Voluntarios para montar una SICAV

Yo el tema de la toma de decisiones lo veo complicado. Por hacer un símil simple, sería como decidir entre 100 aficionados la alineación de la selección de fútbol. Si ya costaría ponerse de acuerdo en ese caso, imaginaos habiendo dinero por el medio y, sobre todo, qué pasaría si algunas inversiones empezasen a ir mal. Veo esas situaciones ingobernables, y creo que a las primeras dificultades se rompería todo.

Subrayo lo de aficionado por otro aspecto: ¿me considero lo suficientemente buen inversor como para ganarle a un experto? En caso de turbulencias en los mercados es donde se marca la diferencia entre un experto y un novato, más susceptible a los ataques de pánico... y la verdad, no me creo mejor gestor que un experto, ni en mercados estables ni mucho menos en mercados inestables.

Por otra parte, como han dicho ya, traspasando fondos de inversión ya se puede conseguir ese diferimiento del pago de impuestos...


Peeeeeero.... dicho todo esto, la cosa cambia en los siguientes supuestos:

1) alguien que no quiere invertir en fondos de inversión porque le parece que sus comisiones son excesivas. Sería alguien que prefiere invertir directamente en acciones, forex, derivados, etc., es decir, productos en los que no se permiten traspasos sin pagar por las plusvalías.

2) alguien que quiere delegar las decisiones en un experto (gestor de fondos), pero dejarlo en una cartera fija de fondos de inversión no le es suficiente porque quiere algo más dinámico e incluso tener "cierto grado" de participación en la toma de decisiones.

Yo estoy más en el grupo 2. Es decir, creo que dejándolo en manos de un experto voy a conseguir mejor rentabilidad que haciéndolo yo mismo, pero quiero gestión activa.

Hablando de casos concretos, siempre me ha llamado la atención la rentabilidad de los fondos de la gestora Bestinver. Supongo que os suena.

Pero claro, tampoco me convence demasiado decidir yo en cual de sus fondos invertir: bolsa española, bolsa internacional, renta fija,...

Para mí la solución ideal sería: yo le dejo la pasta a un gestor, él me prepara varias carteras modelo en función del riesgo, y yo escojo entre ellas.

Pero ahí no acaba la cosa. Para mí otro aspecto fundamental es que el gestor haga una gestión activa y me proponga cambios cuando vea oportunidades/riesgos: reducir/aumentar renta variable, cambios de divisa, etc etc.

La rentabilidad del fondo de renta variable de Bestinver por ejemplo es estupenda, pero si sólo inviertes en ese fondo te comes las bajadas cuando las haya, porque el fondo esta obligado a tener su cartera 100% en bolsa, esté la situación como esté...

Sin embargo, si el experto hace una gestión activa y te propone cambios, quizás en una situación como la del 2008 conseguiría evitarte un % de la caída de las bolsas... que aunque sólo fuese un 10% a largo plazo supondría una mejora bestial... no sé si me explico.

Y ahí sí que veo muy interesante una SICAV. Un particular como yo, al disponer de poco capital, no va a conseguir una gestión "personalizada" como la que quiero, si no es pagando un alto coste, mientras que si a ese gestor le presentas un capital mínimo de 2,4 millones de € la cosa cambia, y podrás negociar mejores condiciones, e incluso basar las comisiones en resultados obtenidos, para así inventivar la gestión activa por parte del experto.

Pero insisto, yo dejaría las decisiones a tomar a simplemente escoger entre las diferentes alternativas/cambios que fuese proponiendo el experto, nunca me atrevería a "competir" con él.
 
Última edición:
Dr.Mabuse, mis felicitaciones por abrir un post con un tema que seguramente todos se nos ha pasado por la cabeza, pero cuando uno se entera de la cantidad mínima para formar una... lo deja por imposible.

