Europeas: actas perdidas, cámaras vetadas y recurso en Estrasburgo
El escrutinio general de las elecciones europeas del 9 de junio se ha convertido en una sucesión de incidentes que ni la Junta Electoral Central ni el Tribunal Supremo han logrado cerrar. En el centro de la polémica están los enfrentamientos entre apoderados de Iustitia Europa, SALF y Falange y funcionarios electorales a cuenta de la grabación del recuento, unos choques en los que, según los relatos difundidos por los propios implicados, llegó a llamarse a la policía para requisar teléfonos móviles. El episodio resume la tensión de fondo: la sospecha de que las actas de las mesas
no se recuentan y se dan por buenos los datos que llegan por vía informática.
¿Por qué se prohíbe grabar el escrutinio?
La respuesta oficial es la protección de datos. La que dan los denunciantes es otra. Varias juntas provinciales han vetado el uso de cámaras durante el escrutinio general alegando la normativa de protección de datos, una decisión que
de facto impide documentar con imágenes cualquier irregularidad en el recuento de papeletas. El propio presidente de la Junta Electoral Central habría mostrado dudas sobre si permitir la grabación, en un intercambio que los afectados han difundido y que deja la impresión de que la norma se aplica a conveniencia.
Hay un detalle legal que conviene recordar: el artículo 98 de la
LOREG establece que el escrutinio general es un acto público. Los apoderados de partidos pueden estar presentes, pero los ciudadanos corrientes —los que no van en representación de ninguna formación— se han encontrado con puertas cerradas o con instrucciones contradictorias según la provincia. La Junta Electoral Central ha acabado urgiendo al ministerio a que adopte medidas para que la documentación de las mesas pueda consultarse de forma sencilla, lo que en la práctica es un reconocimiento de que hoy no lo es.
Las cifras de Indra que no cuadran
Otro de los focos del malestar son los resultados atribuidos al sistema informático de Indra. Circulan capturas de distritos acomodados de Madrid donde el reparto final otorga la victoria a Junts con un resultado en el que ni PP ni PSOE reciben voto alguno. Son datos que los propios denunciantes califican de imposibles y que nadie ha explicado oficialmente. La sospecha de manipulación del recuento —bautizada como
pucherazo en redes— no cuenta por ahora con ninguna resolución judicial que la respalde.
Conviene ser preciso con lo que se sabe y lo que no. No existe sentencia firme que declare un fraude en el escrutinio de las europeas. Lo que sí hay es una acumulación de anomalías documentadas por observadores independientes: actas que no se cotejan, cifras que se dan por buenas sin comprobación manual y una ausencia total de trazabilidad pública del voto. Sobre ese terreno, el silencio pesa más que cualquier prueba.
El frente judicial: del Supremo a Estrasburgo
La vía contenciosa se ha ido cerrando. El Tribunal Supremo desestimó el recurso por la impugnación de las europeas del 9 de junio, un procedimiento en el que, según la versión de los demandantes, solo SUMAR y CEUS se opusieron formalmente. El Partido Popular no presentó oposición y VOX se habría limitado a alegar a favor del cumplimiento estricto de la LOREG sin pedir la desestimación. Esa asimetría —casi nadie dispuesto a defender el recuento manual— es, para los impulsores, la prueba de que el sistema se protege solo.
La siguiente parada es Estrasburgo. El activista Luis María Pardo presentó una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos impugnando el sistema electoral español, y esa demanda ha sido admitida a trámite. La tesis que sostienen es que se denegó a los ciudadanos el acceso a una segunda instancia que el derecho administrativo reconoce con carácter general. Si el tribunal abre una vista, sería la primera vez que el mecanismo del escrutinio español se sienta en el banquillo internacional.
Cáceres pierde las actas de las europeas
En medio de todo esto, la Junta Electoral Provincial de Cáceres comunicó que no conserva las actas electorales de los comicios del 9 de junio. En el archivo histórico provincial solo constan actas hasta
1996, justo el año en que los escrutinios empezaron a informatizarse. Los denunciantes leen ahí un patrón y no un descuido: desde que la informática entró en el recuento, las actas dejaron de archivarse, y con ellas la posibilidad de comprobarlas años después. Hay quien lo resume con una frase: en Venezuela habría que falsificarlas; aquí basta con no guardarlas.
El Observatorio para la Transparencia Electoral viene denunciando esta opacidad desde hace años, con la particularidad de que solo los partidos políticos están legitimados para impugnar. Los ciudadanos que quieren que se cumpla la ley electoral se topan con un muro procesal: son testigos, no actores. Y los partidos, con excepciones contadas, tienen poco interés en remover un mecanismo que les garantiza sus escaños.
El detalle de los 500 euros de VOX
Resta un detalle que los impulsores de las impugnaciones subrayan con retintín: Iustitia Europa relata que VOX le reclamó los costes de algún procedimiento un año después, fuera de plazo, por una cantidad simbólica de
500 euros. La lectura que hacen es que la formación había detectado las mismas irregularidades que ellos pero prefirió no llevar el asunto más lejos. La disputa sobre quién defiende de verdad el escrutinio público sigue sin resolverse, y con el recuento judicializado, la admisión a trámite en Estrasburgo es hoy la única puerta abierta.