Muy a mi pesar, creo que sha-256, jamie dimon et al, tenían razón... sota_de_espadas cambia de opinión sobre btc

A Hacienda le importa un pandero si holdeas desde hace 15 años, la cosa es que ahora VENDES, y ésa es la clave. Por tanto, te van a quitar hasta la camisa.
Te quitarán lo que te corresponde. El I.P de los ejercicios no prescritos y en el IRPF el total de tus ventas en la base del ahorro.
Todo lo demás son asustaviejas

Dos acotaciones:

1.- No hay multas, lo único que hay son recargos, ya que no existe requerimiento.
2.- Si, evidentemente, empezando por no tener en cuenta la revalorización del BTC especialmente en los últimos dos años, lo que significaría menos recargo, intereses y cuota del impuesto.

Pero voy a estar ahora a ponerme a hacer cálculos que cualquiera los puede hacer en su casa.
Y no has contado la posibilidad de que se te pueda aplicar el "escudo fiscal" por lo que podría salir a pagar cantidades relativamente bajas.
 
todo eso, para pasarlo de un activo duro, a uno que cualquier día sucede un hiperinflación y tienes que ir a comprar el pan con una carretilla de billetes.
 
¿Y de dónde han ansioso esos activos primigenios? Vale, al banco le vale. pero a Hacienda, si no puedes justificar el origen de esos activos primigenios, no. Y te quedas sin casa igual porque se la queda Hacienda. Chuli, ¿eh?
Eso a Hacienda realmente le da igual. Les dices que minaste los bitcoins y que perdiste las claves intermedias y solamente dispones de las claves de las direcciones donde se encuentran actualmente. Valor de adquisición = 0. A hacienda eso le importa poco. Pagas la plusvalía completa y ya está.

Eso sí, hazlo residiendo en una jurisdicción donde esas plusvalías paguen poco impuesto y donde los bancos que operan con las firmas de inversión dan pocos problemas con tus criptoactivos.

Una vez has bancarizado ese dinero, ha pasado el compliance de la firma de inversión y dispones del documento que asegura un origen genérico de esos activos, ya puedes hacer lo que te salga de los agallas y el rastro cripto se perderá justo ahí.
 
Te quitarán lo que te corresponde. El I.P de los ejercicios no prescritos y en el IRPF el total de tus ventas en la base del ahorro.
Todo lo demás son asustaviejas


Y no has contado la posibilidad de que se te pueda aplicar el "escudo fiscal" por lo que podría salir a pagar cantidades relativamente bajas.
¿Pero de qué NO PRESCRIPCIÓN hablas? Tú vendes ahora, sacas X millones, y eso es lo que prescribe dentro de 5 años, esa venta que haces ahora (Hacienda lo llama "permuta", porque Bitcoin es una divisa). Estaría bueno que porque tienes las criptos desde hace 15 años ahora pudietas vender sin problemas porque "ya ha prescrito" JOJOJO.

En serio, no decís más que dislates.
 
Eso a Hacienda realmente le da igual. Les dices que minaste los bitcoins y que perdiste las claves intermedias y solamente dispones de las claves de las direcciones donde se encuentran actualmente. Valor de adquisición = 0. A hacienda eso le importa poco. Pagas la plusvalía completa y ya está.

Eso sí, hazlo residiendo en una jurisdicción donde esas plusvalías paguen poco impuesto y donde los bancos que operan con las firmas de inversión dan pocos problemas con tus criptoactivos.

Una vez has bancarizado ese dinero, ha pasado el compliance de la firma de inversión y dispones del documento que asegura un origen genérico de esos activos, ya puedes hacer lo que te salga de los agallas y el rastro cripto se perderá justo ahí.
No es aaí con la Hacienda española. Si dices que minaste esos BTC, te exigirán los tickets de compra de los mineros, además de pruebas (las claves), de esos BTC minados, además de que podrán rastrear los BTC hasta su minado (si no hay un mixer de por medio, en cuyo caso ya veremos a ver qué se sacan de la manga), y si proceden de una wallet con 50 BTC minados antes del primer halving (algo que es muy fácil de trazar), y estás regularizando 10 BTC, argumentando que los minaste hace 15 años, te van a encalomar los otros 40.

En serio, sólo decís que mamonadas y no sabéis cómo funciona la AEAT.
 