Eso añadido al peliagudo tema de ¿a quien se lo confías la administración de todo ese capital reunido? (punto 1)

Punto 2: fiscalmente tengo una duda. Entiendo que cada socio tributa por separado. Ok. Pero si como dices, puede haber un grupo de "socios" que apueste por el compartimento de RV, y otros por el de cuentas en Liechtenstein (p.e.), hablamos de tributaciones distintas. Entonces, como sería la cosa: cada uno declara indicando que pertenece a la SICAV nº XXXXXXXXX, pero p.e.: ¿el de RV como se refiere a ése compartimento? A lo mejor es una pregunta sencilla, pero como no manejo mucho eso de las SICAV's....

Sin duda ninguna, se hace preciso contratar los servicios de una gestora de patrimonios, EAFI (analista financiero independiente) o si reuniesemos mucha gente un family office que "nos hiciera el favor" (pues estos suelen gestionar patrimonios mucho mas elevados que el mínimo de una SICAV.

En cuanto a lo de democratizarla, lo veo francamente IMPOSIBLE. Miremoslo desde el punto de vista psicológico y realista: somos un grupo de "pequeños inversores" intentando hacer "cosas de ricos" ¿Y en que se diferencian los pequeños de los grandes inversores? los grandes tienen educación financiera, tienen buenos asesores, y tienen enormes capitales que les permiten aguantar pérdidas de millones de euros en sus SICAVS sin despeinarse y sin ponerse nerviosos.

Lo planteo de otra manera...vienen "el Sr. Manolo" y "La sra. Manolita" a la reunión. El Sr. Manolo es un ex-director de banco de pueblo que tiene metidos 100.000 euros en la SICAV, y resulta que este trimestre ha palmado 30.000. El Sr. Manolo quiere aguantar, pero la Sra. Manolita se poner nerviosa y quiere vender......y asi, tendríamos casos continuamente.

Seamos realistas, esto es viable, pero solo si se mete gente con capital pero tambien con conocimiento financiero (recomiendo hacer un examen a todos los aspirantes, uno de verdad y no esa chorrada de test de idoneidad que te hacen hoy al contratar un producto financiero) y con los "cohone" suficientes para no vender en pérdidas.

Planteando un simil aeronáutico, esto es como si pasamos de viajar en Ryanair a comprar un Airbus mediante nuestra propia cooperativa y hacernos cargo de su gestión, mantenimiento y pilotaje. No es solo una cuestión de dinero, y si solo se orienta mediante este requisito no va a funcionar.
 
¿Qué garantías hay de que alguien se pire con la pasta?

Lo pregunto desde la total ignorancia del tema.
 
Dr.Mabuse, mis felicitaciones por abrir un post con un tema que seguramente todos se nos ha pasado por la cabeza, pero cuando uno se entera de la cantidad mínima para formar una... lo deja por imposible.

Eso añadido al peliagudo tema de ¿a quien se lo confías la administración de todo ese capital reunido? (punto 1)

Punto 2: fiscalmente tengo una duda. Entiendo que cada socio tributa por separado. Ok. Pero si como dices, puede haber un grupo de "socios" que apueste por el compartimento de RV, y otros por el de cuentas en Liechtenstein (p.e.), hablamos de tributaciones distintas. Entonces, como sería la cosa: cada uno declara indicando que pertenece a la SICAV nº XXXXXXXXX, pero p.e.: ¿el de RV como se refiere a ése compartimento? A lo mejor es una pregunta sencilla, pero como no manejo mucho eso de las SICAV's....

Respecto al punto 1, a una sociedad gestora de instituciones de inversión colectiva o a la pertinente sección de una entidad financiera.

Respecto al punto 2, la respuesta se halla en la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, en su artículo 9, que establece que:

"Podrán crearse sociedades de inversión por compartimentos en los que bajo un único contrato constitutivo y estatutos sociales se agrupen dos o más compartimentos, debiendo quedar reflejada esta circunstancia expresamente en dichos documentos. La parte del capital de la sociedad correspondiente a cada compartimento responderá exclusivamente de los costes, gastos y obligaciones atribuidos expresamente a un compartimento y de los costes, gastos y obligaciones que no hayan sido atribuidos expresamente a un compartimento, en la parte proporcional que se establezca en los estatutos sociales. Cada compartimento recibirá una denominación específica en la que necesariamente deberá incluirse la denominación de la sociedad de inversión. Cada compartimento dará lugar a la emisión de acciones o de diferentes series de acciones, representativas de la parte del capital social que les sea atribuida. A los compartimentos les serán individualmente aplicables todas las previsiones de esta ley con las especificidades que se establezcan reglamentariamente en lo referido, entre otros, al número mínimo de accionistas, capital social mínimo y requisitos de distribución del mismo entre los accionistas."
 
