¿Que os parece ING Lu?

¿Puedes confirmar qué comisión te han cobrado por sacar efectivo en una cajero español?

Entrando en la cuenta on-line te confirmo que el cargo fue de 0,75 euros por la retirada de los 500 euros en el cajero de la Caixa. Todo tal y como pone en sus condiciones de retirada en cajeros de la zona euro.
 
Cuanto os han cobrado por hacer la transferencia de confirmacion?

Desde ibanesto me pide 1.90€ a pesar de que hay una ley que supuestamente obliga a cobrar lo mismo que por las transferencias nacionales, y por tanto deberia ser gratuita
 
Cuanto os han cobrado por hacer la transferencia de confirmacion?

Desde ibanesto me pide 1.90€ a pesar de que hay una ley que supuestamente obliga a cobrar lo mismo que por las transferencias nacionales, y por tanto deberia ser gratuita

Reclámaselo. iBanesto a veces te cobra comisiones por operativas que en su propia web y en los contratos venden como gratuitas. Abre una incidencia a accediendo a tu cuenta online, y te lo devuelven en unos días.

Esto es lo que tiene trabajar con ladrones, que de vez en cuando te intentan robar.
 
Teniendo en cuenta que hay 46 páginas, creo que estaría bien que el autor del hilo o un moderador en su caso, resumiera en el primer post las condiciones de esta cuenta para que cada uno juzgue si interesa o no 🙂
 
Teniendo en cuenta que hay 46 páginas, creo que estaría bien que el autor del hilo o un moderador en su caso, resumiera en el primer post las condiciones de esta cuenta para que cada uno juzgue si interesa o no 🙂
Por poder... se podría, pero las condiciones de esta cuenta son similares a las de cualquier banco online tipo ING, es decir, sin comisiones de administración, transferencias gratuítas, tarjeta de débito y virtual gratuítas, etc. Rellenas un formulario en su página web en la cuál te indican las instrucciones que son, básicamente, enviarles una copia del pasaporte o DNI, y hacer una transferencia a ING Lu desde una cuenta en la que tú seas titular.
 
Última edición:
Por poder... se podría, pero las condiciones de esta cuenta son similares a las de cualquier banco online tipo ING, es decir, sin comisiones de administración, transferencias gratuítas, tarjeta de débito y virtual gratuítas, etc. Rellenas un formulario en su página web en la cuál te indican las instrucciones que son, básicamente, enviarles una copia del pasaporte o DNI, y hacer una transferencia a ING Lu desde una cuenta en la que tú seas titular.

Mm había leído al comienzo del hilo algunos mensajes con muchas dudas en todos los aspectos, que si notarios y demás pero ya veo que no es así, gracias 😛

En todo caso veo que no es una cuenta remunerada como la de aquí no? Al menos en su web no me lo parece.
 
Si vería útil aclarar en el primer post el tema del BdE, que cuentas declarasteis y como.
 
¿Alguien sabe algo de la fiscalidad de las plusvalías en ING.lu?
¿Te retienen un 35% de las plusvalías, intereses y dividendos?
¿Se lo pasan a hacienda Luxemburgo o a Hacienda España?
 
Todos estos datos, no te los pidieron en el formulario on-line? quizas es porqué dejaste camps en blanco. Por cierto lo de "employee" no es necesariamente tu jefe, en general es la empresa para la que trabajas (suponiendo que pusieras que eras trabajador por cuenta ajena).
 
¿Alguien sabe algo de la fiscalidad de las plusvalías en ING.lu?
¿Te retienen un 35% de las plusvalías, intereses y dividendos?
¿Se lo pasan a hacienda Luxemburgo o a Hacienda España?

Bueno, me autocontesto: después de varias consultas y documentos que he encontrado googleando ya es oficial: Luxemburgo firmo un acuerdo con la CEE por la cual mantenía su secreto bancario PERO a cambio retenía un 35% de las plusvalías a los no-residentes, dinero que ingresa de manera anónima/agregada a la Hacienda Española, pero que no podemos desgravarnos por ser anónima.

Por tanto, invertir en fondos/acciones en Luxemburgo supone o pagar un fijo del 35% a Luxemburgo o hacerlo en zain con los consiguientes riesgos.
 
Por tanto, invertir en fondos/acciones en Luxemburgo supone o pagar un fijo del 35% a Luxemburgo o hacerlo en zain con los consiguientes riesgos.

Creo que esa retención es solo para intereses y cupones de renta fija, no para dividendos ni plusvalías. Por otro lado deberías poder comunicar al banco tu opción de renunciar al secreto bancario y que faciliten tu información a la hacienda española, con lo que sí podrías desgravarte la doble imposición.
 