Última edición:
No es aaí con la Hacienda española. Si dices que minaste esos BTC, te exigirán los tickets de compra de los mineros, además de pruebas (las claves), de esos BTC minados, además de que podrán rastrear los BTC hasta su minado (si no hay un mixer de por medio, en cuyo caso ya veremos a ver qué se sacan de la manga), y si proceden de una wallet con 50 BTC minados antrs del primer halving (algo que es muy fácil de trazar), y estás regularizando 10 BTC, argumrntando que los minaste hace 15 años, te van a encalomar los otros 40.

En serio, sólo decís que mamonadas y no sabéis cómo funciona la AEAT.
Lo primero que he dicho es que no lo hagas en España. Asunto solucionado. Te vas a Alemania, esperas un año y tus bitcoins ya no tienen que pagar plusvalía. O te vas a hacerlo a un país con fiscalidad territorial. Las propias firmas de inversión ubicadas en jurisdicciones más amigables con Bitcoin te asesoran en cómo hacerlo. Algunos bancos en jurisdicciones favorables, como por ejemplo el Sarracena en Andorra incluso te ofrecen préstamos depositando bitcoins como garantía. ¿Qué tiene que decir Hacienda frente a un préstamo personal que te ofrece un banco?
 
Lo primero que he dicho es que no lo hagas en España. Asunto solucionado. Te vas a Alemania, esperas un año y tus bitcoins ya no tienen que pagar plusvalía. O te vas a hacerlo a un país con fiscalidad territorial. Las propias firmas de inversión ubicadas en jurisdicciones más amigables con Bitcoin te asesoran en cómo hacerlo. Algunos bancos en jurisdicciones favorables, como por ejemplo el Sarracena en Andorra incluso te ofrecen préstamos depositando bitcoins como garantía. ¿Qué tiene que decir Hacienda frente a un préstamo personal que te ofrece un banco?
Pues mira, Alemania está en la UE y Andorra ya está domeñada en cuestiones de AML policies desde hace no menos de 10 años, igual que Suiza desde la lista Falciani. ¿Dónde pidió asilo político Falciani? Premio, en España.

TODAS las entidades de dichos países que te reciban como ciudadano español, tienen la obligación de comunicarle a la AEAT cualquier movimiento de esa envergadura que quieras realizar. Cosa diferente es que acredites residencia fiscal en esos países y en tal caso ya veríamos qué hace Eapaña, porque sigues siendo español y no andorrano ni alemán, y España se va a enterar, pero mira lo que le pasó a Shakira, que ni siquiera es eapañola de nacimiento. Y Shakira es Shakira, la artista latina más importante del globo, nada que ver con un piuto bitcoñero que tenga 50 BTC que es un matao, aunque sean 5 kilos.

Escapar de Hacienda es IMPOSIBLE. IM-PO-SI-BLE. Salvo que hablemos ya de irte a territorios rollo República Dominicana, Barbados, etc. O quizá a Estados como Delaware en USA.
 
Última edición:
Sí. Hasta que Hacienda te pregunte que cómo agallas compraste la casa de Andorra previa a la compra de la casa actual y que por qué siendo ciudadano español ellos no tenían constancia de ese patrimonio tuyo con el que compraste esa casa de Andorra. Eres español. Tienes que declarar TODO LO QUE TIENES AL FISCO.

En fin, se os ocurren unas ideas de bombero brutales.
Sí, tú declara hasta la talla de calzoncillos por tu seguridad.

Las personas normales declaran las ganancias patrimoniales cuando se produce un hecho imponible, es decir, cuando existe una permuta bien sea por fiat u otro bien o activo.
 
Las compras sin KYC las puedes justificar con un comprobante de compra siempre y cuando puedas probar el origen de los fondos, no tiene más misterio.

Si ha sido por cuenta bancaria es fácil, si ha sido con efectivo de dudosa procedencia que no puedes demostrar que ha ansioso de tu cuenta se complica. En el peor de los casos te lo pondrán a coste 0.
 
¿Pero de qué NO PRESCRIPCIÓN hablas? Tú vendes ahora, sacas X millones, y eso es lo que prescribe dentro de 5 años, esa venta que haces ahora (Hacienda lo llama "permuta", porque Bitcoin es una divisa). Estaría bueno que porque tienes las criptos desde hace 15 años ahora pudietas vender sin problemas porque "ya ha prescrito" JOJOJO.