No me fío del marco regulador español estando la cosa tan calentita como está. Chipre se puede quedar a la altura del betún.

De todas formas suena interesante.
 
Sin duda ninguna, se hace preciso contratar los servicios de una gestora de patrimonios, EAFI (analista financiero independiente) o si reuniesemos mucha gente un family office que "nos hiciera el favor" (pues estos suelen gestionar patrimonios mucho mas elevados que el mínimo de una SICAV.

En cuanto a lo de democratizarla, lo veo francamente IMPOSIBLE. Miremoslo desde el punto de vista psicológico y realista: somos un grupo de "pequeños inversores" intentando hacer "cosas de ricos" ¿Y en que se diferencian los pequeños de los grandes inversores? los grandes tienen educación financiera, tienen buenos asesores, y tienen enormes capitales que les permiten aguantar pérdidas de millones de euros en sus SICAVS sin despeinarse y sin ponerse nerviosos.

Lo planteo de otra manera...vienen "el Sr. Manolo" y "La sra. Manolita" a la reunión. El Sr. Manolo es un ex-director de banco de pueblo que tiene metidos 100.000 euros en la SICAV, y resulta que este trimestre ha palmado 30.000. El Sr. Manolo quiere aguantar, pero la Sra. Manolita se poner nerviosa y quiere vender......y asi, tendríamos casos continuamente.

Seamos realistas, esto es viable, pero solo si se mete gente con capital pero tambien con conocimiento financiero (recomiendo hacer un examen a todos los aspirantes, uno de verdad y no esa chorrada de test de idoneidad que te hacen hoy al contratar un producto financiero) y con los "cohone" suficientes para no vender en pérdidas.

Planteando un simil aeronáutico, esto es como si pasamos de viajar en Ryanair a comprar un Airbus mediante nuestra propia cooperativa y hacernos cargo de su gestión, mantenimiento y pilotaje. No es solo una cuestión de dinero, y si solo se orienta mediante este requisito no va a funcionar.

Completamente de acuerdo con q no es solo cuestión de dinero. Como ya he dicho más atrás, es también cuestión de ser "inversores activos", entendiendo por tal inversores que quieren estar encima de sus inversiones, reflexionando sobre ellas y gestionándolas, y compartiendo información entre sí. Las ventajas: beneficios fiscales, posibilidad de realizar inversiones que individualmente no se podrían efectuar y procesos sinérgicos.

El que no se considere capacitado para hacer esto, lo mejor es que lo deje.

En cuanto a la "Sra. Manolita", si quiere vender, pues nada, el procedimiento está regulado por la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva y su Reglamento de desarrolo: si un partícipe quiere vender su participación en la Sociedad, esta está obligada a reembolsarsela en un plazo de tiempo fijado reglamentariamente, a través de su Sociedad Gestora. Por esos las SICAV están obligadas a tener un mínimo de un 3% de su capital en liquidez, para que el partícipe que quiera liquidar su participación lo haga con rapidez y transparencia. Así que la buena de Doña Manolita no tiene que venir a pegar la caricia a la Junta General. Si quiere deshacer su participación, que la deshaga sin más.

---------- Post added 15-sep-2013 at 22:43 ----------

¿Qué garantías hay de que alguien se pire con la pasta?

Lo pregunto desde la total ignorancia del tema.