Creo que esa retención es solo para intereses y cupones de renta fija, no para dividendos ni plusvalías. Por otro lado deberías poder comunicar al banco tu opción de renunciar al secreto bancario y que faciliten tu información a la hacienda española, con lo que sí podrías desgravarte la doble imposición.

Ostras, tienes algun enlace sobre el tema? Y a las plusvalias de fondos de inversion cuanto retienen? Y, si renuncio al secreto bancario no me retienen nada y pasan la info directa a hacienda?
 
Bueno, me autocontesto: después de varias consultas y documentos que he encontrado googleando ya es oficial: Luxemburgo firmo un acuerdo con la CEE por la cual mantenía su secreto bancario PERO a cambio retenía un 35% de las plusvalías a los no-residentes, dinero que ingresa de manera anónima/agregada a la Hacienda Española, pero que no podemos desgravarnos por ser anónima.

Por tanto, invertir en fondos/acciones en Luxemburgo supone o pagar un fijo del 35% a Luxemburgo o hacerlo en zain con los consiguientes riesgos.

Bueno, lo que yo he leido e interpreto de este asunto.
Para empezar, la Directiva sobre fiscalidad del ahorro en la Unión Europea, .

El régimen ordinario es que el Estado que paga los rendimientos informe de forma "automática" al Estado de residencia del perceptor de los rendimientos. Información con pelos y señales, identidad, importe pagado, etc.. Automática porque se informa cada año en los seis meses siguientes a la finalización del año en el que se han percibido los rendimientos.

El régimen excepcional es el de, Luxemburgo que recoge el régimen transitorio de la Directiva y consiste en que Luxemburgo no da información al Estado de residencia del perceptor y a cambio le retiene el 35% del que después envia parte, el 75%, al Estado de residencia del perceptor.

En resumen, dos alternativas, 1ª. la ordinaria que consiste en que el Estado del pagador de ls rendimientos informe al Estado del perceptor, y 2ª. La excepcional que consiste en retener el 35% y no dar la información.

En teoría, el perceptor puede dirigirse al pagador para que no le retenga y, a cambio, informe el Estado de Luxemburgo al España con pelos y señales, pero me parece que Lux no está por la labor. Sería cuestión de dirigirse a ING Lu y pedirlo.

Después está el asunto de si poder deducir en España al declarar IRPF lo retenido al 35% en Lux. La Directiva prevee dos sistemas: el crédito de impuesto y la devolución de lo retenido.

Yo no he conseguido ver, por el momento, en la ley española algo que hable sobre la posibilidad de deducir lo retenido al 35% en Lux. Tampoco le he dedicado mucho rato. Pero podría ser que el justificante de ING Lu donde figurase la retención del 35% fuese suficiente para acreditar ante la AEAT la retención efectivamente deducida en la declaración IRPF. Aunque no aparezca en el borrador de la AEAT o en los datos de la AEAT.

El hecho es que el Estado español recibe unos cuantos millones de lo retenido por el Estado del pagador. Aunque no figuren nombres y apellidos.

Cuando digo rendimientos, también me refiero a las ganancias de capital en los fondos de inversión, al menos aquellos que tengan en sus carteras más del 40% en obligaciones/bonos.

Si no se puede hacer valer lo retenido a cada astuto a la hora de hacer la declaración de IRPF, ¿a qué se llama enriquecimiento injusto?
 
Última edición:
Ayer he probado con un poquito más y sin problema. ¿Quién se anima a probar con 1000 euros de una tacada?. Confirmo también que en ambas operaciones la comisión fue de 0,75 euros. Veo un único problema y es que si se puede sacar tanta pasta es más peligroso andar con esta tarjeta que con una que permite máximo 300 euros diarios.

Cantidades retiradas en cajeros en una única operación con la tarjeta VPay de ING Lu.

Pasta retirada--------Entidad-------------Fecha

500 euros----------La Caixa------------2-10-2012
600 euros----------La Caixa------------13-10-2012
 
Se puede tener la cuenta oculta al estado español a cambio de que te retengan el 35% de los beneficios?

Estaría bien, ya que los beneficios son 0 o cerca de 0, asi que me da igual el 21 que el 35
 
Se puede tener la cuenta oculta al estado español a cambio de que te retengan el 35% de los beneficios?

Estaría bien, ya que los beneficios son 0 o cerca de 0, asi que me da igual el 21 que el 35

Si, unicamente debes no informar al banco de España, pero la duda era en caso de querer meterlo en algun fondo o asi...
 
Si, unicamente debes no informar al banco de España, pero la duda era en caso de querer meterlo en algun fondo o asi...

Entonces no hay obligación de notificar nada al BdE? estas seguro de eso?, perdona la insistencia, pero no querria arriesgarme a una sanción.

No tengo intenció de momento de abrir ningún fondo ni nada de eso, simplemente quiero alejar el dinero de las largas manos de nuestro gobierno

Gracias
 

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