IRPF:¿Es obligatorio declarar pérdidas aunque no vayas a compensarlas con ganancias nunca?

JuanJuan

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El título lo dice casi todo.




Vendí unas acciones que compré ya ni me acuerdo cuándo. Eran de un banco que desapareció y que fue comprado por otro banco, el valor ha ido cayendo hasta que ya me he aburrido y las he vendido, perdiendo casi todo lo que pagué por ellas. (De sobre 2000 euros he recuperado sobre 150 )



El caso es que no tengo más acciones y tampoco voy a comprar más de nada, y como no voy a poder compensar esas pérdidas, la pregunta es si tengo la obligación de incluirlas en la próxima declaración o no estoy obligado.



¿Alguien lo sabe con seguridad?
 
Declaralas sin lugar a dudas

Mañana te puede tocar la loteria o ganar en algo y segun lo que sea puedes deducir las perdidas, si no recuerdo mal son deducibles durante 4 o 5 años

S2
 
Declaralas sin lugar a dudas

Mañana te puede tocar la loteria o ganar en algo y segun lo que sea puedes deducir las perdidas, si no recuerdo mal son deducibles durante 4 o 5 años

S2



¿Pero es obligatorio incluirlas en la declaración?


No me refiero a que sea conveniente, sino a si incurriría en alguna infracción ante Hacienda si no las incluyo.
 
no creo pero k te cuesta?




Pues realmente es porque no tengo muy claro cómo incluirlas en la declaración, y no me gustaría meter la pata, y si no fuera obligatorio y dado que no voy a poder compensarlas que yo sepa...¿se podría compensar con el incremento patrimonial por la venta de una vivienda?, por lo que he leído parece que no.




En lo que dudo es a la hora de hacer la declaración, cómo declararlas, ya que yo las compré en su día (2011 creo) como acciones del banco Pastor, que luego lo adquirió el Popular y se transformaron en acciones del Popular.


El importe de compra y el de venta lo tengo claro, pero: ¿cómo lo consignaría en la declaración?, ¿como acciones del banco pastor o como acciones del Popular?



¿Qué casillas debería rellenar en la declaración en la casilla 284 por ejemplo, dado que el Pastor ya no existe?, ¿debería poner Banco Popular?


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No me gustaría meter la pata, y si no fuera obligatorio declarar pérdidas, no la metería.
 
Pues realmente es porque no tengo muy claro cómo incluirlas en la declaración, y no me gustaría meter la pata, y si no fuera obligatorio y dado que no voy a poder compensarlas que yo sepa...¿se podría compensar con el incremento patrimonial por la venta de una vivienda?, por lo que he leído parece que no.




En lo que dudo es a la hora de hacer la declaración, cómo declararlas, ya que yo las compré en su día (2011 creo) como acciones del banco Pastor, que luego lo adquirió el Popular y se transformaron en acciones del Popular.


El importe de compra y el de venta lo tengo claro, pero: ¿cómo lo consignaría en la declaración?, ¿como acciones del banco pastor o como acciones del Popular?



¿Qué casillas debería rellenar en la declaración en la casilla 284 por ejemplo, dado que el Pastor ya no existe?, ¿debería poner Banco Popular?


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No me gustaría meter la pata, y si no fuera obligatorio declarar pérdidas, no la metería.
a ver, vete al apartado de acciones, y pones precio de compra y de venta, como si se ha cambiado 4 veces de nombre o han hecho 5 fusiones, tu pon el valor de compra y el de venta.

un consejo, si bajas a 0.5-0.6 recompra y cuando suban a 1.5 las vendes y te quedas en tablas, de nada
 
Por supuesto que debes declararlas. De lo contrario te arriesgas a que hacienda te haga la paralela y te las incluya fruta solo el valor de venta, poniendote un cero patatero en el valor de compra. Y como se te pasen los 10 días que te dan para alegaciones te tragas la parelela.

Así que si tienes perdidas decláralas y no te pasará nada y te quitas de líos.

En cuanto a las casillas de la declaración, si tienes dudas, espera a que hacienda te envíen tus datos fiscales y las pones en el mismo número de casilla que te pongan en tus datos fiscales.

En cuanto al nombre del banco pon el cif y la denominación que venga en los datos fiscales.
 
Haz caso a lo que te he y han dicho, es simplemente entrar en la casilla de ganancias o perdidas patrimoniales

Si no llama al telefono de ayuda y te diran la casilla exacta, solo tienes que poner el nombre de la accion y lo que te costo, y por lo que la has vendido

Facil a tope

Por cierto en el apartado de ayuda de de la declaracion tambien lo pone explicado

S2
 
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