En serio, no decís más que dislates.
¿Pero te lees los post antes de contestar o tú diarrea de escribir compulsivamente te impide hacerlo? Porque, respecto de las prescricciones, se hablaba principalmente del impuesto de patrimonio aunque también afectaria a otros supuestos como mineria.

Creo que nadie duda que hacienda exigira su mordida si vendes criptos y, si son cantidades grandes, te pedirá tus direcciones para hacer sus criptoanálisis por lo que ya he dicho que, si decides dar este paso deberás asumir, salvo casos muy raros, que hacienda conocerá todo tu portfolio.

Pero lo que tienes que tener en cuenta son los plazos y condiciones. Si estás en esta situación y tienes un poco de cabeza, el ahorro en impuestos, especialmente IP, puede ser muy importante.
 
Sí, tú declara hasta la talla de calzoncillos por tu seguridad.

Las personas normales declaran las ganancias patrimoniales cuando se produce un hecho imponible, es decir, cuando existe una permuta bien sea por fiat u otro bien o activo.
Yo te estoy diciendo lo que hay. Tú no puedes declarar una permuta de algo que no tienes. Si la declaras, es que tenías algo que no declaraste en su momento.
 
Las compras sin KYC las puedes justificar con un comprobante de compra siempre y cuando puedas probar el origen de los fondos, no tiene más misterio.

Si ha sido por cuenta bancaria es fácil, si ha sido con efectivo de dudosa procedencia que no puedes demostrar que ha ansioso de tu cuenta se complica. En el peor de los casos te lo pondrán a coste 0.
Eso es falso, porque habrás tenido un patrimonio sin declarar durante muchos años.
 
Yo te estoy diciendo lo que hay. Tú no puedes declarar una permuta de algo que no tienes. Si la declaras, es que tenías algo que no declaraste en su momento.
A ver honkytont, tienes obligación de declarar lo que tengas en exchanges a partir de 50k a final de año pero nadie te obliga a declarar lo que hayas acumulado en tu wallet.

En el momento que realices una permuta es obvio que lo tienes que declarar. Pero mientras no haya permutas aunque quieras no lo puedes declarar porque no hay ganancia o pérdida patrimonial. Ni siquiera existe casilla para ello salvo que superes el mínimo del impuesto de patrimonio.

Pero lo dicho, eres libre de ir a hacienda a darle la talla de tus gayumbos.
 
A ver honkytont, tienes obligación de declarar lo que tengas en exchanges a partir de 50k a final de año pero nadie te obliga a declarar lo que hayas acumulado en tu wallet.

En el momento que realices una permuta es obvio que lo tienes que declarar. Pero mientras no haya permutas aunque quieras no lo puedes declarar porque no hay ganancia o pérdida patrimonial. Ni siquiera existe casilla para ello salvo que superes el mínimo del impuesto de patrimonio.

Pero lo dicho, eres libre de ir a hacienda a darle la talla de tus gayumbos.
¿Pero tú lees lo que yo digo o eres simple perdido? Y vas a llamar Honkytont a tu querida progenitora.

Claro que bo tienes que declarar una wallet fría, no es obligatorio, salvo que supere el umbral de Patrimonio.

Pero en cuanto lo declares, Hacienda verá que era dinero B que en lugar de tener debajo del colchón, tenías en una wallet. ¿Y de dómde.shishi has conseguido ese dinero zain?

Una cosa es que tengas una fruta wallet con mil lechons euros en BTC, y otras que tengas medio kilo o un kilo, palos.
 
¿Y de dómde.shishi has conseguido ese dinero zain?
Si eres un early adopter esos 20 btc equivalentes a 2 millones te habrán costado cuatro cortesana. ¿En serio no puedes justificar el origen de cuatro cortesana, como rendimiento de trabajo o lo que sea?

Hasta el exchange más lechon y tacaño te genera csv y tiquets de compra, si los conservas podrías hasta deducirte el precio de compra.
 
¿Pero tú lees lo que yo digo o eres simple perdido? Y vas a llamar Honkytont a tu querida progenitora.

Claro que bo tienes que declarar una wallet fría, no es obligatorio, salvo que supere el umbral de Patrimonio.

Pero en cuanto lo declares, Hacienda verá que era dinero B que en lugar de tener debajo del colchón, tenías en una wallet. ¿Y de dómde.shishi has conseguido ese dinero zain?

