La ministra de Igualdad cuestiona el derecho a asociarse de los hombres maltratados
La ministra de Igualdad afirmó en televisión que «no creo que tengan derecho constitucionalmente» a constituirse como asociación los hombres maltratados de Valencia. Lo dijo después de que se le preguntara por la legalidad de ese colectivo, y añadió que legalmente no lo sabía, pero que ética y moralmente creía que no. El artículo 22 de la Constitución reconoce el derecho de asociación sin más límites que los que la ley fije para fines ilícitos. La respuesta de la ministra, doctora en Derecho Constitucional, ha reabierto el debate sobre el trato institucional a las víctimas masculinas de violencia doméstica.
Qué dijo exactamente la ministra y por qué importa
La secuencia circula en un corte del programa de La Secta, y en el mismo espacio se soltaron otras afirmaciones: que lo peor es que esa asociación pueda recibir fondos públicos de violencia de género, y que las denuncias falsas son el 0,01%. La ministra no negó el derecho de forma taxativa, pero tampoco lo afirmó. Dijo «no lo sé» sobre la legalidad y dejó la ética y la moral como criterios propios para responder a una cuestión constitucional.
El artículo 22 de la Constitución española reconoce el derecho de asociación. No exige que el fin de la asociación guste al Gobierno de turno. La ministra es doctora en Derecho Constitucional, lo que añade un punto de perplejidad al asunto: quien mejor debería conocer el texto constitucional es quien pone en duda su aplicación.
El argumento de los fondos públicos de violencia de género
En el mismo programa se planteó que el problema no es solo que exista la asociación, sino que pueda acceder a subvenciones de violencia de género. Ese es el núcleo económico del asunto. Hay quien sostiene que esas ayudas están diseñadas para mujeres y que abrir la puerta a asociaciones de hombres desviaría recursos. En contra pesa el argumento de que la violencia doméstica no entiende de sexo y que las víctimas masculinas existen, aunque denuncien menos.
La discusión sobre el dinero público es la que más recorrido tiene. No es lo mismo reconocer un derecho de asociación que financiar sus actividades. La ministra mezcló ambas cosas en la misma respuesta, y ahí está la trampa: dudar de la constitucionalidad de una asociación es una cosa; decidir si recibe subvenciones es otra muy distinta.
La respuesta del PSOE valenciano y el choque competencial
El PSPV-PSOE publicó un mensaje en el que acusaba al presidente de la Generalitat Valenciana, Mazón, de «arrodillarse ante el negacionismo de Vox» por permitir crear una asociación de hombres maltratados por sus mujeres. El mensaje añadía que eso «pisotea los derechos de las mujeres maltratadas». Es decir, el partido de la ministra llevó el asunto al terreno autonómico y lo convirtió en un pulso político.
La cuestión competencial es relevante: las asociaciones se registran según la normativa autonómica y estatal, y las subvenciones las convocan distintas administraciones. Que el PSOE valenciano ataque a Mazón por permitir algo que la Constitución ampara deja al descubierto la contradicción. Si el derecho de asociación es fundamental, no hace falta que un gobierno autonómico «permita» nada: ya está permitido.
El precedente de la Corte Constitucional de Colombia
En el mismo hilo se difundió la noticia, publicada por El Español, de que la Corte Constitucional de Colombia tumbó el Ministerio de Igualdad creado por Petro. El paralelismo es inevitable: ministerios de Igualdad que nacen con vocación de ingeniería social y acaban chocando con los tribunales. No es una prueba de nada, pero alimenta la tesis de que estas estructuras tienen problemas de encaje legal cuando se extralimitan.
La comparación no es automática. Colombia tiene su propio ordenamiento y su propia Corte. Pero el patrón se repite: un organismo creado para una causa concreta, que al ampliar sus funciones tropieza con el marco constitucional. En España, el artículo 22 sigue ahí, sin que ninguna ministra lo haya derogado.
El coste político de dudar de la Constitución
Una ministra de Igualdad que pone en duda un derecho fundamental no solo comete un error jurídico. Se expone a que cada una de sus palabras sea usada en su contra. La oposición tiene material gratis. Los colectivos de hombres maltratados tienen un argumento más para pedir amparo. Y el Gobierno tiene que explicar por qué su ministra no sabía lo que dice el artículo 22.
El asunto no se ha cerrado. La asociación de hombres maltratados de Valencia sigue su camino, y la ministra no ha rectificado públicamente. Con estos mimbres, es previsible que el debate se desplace del derecho de asociación a las subvenciones concretas. Ahí es donde se decidirá de verdad si las víctimas masculinas tienen cabida o no en el sistema.