Una SICAV es una Sociedad Anónima como cualquier otra, salvo por el detalle de que no se dedica a fabricar ruedas o a vender ropa. Su forma de constitución es similar. Estatutos, reglamentos, participaciones, etc., se tienen que hacer ante notario, registrarse, etc. y el dinero y activos quedarían en manos de un depositario que posiblemente sería la misma institución financiera que prestaría el servicio de gestión administrativa: por ley solo pueden ser depositarios los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, agencias y sociedades de valores y creo que nadie más.

¿Qué garantías hay de que alguien se pire con la pasta? Pues si el depositario es el Banco de Santander o el BBVA, hay las mismas posibilidades que las que hay de que se pire con el dinero de tu cuenta corriente o de tu supercuenta.

Por lo demas, las SICAV están obligadas a publicar informes trimestrales, semestrales y anuales con las cuentas. Y si a uno hay algo que no le cuadra, pues nada, a ir a la Sociedad Gestora para que le reintegren su participación, como he dicho más arriba.
 
Para los q habéis preguntado por privado. Aquí van algunas nociones básicas sobre cómo está la legislación.

Básicamente, hay q diferenciar entre dos tipos de empresas o sociedades:

1) Las empresas de servicios de inversión. Pudiéramos decir q ejercen funciones de intermediación: quien quiera gestionar capitales ajenos, directa o indirectamente, debe constituir una de estas. Salvo las EAFI, el resto de empresas de servicios de inversión tienen q adoptar la forma jurídica de sociedad anónima. Los tipos existentes son:

- Sociedades de Valores (SV). Son las q pueden ejercer cualquier tipo de actividad, incluyendo la negociación por cuenta propia y ajena. Su capital social inicial mínimo, plenamente desembolsado en el momento de su constitución, debe ser de 2.000.000 de euros.

- Agencias de Valores (AV). Solo pueden negociar por cuenta ajena. Capital social mínimo, 500.000 euros, salvo en el caso de que no pretendan adquirir la condición de miembros de mercados secundarios ni adherirse a sistemas de compensación y liquidación, y no incluyan en su programa de actividad la custodia de instrumentos financieros ni la recepción de fondos del público (de forma que, en ningún caso, puedan estar en posición deudora con sus clientes), en cuyo caso el capital social inicial mínimo será de 300.000 euros. Cuando las AV se dediquen solo a transmitir órdenes sin mantener fondos o instrumentos financieros que pertenezcan a sus clientes, deberán tener:

i) Un capital inicial de 120.000 euros; o
ii) Un seguro de responsabilidad civil profesional, un aval u otra garantía equivalente que permita hacer frente a la responsabilidad por negligencia en el ejercicio de su actividad profesional en todo el territorio de la Unión Europea, con una cobertura mínima de 2.500.000 euros por reclamación de daños, y un total de 3.500.000 euros anuales para todas las reclamaciones.
iii) Una combinación de capital inicial y de seguro de responsabilidad civil profesional que dé lugar a un nivel de cobertura equivalente al de los puntos anteriores.

- Sociedades Gestoras de Carteras (SGC). Solo pueden ejercer funciones de asesoramiento así como gestionar carteras ajenas de acuerdo con las directrices de sus clientes. Capital social inicial mínimo, 100.000 euros.

- Empresas de Asesoramiento Financiero (EAFI). Solo pueden desarrollar funciones de asesoramiento particularizadas, pero en ningún caso gestionar carteras ajenas ni negociar por cuenta propia o ajena.

2) Las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC). En este caso, no se gestionan carteras ajenas, sino q se trata de fondos puestos en común por una pluralidad de inversores, los cuales son gestionados por una Sociedad Gestora o por un Consejo de Administración. Hay dos tipos de IIC:

- los Fondos de Inversión. Se trata de patrimonios separados sin personalidad jurídica (es decir, no son una sociedad anónima ni limitada, etc.) q pertenecen a una pluralidad de inversores. El número mínimo de partícipes es de 100.
- las Sociedades de Inversión en Capital Variable (SICAV), las cuales deben adoptar la forma de Sociedad Anónima. El número mínimo de accionistas es de 100, y el capital social inicial mínimo debe ser de 2.400.000 euros.
 

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