La nueva ley de violencia vicaria: adiós a la presunción de inocencia
El Consejo de Ministros ha aprobado en segunda vuelta el proyecto de Ley de Violencia Vicaria, que prevé la privación automática de la patria potestad ante condena firme por delitos graves contra hijos o la mujer. La norma, que modifica diez códigos legales, se presenta como una protección a las víctimas, pero sus críticos sostienen que elimina de facto la presunción de inocencia.
Los detractores argumentan que, pese a que la condena debe ser firme, el automatismo de la medida impide evaluar cada caso. Además, señalan que se suma a 22 años de legislación que han convertido al hombre en un ciudadano de segunda ante la ley, según una corriente de opinión extendida. Mientras tanto, desde el Gobierno se reivindica el mismo principio de presunción de inocencia cuando se aplica a sus propios miembros.
Una deriva penal sin precedentes
La ausencia de margen judicial para valorar la proporcionalidad de la retirada de la patria potestad es el punto más controvertido. Aunque el fin declarado es erradicar la violencia vicaria, el efecto colateral es que cualquier padre condenado por un delito grave -incluyendo aquellos que puedan haber sido rehabilitados- pierde automáticamente todo vínculo legal con sus hijos. Esto, en opinión de los escépticos, vulnera el principio de proporcionalidad y podría ser recurrido ante el Tribunal Constitucional o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Queda por ver si la norma supera los filtros judiciales. Por ahora, el debate evidencia una fractura profunda: para el Gobierno es un avance en la protección de los menores; para una parte creciente de la sociedad, es un paso más en la criminalización de los hombres. Las próximas sentencias dictarán sentencia sobre esta ley.