Un soldado, a prisión por viajar a Málaga mientras estaba de baja
Tres meses y un día de prisión. Esa es la condena que la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado para un soldado destinado en Melilla. El motivo: viajó a Málaga sin autorización y permaneció cuatro días fuera de su residencia cuando se encontraba de baja médica. El tribunal militar territorial segundo de Sevilla lo consideró autor de un delito de abandono de residencia, tipificado para militares en activo que se ausentan más de tres días.
La pena es la mínima legal. La resolución, que rechaza todos los recursos del condenado, deja un regusto incómodo: en pleno siglo XXI, un trabajador puede coger un tren y pasar cuatro días en otra ciudad sin pedirle permiso a nadie. Un militar, no. Y si lo hace, puede acabar en prisión.
El choque entre disciplina y derechos
El caso reabre un debate incómodo. Hay quien sostiene que el orden castrense exige esos controles y que el soldado conocía las reglas; otros consideran la condena desproporcionada y apuntan a que este tipo de leyes desincentivan el alistamiento en un Ejército que ya cobra el salario mínimo. En el aire queda una pregunta: cuántos jóvenes están dispuestos a pedir permiso para descansar cuando el resto de los mortales no tiene que hacerlo.
El dato que descoloca no es la condena, es que el Código Penal Militar siga tratando un viaje de cuatro días como un delito con pena de cárcel. La sentencia es firme. El debate, no.