No temais al 720

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VEo que la gente tiene miedo a sacar más de 50.000 E al extranjero, por el dichoso formulario 720 que hay que presentar
No temais para nada este trámite, la asesora me cobró 50 € por hacerlo, pagas una asesoría y ya está
A mí lo que me da miedo dejar aquí el dinero
Además como las tienes declaradas cuando televantes con el pie izquierdo, nada te puede impedir mandar todo tu dinero de golpe a cuentas en el extranjero
 
Más que miedo, lo que da es rabia. El 720 es un abuso tan descarado... ¿Acaso existe algo similar en otro país de la UE? Me parece que somos los únicos pringaos que tenemos que aguantar esto.
 
Pues comparta que asesor es, porque a mí lo menos que me cobraban eran 300€ y al final lo hice yo que no es tampoco nada del otro jueves, pero hay que echar una mañana y por 50€ me la ahorro.
 
El 720 se hace en menos de un minuto con el certificado electrónico.

Esta burocracia lo hacen para poner barreras, que no existen, a las mentes debiles.

Hombre... Más de un minuto se tarda, pero como hay tanto miedo con las sanciones y piden unos datos que en ocasiones son difíciles de encontrar pues al final se trata de desincentivar llevarse el dinero fuera.

Luego solo ponen sanciones cuando hay "equivocaciones" con dolo, lo cual es lógico, pero por equivocarte al poner la dirección de la sede social de replicel :XX: no te van a poner una multa, aunque podrían (y eso es con lo que juegan).

Yo me lo he llevado todo fuera simplemente porque aquí es IMPOSIBLE operar en condiciones con una buena plataforma. Pago los impuestos, y lo único que hago es algo de elusión con reglas estultas como la de los dos meses (y eso no tiene nada que ver con el 720)

Estoy con GPM que es en españa pero es una correduria de IB y me ayudan con estos temas y es muy fácil.
 
es obligatorio hacerlo cuando:

-se tienen más de 50k fuera
-se incrementa en más de 20k lo que se tiene fuera

algo más?
 
El 720 se hace en menos de un minuto con el certificado electrónico.

Esta burocracia lo hacen para poner barreras, que no existen, a las mentes debiles.

El problema no es hacerlo. El problema es ponerse bajo la lupa de Hacienda cuando existen unas sanciones a todas luces desproporcionadas.... confiscatorias. Cada casilla con error....10.000€ de multa

Es una limitación, DE FACTO, a la libertad de movimiento de capitales

Gracias MONTORO.

Recordad, la dictadura actual se llama "Agencia Tributaria".... es la que impone el régimen de terror
 
Última edición:
El problema no es hacerlo. El problema es ponerse bajo la lupa de Hacienda cuando existen unas sanciones a todas luces desproporcionadas.... confiscatorias. Cada casilla con error....10.000€ de multa

Es una limitación, DE FACTO, a la libertad de movimiento de capitales

Gracias MONTORO.

Recordad, la dictadura actual se llama "Agencia Tributaria".... es la que impone el régimen de terror

Para eliminar posibilidad de error vas al gestor que tiene su seguro por si mete la pata- Yo pague hace 3 años que declaré 50 € a mi gestor y ya. Ya os comento el 1 de enero de este año cuanto está cobrando por si alguien lo necesita, está en gijon pero seguro trabaja vía internet
En serio el 720 es una chorrada, que no os coarte
 
No digo que se recurriera a un asesor cuando no existía internet, pero hoy día están todos los modelos en la sede electrónica de la AEAT, con ayudas y guias para rellenarlo, amen de muchos tutoriales de diferentes asesorías que cuelgan en la red, que también es bueno aprender a hacer uno las cosas.
 
No se si es cierto

Me resuena que alguien para poner cuentas en el extranjero, lo que le pedían era un empadronamiento, documentación.

El tío se piro una temporada a Jovenlandia donde se empadrono y con ese padrón abrió la cuenta en Europa.

Esto lo tomo con pinzas
 
Una pregunta relacionada: si tienes que declarar los rendimientos del capital por depósitos en el extranjero y no has tenido que hacer obligatoriamente el 720, cuándo y cómo lo pones en la Declaración de la renta?

Hay bancos que si les dices que tu residencia fiscal está aquí ya no te cobran los intereses aplicables en su país al vencimiento, ergo tienes que declararlos aquí. ¿Te facilitan la documentación fiscal para justificar los intereses que declaras?
 
Los rendimientos de un año los declaras en la renta del año siguiente, da igual dónde los hayas obtenido.
Lo normal es que el bróker o banco te de la información, si no tendrás que buscarte tu el extracto en la plataforma.
 
