A un conocido se le ocurrió meterse en la promoción de una urbanización en cooperativa. Iberdrola les obligó a poner un tranformador para la urbanización, a poner la línea de media tensión que llevaba la corriente, a poner las líneas de baja tensión hasta las casas, enterradas, que todavía encarece mas y cuando ya está todo terminado y pagado por los cooperativistas ¡la propiedad pasa a Iberdrola! ¡con un par!
Esto es universal y está establecido así por la legislación de urbanismo.
Antiguamente, digamos antes de 1960, las ampliaciones de la ciudad y la expansión urbanística era decidida y corría a cargo del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento, con dinero público, construía las nuevas avenidas, plazas, calles, aceras, redes de alcantarillado, alumbrado, o de agua potable. Como consecuencia de esta actuación del Ayuntamiento costeada con dinero público, los terrenos de los propietarios de la zona urbanizaba pasaban de ser tierras rusticas a ser solares urbanos. El valor de esos terrenos crecía mucho como consecuencia de la actuación del Ayuntamiento y para compensarlo estaba el "impuesto de plusvalía" que hacía que los propietarios de los terrenos colaborasen el sufragar el coste de una urbanización que había hecho aumentar el valor de sus tierras.
Los Ayuntamientos hace décadas que dejaron de poner un céntimo en la urbanización de las ampliaciones de las ciudades a pesar de lo cual, el "impuesto de plusvalías" se ha mantenido. Un impuesto que es hoy completamente ilegítimo.
En una nueva urbanización, los promotores o propietarios de terrenos que forman parte del "Plan Parcial" y a reparcelación, costean, como inversión, la construcción de todas las infraestructuras: carreteras, aceras, plazas, arbolado, parques, suministros de electricidad, gas, teléfono e Internet, agua, alcantarillado, mobiliario urbano, plazas de parking.
El coste de toda esta "nueva ciudad" es repercutido (o al menos lo intentan) en el precio de venta de viviendas, oficinas, garajes y locales que salgan.
Cada una de estas infraestructuras costeadas por los compradores o inquilinos de vivienda es entregada, por exigencia de la Ley, a precio cero, a quien la Ley encarga la gestión: Ayuntamiento, compañía de aguas municipales, distribuidor local de electricidad, teléfono o gas, etc.
A partir de ese momento, los gestores de la infraestructura comienzan a cobrar a los vecinos, que son quienes han costeado la infraestructura, un alquiler de la infraestructura.