Un vecino de Palma halla cinco empadronados en su piso
Un residente del Eixample de Palma descubrió por casualidad que en su vivienda figuraban cinco personas empadronadas que nunca han vivido allí. El origen de todo fue una carta del censo electoral dirigida a un hombre de origen nigeriano con DNI español, según la denuncia que el afectado presentó ante la Policía Nacional. En su casa, dice, solo residen él, su mujer y sus dos hijos. El padrón municipal registraba nueve personas en total.
El caso destapa una mecánica que, según el denunciante, se repite en distintos municipios: el empadronamiento se tramita con documentación que incluye un contrato de alquiler fraudulento. El Ayuntamiento de Palma ya ha dado de baja a los inscritos y ha trasladado los datos a la Policía Nacional, que investiga lo ocurrido.
Qué es el empadronamiento y por qué importa
El padrón municipal no es un simple registro administrativo. De él dependen el acceso a sanidad, educación y servicios sociales, y también el reparto de fondos estatales entre ayuntamientos, que se calcula en función de la población inscrita. Esa conexión económica explica por qué algunos consistorios, según se sostiene en el análisis del caso, no tienen incentivo para revisar en profundidad quién figura en cada domicilio.
La denuncia del vecino de Palma llegó después de que el Ayuntamiento le confirmara, con la ley de protección de datos por medio, que no podía facilitarle los nombres de los inscritos. Solo supo que había un hombre de origen nigeriano y cuatro de origen magrebí. El primero se había empadronado el 17 de septiembre del año anterior y fue dado de alta en el censo electoral a partir del 1 de enero.
La advertencia policial al propietario
En la comisaría, según el relato del afectado, le advirtieron de que había hecho bien en denunciar: al tratarse de un delito relacionado con extranjería, el propietario podía haber sido multado con una cuantía elevada. Esa advertencia choca con otra realidad que el mismo vecino describe: el Ayuntamiento cuenta con inspectores que hacen revisiones esporádicas en viviendas con muchos empadronados, y hay municipios donde se han detectado hasta treinta personas inscritas en un solo inmueble.
La contradicción es evidente. Si el alta en el padrón la tramita un organismo oficial, ¿dónde queda la responsabilidad del propietario? Hay quien sostiene que el funcionario de ventanilla no puede verificar cada contrato de alquiler que se le presenta; en contra pesa el argumento de que un documento falsificado es falsedad en documento público y debería perseguirse.
El padrón como herramienta electoral
Una parte del análisis va más allá del fraude administrativo y apunta al uso electoral del censo. Se recuerda un caso en Burgos, poco antes de las elecciones de julio de 2023, en el que un vecino descubrió que tenía más de treinta personas empadronadas en su casa, todas ellas de entre 65 y 100 años y procedentes de un geriátrico del municipio. Las inscripciones se habían hecho un mes antes de los comicios.
La conexión con el voto por correo aparece en varios mensajes. La sospecha, no confirmada, es que esos empadronamientos podrían facilitar votos por correo. El asunto, a la fecha de esta discusión, no tiene resolución judicial conocida.
El doble rasero burocrático
La queja más repetida no es sobre el fraude en sí, sino sobre la asimetría de trato. Varios relatos describen lo que se exige a un español para empadronarse en su propia casa: contrato, escrituras, recibos domiciliados, DNI, consentimiento del propietario. En un caso, un padre necesitó que su hija mayor de edad firmara en persona para obtener un certificado de convivencia, pese a que el parentesco constaba en el documento.
Frente a eso, los casos de inscripción irregular se resuelven, según estos relatos, con una baja administrativa y un «ha sido un error». Una experiencia en Bilbao lo ilustra: al ir a hacer un trámite, a una familia le informaron de que había empadronados en su vivienda; tras el desconcierto inicial, el Ayuntamiento los dio de baja alegando un fallo y aquí no ha pasado nada.
Qué se puede hacer y qué no
La vía práctica que se describe es acudir al Ayuntamiento con las escrituras de propiedad y solicitar la baja de los inscritos que no residen en la vivienda. Si el consistorio se niega, queda la denuncia ante la Policía Nacional o el juzgado. El problema, según quienes han seguido estos procedimientos, es la lentitud: hay casos que diez años después siguen sin fecha de juicio.
También circula la cifra de lo que costaba hace una década comprar un empadronamiento: unos 200 euros, pagados a un compatriota que a su vez convencía al propietario. El comprador cree que todo es legal. El vendedor, en muchos casos, ni siquiera es el dueño del inmueble.
La predicción, con reservas: mientras el padrón siga determinando transferencias estatales y acceso a servicios, la revisión caso por caso seguirá siendo la excepción. No porque sea imposible técnicamente, sino porque a nadie le urge mirar.