Pensión denegada por cotizar dos años sin salario real
Una mujer pide la
jubilación y, según un caso difundido a través de una información de
Noticias Trabajo, la Seguridad Social revisa transferencias, nóminas y hasta si su empleadora había tenido antes personal doméstico. Conclusión: los dos últimos años de cotización no respondían a un trabajo real y la pensión se deniega. El caso ha abierto una grieta: ¿por qué se fiscaliza con lupa a quien aporta dinero al sistema y se pasa de largo ante otros supuestos?
La resolución recoge que
no existían movimientos bancarios que acreditaran el pago del salario ni retiradas de efectivo en la cuenta de la empleadora, que percibía todas sus pensiones por transferencia. A eso se suman otros indicios: nunca había tenido empleada del hogar antes ni después, no constaba una necesidad real de asistencia doméstica y la trabajadora accedió a la jubilación
justo al cumplir los dos años exactos de cotización. La Sala lo lee como una simulación.
Qué se investigó y qué no
El detalle importa. No se discute que las cuotas se ingresaran, sino quién las pagaba y por qué. Hay quien sostiene que las cotizaciones estaban abonadas y que el derecho a la pensión se genera con ellas. La administración responde que el contrato era una apariencia y que sin salario real no hay relación laboral.
El punto que más incomoda es la asimetría. Hay quien señala que la inspección no cruza datos con la venta de chatarra, con negocios en asentamientos irregulares o con quienes compatibilizan ayudas y actividad no declarada. La sospecha es que el esfuerzo recae sobre el eslabón más débil.
¿Se puede pagar la propia cotización para llegar a la jubilación?
Sí, existe la vía del convenio con la Seguridad Social para completar periodos. El problema es que muchas personas no la conocen y acaban recurriendo a fórmulas opacas. Un caso relatado en la conversación es el de un autónomo que contrató a su madre como empleada del hogar durante el tiempo justo para que cotizara lo imprescindible: contrato por el portal oficial, nómina por transferencia cada mes. Terminado el periodo, ella pidió la jubilación y llegó una revisión antifraude que exigía hasta el último justificante. Esta vez todo estaba en regla. La pensión resultante:
unos 650 euros.
El relato de los dos raseros
En el trasfondo del caso aparece la comparación con las prestaciones no contributivas. Hay quien argumenta que hay quien cobra el ingreso mínimo vital sin haber cotizado un solo día y sin que se investiguen propiedades en el país de origen, alquileres o negocios. También se mencionan ayudas públicas a la hostelería y a entidades que, según estas críticas, no pasan el mismo filtro.
La defensa del criterio administrativo es distinta: los indicios, si están probados y conectados, bastan para sostener una resolución. Quien tenga extractos que demuestren pagos de salario no tiene nada que temer.
El dato que descoloca
El sistema exige cotizaciones para cobrar y luego puede negar la pensión si considera que esas cotizaciones no responden a un trabajo real. La afectada pagó. El derecho, de momento, no.