estimulante ilegal
Madmaxista
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Hola a todos,
El dia 4 de Enero me venció un deposito con OFICINADIRECTA.COM (BANCOPUPULAR) al 4,4% de aquellos "maravillosos años" y por cosas que no vienen al caso, (he estado de viaje de trabajo ausente de todo 2 semanas) pasados 15 días desde la retirada del dinero via OTE, he ido a cerrar la cuenta con ellos y me dicen que no puede ser porque tengo un saldo negativo de -17€, debido a comisiones de mantenimiento, vaya tela!!! Si no tienes la nomina con ellos te clavan 17€ al semestre los muy ladrones, y eso que no tengo ni tarjeta de debito con ellos.
Total, he puesto una relamacion en el 900 81 61 96 para que me retiren el cargo y me cierren la cuenta y me han dicho que debo esperar unos dias a ver si la aceptan.
Os recomiendo a todos los que tengaís cuenta a 0 que la cerreís con este banco lo antes posible para evitar problemas. Son un poco patidifusos, porqué si habia alguna remoto posibilidad de llevar dinero nuevo, ahora seguro que no, con esta guano de política de empresa. Os recuerdo que es bancaonline!!! me parece increible, bravo por la política de marketing :8:
Por si alguno se encuentra en la misma situación hago copy/paste de la normativa:
Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación de activo o pasivo
El Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad, o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los íntegros de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario, no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración.
Ciertamente, tales situaciones conducen al absurdo de que el cliente pague por cumplir una obligación -apertura de cuenta para facilitar la gestión de la entidad- que ésta le impuso en interés propio, siendo claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios.
Comisión de descubierto
El descubierto en cuenta supone, en la práctica bancaria, una facilidad crediticia concretada en permitir que se atiendan pagos autorizados contra las cuentas de los clientes por encima de los saldos contables. Como contraprestación de esta facilidad, las entidades perciben una comisión que generalmente se aplica sobre el descubierto mayor de todo el periodo de liquidación.
En ningún caso podrán cargarse comisiones o gastos por servicios no aceptados o solicitados en firme por el cliente. Consecuentemente, no podrán exigirse comisiones de apertura o similares en los descubiertos en cuenta corriente por valoración, o reiterarse su aplicación en otros descubiertos no pactados que se produzcan antes de la siguiente liquidación de la cuenta.
En los supuestos de cobro de comisiones por la reclamación de descubiertos como consecuencia de haber quedado sus cuentas en esa situación. El Servicio estima que para que estas comisiones puedan ser repercutidas a los reclamantes, deben concurrir una serie de requisitos: deben responder a una reclamación formal de posiciones deudoras; tratarse de gastos realmente habidos; que estén debidamente justificados; y que su repercusión al cliente esté prevista en el documento contractual.
Circular del Banco de España 8/1990, de 7 de septiembre, basada en la Orden Ministerial de 12 de diciembre de 1989.
No me sale de los agallas regalarles 17€, por nada, en esta situación, que haríais vosotros? :no:
El dia 4 de Enero me venció un deposito con OFICINADIRECTA.COM (BANCOPUPULAR) al 4,4% de aquellos "maravillosos años" y por cosas que no vienen al caso, (he estado de viaje de trabajo ausente de todo 2 semanas) pasados 15 días desde la retirada del dinero via OTE, he ido a cerrar la cuenta con ellos y me dicen que no puede ser porque tengo un saldo negativo de -17€, debido a comisiones de mantenimiento, vaya tela!!! Si no tienes la nomina con ellos te clavan 17€ al semestre los muy ladrones, y eso que no tengo ni tarjeta de debito con ellos.
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Total, he puesto una relamacion en el 900 81 61 96 para que me retiren el cargo y me cierren la cuenta y me han dicho que debo esperar unos dias a ver si la aceptan.
Os recomiendo a todos los que tengaís cuenta a 0 que la cerreís con este banco lo antes posible para evitar problemas. Son un poco patidifusos, porqué si habia alguna remoto posibilidad de llevar dinero nuevo, ahora seguro que no, con esta guano de política de empresa. Os recuerdo que es bancaonline!!! me parece increible, bravo por la política de marketing :8:
Por si alguno se encuentra en la misma situación hago copy/paste de la normativa:
Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación de activo o pasivo
El Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad, o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los íntegros de un depósito, o para dar servicio a un préstamo hipotecario, no corresponde a los clientes soportar ninguna comisión por mantenimiento y/o administración.
Ciertamente, tales situaciones conducen al absurdo de que el cliente pague por cumplir una obligación -apertura de cuenta para facilitar la gestión de la entidad- que ésta le impuso en interés propio, siendo claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios.
Comisión de descubierto
El descubierto en cuenta supone, en la práctica bancaria, una facilidad crediticia concretada en permitir que se atiendan pagos autorizados contra las cuentas de los clientes por encima de los saldos contables. Como contraprestación de esta facilidad, las entidades perciben una comisión que generalmente se aplica sobre el descubierto mayor de todo el periodo de liquidación.
En ningún caso podrán cargarse comisiones o gastos por servicios no aceptados o solicitados en firme por el cliente. Consecuentemente, no podrán exigirse comisiones de apertura o similares en los descubiertos en cuenta corriente por valoración, o reiterarse su aplicación en otros descubiertos no pactados que se produzcan antes de la siguiente liquidación de la cuenta.
En los supuestos de cobro de comisiones por la reclamación de descubiertos como consecuencia de haber quedado sus cuentas en esa situación. El Servicio estima que para que estas comisiones puedan ser repercutidas a los reclamantes, deben concurrir una serie de requisitos: deben responder a una reclamación formal de posiciones deudoras; tratarse de gastos realmente habidos; que estén debidamente justificados; y que su repercusión al cliente esté prevista en el documento contractual.
Circular del Banco de España 8/1990, de 7 de septiembre, basada en la Orden Ministerial de 12 de diciembre de 1989.
No me sale de los agallas regalarles 17€, por nada, en esta situación, que haríais vosotros? :no: