¿Como pagar menos impuestos por una herencia?

Pinfloy

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Sobre los bienes inmuebles no pregunto porque ahí es dolido escaparse de Montoro.

Pero cual es la forma legal de pagar menos impuestos por una herencia en cash ?

Y alegal ?
 
Dependiendo de la comunidad autónoma que estés, si es mucho a heredar empadronarse en otra comunidad mas light, muchos sevillanos lo están haciendo en Madrid.

Lo mejor es traspasar todo en vida y te evitas problemas, a no ser que sea una gloria repentina da tiempo a solucionarlo, sobre todo el que va a palmarla si es responsable o si es que no le importa una guano a donde vaya todo.

Sino puedes hacerlo en vida mal pinta para toda pertenencia legal del difunto...
 
Nadie quiere pagar impuestos, pero todos votan a partidos pogre como el PP, la Psoe, Cs o Podemos…

Para que agallas sirve tener impuestos altos si luego despilfarran miles de millones?
 
Legal: que el fallecido sea residente fiscal los últimos 5 años en una comunidad a autónoma con baja imposición, o en un país similar.

Alegal: "Propinitas" poco a poco a los nietos, descendientes.... que van a una hucha particular fuera del alcance bancario...
 
Si se tiene la pasta en una -o varias- cuenta corriente, que pruebe a poner como cotitular a aquél de los herederos del que más se fíe, del que se sepa que no va a hacerle ninguna "pirula".
Pero no como mero autorizado. Como cotitular.
Un autorizado deja automáticamente de estarlo en el momento de la defunción del causante.
Si astutito (el titular) fallece a las once treinta, el autorizado no puede hacer ninguna operación a las once cuarenta y cinco. Y si lo hace por desconocer el banco tal óbito, se puede meter en problemas.
 
Si se tiene la pasta en una -o varias- cuenta corriente, que pruebe a poner como cotitular a aquél de los herederos del que más se fíe, del que se sepa que no va a hacerle ninguna "pirula".
Pero no como mero autorizado. Como cotitular.
Un autorizado deja automáticamente de estarlo en el momento de la defunción del causante.
Si astutito (el titular) fallece a las once treinta, el autorizado no puede hacer ninguna operación a las once cuarenta y cinco. Y si lo hace por desconocer el banco tal óbito, se puede meter en problemas.

No. Si se pone a alguien de cotitular en una cuenta donde ya hay dinero es = donación en vida. Con los impuestos que eso implica. Lo mismo si se ponen a transferir dinero a una cuenta con cotitular.

Recordemos que cualquier movimiento mayor a 3000 euros es comunicado a Hacienda.
 
No. Si se pone a alguien de cotitular en una cuenta donde ya hay dinero es = donación en vida. Con los impuestos que eso implica. Lo mismo si se ponen a transferir dinero a una cuenta con cotitular.

Recordemos que cualquier movimiento mayor a 3000 euros es comunicado a Hacienda.

la gente antes......había la pasta a nombre de 1, abria un deposito, cerraba cuenta, abria cuenta con nuevos titulares, vinculaba el deposito a esa cuenta, cancelaba deposito.......

:fiufiu::fiufiu:
 
Imagino que depende del patrimonio que tengas, pero existen formas legales de hacerlo si cumples una serie de requisitos, si dispones de un patrimonio importante y lo haces todo legal puedes plantearte una sociedad patrimonial es cuestion de que vayas a un asesor fiscal
Es solo una opinion
 
Nadie quiere pagar impuestos, pero todos votan a partidos pogre como el PP, la Psoe, Cs o Podemos…

Para que agallas sirve tener impuestos altos si luego despilfarran miles de millones?
Yo defiendo impuestos pogre y los mínimos para mantener un buen Estado del Bienestar.

Pero pagar dos veces por lo mismo no eh. No estoy de acuerdo con los impuestos de sucesiones, es un robo.

Saludos

---------- Post added 13-feb-2016 at 00:35 ----------

No. Si se pone a alguien de cotitular en una cuenta donde ya hay dinero es = donación en vida. Con los impuestos que eso implica. Lo mismo si se ponen a transferir dinero a una cuenta con cotitular.

Recordemos que cualquier movimiento mayor a 3000 euros es comunicado a Hacienda.
Pensamos en esa opción, pero parece que no vale por lo que dices.

Que pasarìa con el dinero de esa cuenta si uno de los cotitulares fallece ?

Saludos
 
Yo defiendo impuestos pogre y los mínimos para mantener un buen Estado del Bienestar.

Pero pagar dos veces por lo mismo no eh. No estoy de acuerdo con los impuestos de sucesiones, es un robo.

Más simpatico es lo de comprar un piso, pagar impuestos al comprarlo, pagar cada año el IBI, que para pasárselo a un descendiente la familia tenga que pagar otra vez, etc.Y como remate que el descendiente heredero de la familia super-pagadora se encuentre un día el piso recién heredado ocupado con ocupas con más derechos que los paga-impuestos.
 
Pensamos en esa opción, pero parece que no vale por lo que dices.

Que pasarìa con el dinero de esa cuenta si uno de los cotitulares fallece ?

Saludos

Pues, salvo que esté indicado de otra forma, división igual de la pasta entre los titulares de la cuenta. O sea, 50% para el vivo y 50% del difunto que entraría en las ecuaciones de la herencia.
 
El fallecido debe estar empadronado un mínimo de años en una comunidad autónoma donde no esté exento ese impuesto. Lo que significa que o se compra una casa en esa comunidad o la alquila. Como supongo que será alguien mayor, será un inconveniente fijar su casa fuera ante el estafo y seguir viviendo en su casa, porque los abuelos cada dos por tres están de médicos. Además está el riesgo que se empadronen ena comunidad de Madrid por poner un ejemplo y luego llegue la Carmena de turno, gane las autónomicas y os pille con el pie cambiado. Para mí, las mas estables en ese sentido son País Vasco y Navarra.
Alegal? Que vaya sacando poco a poco de su cuenta y lo guarde debajo del colchón. Luego no lo declareis.
 
Se pueden comprar lingotes/monedas de oro o algo parecido (a ser posible en cash para que no quede rastro) y guardarlos en algún lugar seguro dejando una llave a alguien de confianza. Si no se confía en nadie se pone una dobre cerradura en una caja fuerte: una de las llaves se le entrega a el/los herederos y la otra la llevas encima a todas horas y al fallecer los herederos se reparten lo que haya en la caja (si son varios y no se confía en un reparto justo se pone la herencia de cada uno en una caja diferente con su correspondiente llave+la maestra).

Algo así es más sencillo de implementar mediante criptografía y BTC pero eso no es para todo el mundo 😀
 
Creo que han hecho alguna normativa donde aparece que los impuestos de la herencia irán de la mano con la comunidad autónoma dónde el individuo que debe cobrarla haya permanecido más años empadronado.

Ya que he visto este hilo voy a lanzar una pregunta que justamente tiene algo que ver con el tema:

Mi abuelo falleció hace un tiempo (va a hacer 2 meses) y en mi comunidad autónoma (Castilla la mancha) se dice que puede que entre en rigor una nueva ley donde el impuesto de sucesiones cambie en unos pocos días.

Estamos en trámites aún (lectura de testamento, posible pleito por malversación de un familiar .. etc)

Dicho esto, si se cambiase esta ley, el caso de la herencia de mi abuelo se acogería a la ley anterior o sería a la nueva vigente si nos pillase en medio de todo este proceso?

Otra pregunta más.. ¿Cierra algún tipo de proceso judicial el hecho de finiquitar el impuesto de sucesiones o te cerraría alguna puerta a la hora de tener que abrir un pleito contra alguno de los familiares? Es decir, quién va a ser denunciado judicialmente le está poniendo mucha prisa en pagar el impuesto de sucesiones. Dará igual pagarlo y después seguir con el proceso, o firmarlo implica estar conforme con un testamento?
 

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