Bueno los que se lo quieran hacer, que se lo hagan, yo solo digo que lo puede hacer un gestor para los que les da pereza o les da miedo, yo prefiero que me lo haga un gestor y así me aseguro la jugada
Pero lo que quería decir en este hilo, que lo hagais vosotros o lo haga el gestor es sencillo, no temáis a ese trámite
Justo era lo que quería Montoro que os diera pereza y por eso no sacarais el dinero de España
 
¿¿El 720 es obligatorio cada vez que transfieras como mínimo 20K???
 
¿Y si No tenías nada y pasa de 0 25k? ¿Cuenta como incremento mayor de 20k?
No, es incrementos una vez que has pasado de 50k y has declarado

---------- Post added 20-sep-2018 at 16:01 ----------

¿¿El 720 es obligatorio cada vez que transfieras como mínimo 20K???

Si con esos 20k ya pasas de los 50 k en el extranjero a 31/12 o de media en el último trimestre SI
No tienes que declarar cada vez que muevas más de 20k, sino una vez al año como máximo

---------- Post added 20-sep-2018 at 16:18 ----------

Vamos a ver que me aclare, si nunca has hecho el 720, por que lo que tienes fuera no supera los 50k, ¿es necesario cubrir el 720 si hago una transferencia desde España a alguna de mis cuentas en el espacio UE al ser de igual o superior a 20k???... Es la primera vez que lo oigo...

Añado esta respuesta aquí

Vamos a ver, la respuesta es DEPENDE
- Si con lo que tienes y esos 20k superas los 50k si la tienes que hacer
- Si con esos 20k no superas los 50k no tienes porqué hacerlo

La regla de los 20k es para los ya han hecho un 720 y aumentan por encima de 20k al año siguiente
Si todavía no has hecho un 720 no te fijes si la transferencia es de 15k, de 20k o de 35k, lo importante si a 31/12 estas en 50 k o si el ultimo trimestre del año has tenido de media más de 50k

---------- Post added 20-sep-2018 at 16:20 ----------

Otra cosa, la cantidad de 20k o 50k es a foto del 31/12 o da igual cuando hayas tenido esa cantidad?

La cantidad es a foto del 31/12 o si la media del último trimestre lo supera
 
¿Y lo de la obligación de declarar una cuenta en banco extranjero dentro de la ue aunque no llegue a 50k? , es que ya me hago unos líos del copín 8:.
 
¿Y lo de la obligación de declarar una cuenta en banco extranjero dentro de la ue aunque no llegue a 50k? , es que ya me hago unos líos del copín 8:.

Te refieres al modelo DD1 que quedó derogado en 2014 creo, ahora sólo existe el 720 .

Cuelgo artículo de Rankia al respecto bastante bien documentado por si a alguien le quedan dudas.

 
Gracias a ambos. Pero aparte de eso, supongamos que en mi banco de aquí tengo 40K, este mes que viene lo paso todo a N26 por ejemplo, ¿en la declaración del año que viene si no he comunicado donde ha ido esa pasta los de hacienda se quedan tan latin?.
 
Gracias a ambos. Pero aparte de eso, supongamos que en mi banco de aquí tengo 40K, este mes que viene lo paso todo a N26 por ejemplo, ¿en la declaración del año que viene si no he comunicado donde ha ido esa pasta los de hacienda se quedan tan latin?.

Pues no tienes que comunicar nada, si por ejemplo en vez de a N26 que no da intereses, te la abres en NN bank que si lo da, tendrías que declarar los intereses
En todo caso si mandas 40k fuera a una cuenta a tu nombre, Hacienda por supuesto que lo sabe
Antes de que hicieran el 720 obligatorio iba mandando a Holanda de 2k en 2k para no llamar la atención, y no declaraba intereses para no ser identificado, pero luego canté por solerares con el 720 y me esperaba una multa de 2k por intereses no declarados los anteriores 4 años, que fueron años de intereses buenos, pero no me dijeron ni mú
 
Pues no tienes que comunicar nada, si por ejemplo en vez de a N26 que no da intereses, te la abres en NN bank que si lo da, tendrías que declarar los intereses
En todo caso si mandas 40k fuera a una cuenta a tu nombre, Hacienda por supuesto que lo sabe
Antes de que hicieran el 720 obligatorio iba mandando a Holanda de 2k en 2k para no llamar la atención, y no declaraba intereses para no ser identificado, pero luego canté por solerares con el 720 y me esperaba una multa de 2k por intereses no declarados los anteriores 4 años, que fueron años de intereses buenos, pero no me dijeron ni mú

Pero esos intereses se meten en IRPF y no en 720, no?
 

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