidad mensual de 1000€ brutos que se quedan en unos 700€ tras pagar los autonomos y, los beneficios, se quedan en Luexemburgo.
 
Espero que tengas un buen abogado. Los "asesores" nunca van a declarar ante el juez... ni pagan multas.
Todo eso que pones, estando muy bien, es más viejo que carracuca. Lo conoces tanto tú como los de Hacienda y para ellos es fácilmente desmontable. El secreto bancario existe hasta cierto punto y más todavía actualmente en luxemburgo. ¿Por qué crees que Endesa and company usan el llamado "sandwich holandés"? Pues porque es más opaco que todos estos países semi-europeos (y más caro claro). Otra cosa es que Hacienda vaya a invertir pasta en investigar a mindundis como nosotros (sin ánimo de ofender claro). Pero el riesgo ahí está y todo es valorar si te compensa.
Y ojo, que lo que te están comentando en referencia a dónde está el centro de decisiones, es fundamental y como arregles eso es prioritario. Para referencia te dejo este enlance, se trata de un tema parecido pero abriendo una empresa LTD en UK, también muy de moda. Tiene sus complejidades pero el tema está en hacer que todo sea legal, si no, pues ya sabes a lo que te expones.


(y otros semejantes en el blog de este hombre)

PS. ¿Esos 10.000€ cómo van a aparecer en tu cuenta de modo continuo?¿Va a ser siempre dinero zain?¿Te los vas a traer cómo dividendos pagados por tu empresa en luxemburgo?
PS2. Que conste que todo esto es mi opinión. Ni aconsejo ni soy experto de ná de ná. Nunca, de nada.
 
Esos 10000 se los va a traer en efectivo viajando a luxemburgo, el viaje y hotel debe salirle gratis 😛

Si estuviera asesorado por un profesional le habria aconsejado la utilizacion de tarjetas Visa anonimas 😉
 
Estamos obviando un tema....

Para que quieres la sociedad en Luxemburgo?

Para hacer mi empresa mas competitiva. Además... a mis nuevos clientes en Francia, ya les estoy facturando desde la empresa de Luxemburgo.

En España, facturo a través de mi otra empresa; la cual tiene a su cargo el personal, el renting de las furgos, el alquiler del almacen principal y soporta parte de amortizaciones varias. De modo, que le empresa en España tiene "cero" beneficios.
 
Última edición:

Que cada cual haga lo que le de la gana.

Yo este año me voy a ahorrar cerca de un 28% de mis impuestos aproximadamente. Y eso me supone una cifra considerable

Este año en vez de tener una sanidad universal y gratuita, tendremos CO_RE_PAGO.

este año en vez de tener autovias, tendremos autopasta (aka autopista)

este año en vez de Becas, pagaremos mas tasas universitarias...

Se que no eres tu solo, eres tu, todas las empresas y el que no lo hace es por que no sabe... pero solo una cosa mas NO ES LEGAL, en todo caso alegal!
 
Este año en vez de tener una sanidad universal y gratuita, tendremos CO_RE_PAGO.

este año en vez de tener autovias, tendremos autopasta (aka autopista)

este año en vez de Becas, pagaremos mas tasas universitarias...

Se que no eres tu solo, eres tu, todas las empresas y el que no lo hace es por que no sabe... pero solo una cosa mas NO ES LEGAL, en todo caso alegal!

Estas errando el tiro de largo... Puede que tengas razon en mucho de lo que dices pero el problema no es el (El solo busca lo mejor para su empresa y para el, lo que es muy licito).

El problema es el estado y los gobernantes que imponen un sistema absurdo y abusivo amparados en no se que manadato democratico de los votos (que en cualquier caso no les autorizaron para guano por mas que los politicos se crean que pueden hacer lo que quieren).

Un sistema lleno de burocracia y costes absurdos para llegar tarde y mal donde en otros sitios te lo ponen facil y barato. Ya me diras tu que pinta en la creacion de una empresa un notario con sus retrat y costes. Un registro mercantil decimononico que para mirar un nombre tarda una semana y te cobra 30 euros, cuando lo que hay que hacer es lo mismo que hace google cuando abres una cuenta que en tiempo real. gratis y online te dice si el nombre esta cogido (facil, no? pues asi de sencillo lo ven en otros paises, en cambio en España... da pena y panico!!)

Como ejemplo, en España vale mas solo mirar el nombre de la empresa que crear una empresa en UK (si se lo hace uno mismo, crear LTD vale 18 GBP pagados con tarjeta y practicamente en tiempo real).

Pero claro si mareamos los papeles y pedimos mil cosas absurdas pues al final no solo es mas caro sino que tambien han de haber mas impuestos. Con las famosas inficiencias hispanas, todo el mundo esta muy ocupado y ha gastado mucho esfuerzo y dinero pero no se ha generado ninguna riqueza ni ningun valor añadido.

Asi que apunte correctamente y dispare por elevacion, que el arbol no le deja ver el bosque.
 
Asi que apunte correctamente y dispare por elevacion, que el arbol no le deja ver el bosque.

su empresa ya esta montada, no esta queriendo ahorrar tramites. Esta defraudando, es decir no pagando impuestos aqui... claro que es licito buscarse (como se suele decir) las habichuelas, pero no legal...

Entonces los simple somos los que pagamos impuestos????
 

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