Una cosa es que tengas una fruta wallet con mil lechons euros en BTC, y otras que tengas medio kilo o un kilo, palos.
Es que tener un kilo en España y declararlo es del género bobo y solo se lo plantea un demorado como tú.

Ese "dinero zain" que mencionas habrá ansioso de algún lado, si puedes demostrar que lo has adquirido de manera lícita y aportar comprobantes qué problema tienes?

Tu problema real es que eres emprendedor en España y no tienes ni medio. Con lo cagón que eres tampoco te imagino comprando en cash vía P2P.

Holdea duro 10 años y contrata un asesor.
 
Si eres un early adopter esos 20 btc equivalentes a 2 millones te habrán costado cuatro cortesana. ¿En serio no puedes justificar el origen de cuatro cortesana, como rendimiento de trabajo o lo que sea?

Hasta el exchange más lechon y tacaño te genera csv y tiquets de compra, si los conservas podrías hasta deducirte el precio de compra.
Eso sí, pero tendrías que haber pagado patrimonio desdes hace años, aparte dw que aquí hablan de "sacar" 10 BTC de una wallet con decenas de BTC y regularizar sólo eso. Las tonterías que se dicen aquí son absurdas. Hay casos muy concretos que sí, obviamente.
 
Es que tener un kilo en España y declararlo es del género bobo y solo se lo plantea un demorado como tú.

Ese "dinero zain" que mencionas habrá ansioso de algún lado, si puedes demostrar que lo has adquirido de manera lícita y aportar comprobantes qué problema tienes?

Tu problema real es que eres emprendedor en España y no tienes ni medio. Con lo cagón que eres tampoco te imagino comprando en cash vía P2P.

Holdea duro 10 años y contrata un asesor.
Vete a tomar por pandero, tú qué shishi sabrás lo que yo hago. ¿Comprobantes de qué? ¿De qué le valen a Hacienda unos "comprobantes" -que debes conservar después de 13 años-, si la wallet tiene una tx de hace meses? Sois más simple que Abundio.
 
Vete a tomar por pandero, tú qué shishi sabrás lo que yo hago. ¿Comprobantes de qué? ¿De qué le valen a Hacienda unos "comprobantes" -que debes conservar después de 13 años-, si la wallet tiene una tx de hace meses? Sois más simple que Abundio.
Comprobantes de compra para demostrar el origen de los fondos Honkytont, de eso estamos hablando. Si tienes una tx de hace meses en la que vendes o gastas debes declararla, en caso de que muevas fondos entre tus wallets o compres no hay nada que declarar. De nada retarded.
 
Comprobantes de compra para demostrar el origen de los fondos Honkytont, de eso estamos hablando. Si tienes una tx de hace meses en la que vendes o gastas debes declararla, en caso de que muevas fondos entre tus wallets o compres no hay nada que declarar. De nada retarded.
Tú sí que eres un puro retarded, besugo.

Nada, tú coge y declara una wallet con 10 BTC que moviste hace tres meses de una wallet con 50 BTC, verás lo que pasa. Vas a descubrir lo que es el delito de lavado de dinero de capitales y el delito de falsedad documental, entre otros varios, de un plumazo, zascandil.
 
Tú sí que eres un puro retarded, besugo.

Nada, tú coge y declara una wallet con 10 BTC que moviste hace tres meses de una wallet con 50 BTC, verás lo que pasa. Vas a descubrir lo que es el delito de lavado de dinero de capitales y el delito de falsedad documental, entre otros varios, de un plumazo, zascandil.
Dejo de participar en tu conversación de besugos.
 
Por eso me salí de las criptos hace años, ya barruntaba lo chunga que se iba a poner Hacienda con ellas.

Ahora he vuelto vía ETFs. Un churro si hay algún evento rellenito, pero bueno, diversifico entre varios activos.
 
Por eso me salí de las criptos hace años, ya barruntaba lo chunga que se iba a poner Hacienda con ellas.

Ahora he vuelto vía ETFs. Un churro si hay algún evento rellenito, pero bueno, diversifico entre varios activos.
Claro porque con ETF no tributas. Fin del hilo, no cabe un simple más.
 

Estadísticas del foro

Temas
2.048.833
Mensajes
58.129.267
Miembros
190.817
Último miembro
Willmor

El blog de burbuja.info

Volver