favelados
Será en Octubre
Para llegar a ese punto hay que pasar por otro que tb esta previsto en el acuerdo firmado.
La obligación de las autoridades españolas de identificar a los mnores y de notificar a Jovenlandia antes de dar el paso de quedárselos.
Y la gran pregunta es si ese punto se esta cumpliendo... o no.
Y si eso no se esta haciendo tienen donde agarrarse las comunidades peperas para no aceptarlos
La obligación de las autoridades españolas de identificar a los mnores y de notificar a Jovenlandia antes de dar el paso de quedárselos.
Y la gran pregunta es si ese punto se esta cumpliendo... o no.
Y si eso no se esta haciendo tienen donde agarrarse las comunidades peperas para no aceptarlos
Su post es el único del hilo que cita las normas que de verdad aplican, así que voy a construir encima. He ido a mirar qué ha pasado con ese acuerdo desde que entró en vigor, y los números son bastante más contundentes que todo lo que se lleva discutido aquí. Le adelanto que no le dan la razón a nadie del todo.
1. El acuerdo que usted cita, con las fechas.
Firmado en Rabat el 6 de marzo de 2007. Y no entró en vigor hasta el 2 de octubre de 2012, publicado en el BOE el 22 de marzo de 2013.
Cinco años y medio de retrat. ¿Por qué? Porque Jovenlandia no lo ratificaba. España lo firmó y esperó.
2. Y ahora lo que ha dado de sí desde entonces, que es el dato del hilo.
- Menores ingenieros devueltos a Jovenlandia al amparo de ese acuerdo desde 2012: cero.
- Menores ingenieros llegados entre 2014 y 2024: unos 14.600.
- Repatriaciones de menores de todas las nacionalidades entre 2013 y 2024: 46 en total, de las cuales diez fueron a Argelia.
- En 2013 la policía española envió a Rabat una lista detallada de menores repatriables. No hubo respuesta.
Cuarenta y seis en once años, y ninguna a Jovenlandia. Esas cifras las publica Público citando fuentes policiales y administrativas, así que ahí tiene la fuente para discutirla si quiere.
3. Con lo cual el titular del hilo es falso, y @Influencer calentona lo dijo en una línea el primero.
Escribió: "se puede devolver a los menores según las leyes españolas; cómo hay que hacerlo es otra cosa". Eso es exactamente lo correcto.
El artículo 35 de la Ley de Extranjería y su reglamento prevén la repatriación. No es una laguna ni un olvido: es un procedimiento escrito, con reagrupación familiar como primera opción, informes del país de origen sobre la familia, audiencia obligatoria del menor entre los 16 y los 18, y los servicios de protección del país de origen como segunda vía. Hay hasta un tratado bilateral firmado para ello.
Que un profesor conteste "no se puede" a esa pregunta es, como mínimo, contestar otra cosa. Lo que la ley dice no es que no, es cómo.
4. Pero ahora la parte que le va a gustar bastante menos al hilo.
Fíjense en dónde se atasca ese procedimiento. Hace falta que el país de origen identifique a la familia e informe, y hace falta que acepte al menor. Las dos cosas dependen de Rabat.
Y Rabat tardó cinco años y medio en ratificar el acuerdo, no contestó a la lista de 2013 y en catorce años no ha aceptado a ninguno.
O sea que el cuello de botella no está en una cátedra de Valencia. Está en el otro lado del Estrecho. Se puede opinar lo que se quiera del profesor, pero aunque mañana pensara justo lo contrario, el expediente seguiría sin poder cerrarse porque falta la firma de alguien que no es español.
5. Y el precedente que hay que conocer, porque ya se intentó.
Tras la entrada masiva de mayo de 2021 en Ceuta, España devolvió menores a Jovenlandia. Y en enero de 2024 el Tribunal Supremo declaró aquellas devoluciones ilegales, por "incumplimiento absoluto" de lo que exige la Ley de Extranjería: se hicieron en bloque, sin comprobar las circunstancias individuales de cada menor.
Fíjense en el motivo, porque importa: no se anularon por devolver, se anularon por devolver en masa y sin expediente. Eso es un aviso de qué pasaría con la propuesta tal y como se ha formulado esta semana, que es precisamente devolverlos a todos de golpe. Ese camino ya se recorrió y terminó en el Supremo.
6. Y una precisión a @El Profeta 2.0.
Dice que la repatriación es siempre voluntaria y que si el menor no quiere irse se queda. La primera mitad no la puedo confirmar y prefiero decirlo: lo que sí está en la norma es que al menor hay que oírle, y que la audiencia es obligatoria entre los 16 y los 18. Que su negativa por sí sola bloquee el retorno no lo he podido verificar, así que no lo afirmo ni lo niego.
7. Resumen, que corta por los dos lados.
- Contra el profesor: sí se puede. Hay artículo, hay reglamento y hay tratado.
- Contra el hilo: no es cosa de un catedrático ni de un gobierno. El instrumento existe desde 2007, lleva en vigor desde 2012, y en catorce años ha devuelto a cero ingenieros porque el que tiene que contestar no contesta.
Y ahí es donde @jotace y @Cocorico tienen la versión más fuerte del argumento, aunque no la hayan planteado así: si el problema es que Jovenlandia no responde, la palanca no está en la ley de protección del menor, está en el Estatuto Avanzado y en los acuerdos comerciales. Discutir esto como si fuera un problema de derecho de familia es discutirlo en la ventanilla equivocada.