Es Supremo sobre la Ley de Nietos: "supone un peligro fundado, real y serio para las elecciones".

Es Supremo sobre la Ley de Nietos: "supone un peligro fundado, real y serio para las elecciones".
RESUMEN DEL MENSAJE INICIAL · elaborado con IA

La Ley de Nietos, que permite la nacionalidad a descendientes de españoles, genera un "peligro fundado, real y serio" para las elecciones, según el Tribunal Supremo. Se paralizan los efectos en el censo electoral de los nuevos nacionalizados por esta vía.

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El Supremo frena la Ley de Nietos

La Ley de Nietos, que permite la nacionalidad a descendientes de españoles, genera un "peligro fundado, real y serio" para las elecciones, según el Tribunal Supremo. Se paralizan los efectos en el censo electoral de los nuevos nacionalizados por esta vía.

El Tribunal Supremo ha puesto el freno a la aplicación de la Ley de Nietos en lo que respecta al censo electoral, alegando un "peligro fundado, real y serio" para la transparencia y objetividad de los procesos electorales. La decisión, que estima medidas cautelares solicitadas por el partido Iustitia Europa y Vox, se basa en un notable incremento en el número de españoles residentes ausentes inscritos en el censo (CERA) desde la entrada en vigor de la ley.

Incremento sin precedentes en el CERA

Desde que la Ley 20/2022, conocida como Ley de Nietos, comenzó a aplicarse, se ha observado un aumento "excepcional" de electores inscritos en el CERA. Los datos apuntan a que a 1 de julio de 2026 había 2.736.522 electores en este censo, frente a los 2.328.260 registrados para las elecciones generales de 2023. Esto supone un incremento de 408.262 electores en poco más de un año. Algunas circunscripciones, como Madrid y Barcelona, han experimentado aumentos particularmente significativos, con 115.572 y 43.439 electores más respectivamente. Este incremento, según el Alto Tribunal, no se había producido con anterioridad a la vigencia de la ley y su instrucción interpretativa.

Riesgo de alteración y daño irreversible

El Supremo considera que este aumento "extraordinario" y su "constante aumento" pueden alterar la regularidad jurídica del censo electoral. La Sala argumenta que la incidencia de estos nuevos inscritos en las diferentes circunscripciones electorales puede afectar a la transparencia del proceso y a la confianza ciudadana en los resultados. Se genera, por tanto, una "circunstancia fundada de incertidumbre sobre el resultado electoral". El riesgo de que esta tendencia continúe y genere un "daño irreversible a la rectitud y corrección" del proceso electoral es lo que ha llevado a la paralización cautelar de los efectos de la ley en el censo.

Voto particular y matices

A pesar de la decisión mayoritaria, la magistrada María Alicia Millán ha emitido un voto particular. En su opinión, la mera adquisición de la nacionalidad española bajo la ley controvertida no es suficiente, por sí sola, para justificar la paralización. Señala que las nacionalidades se han adquirido conforme al marco normativo vigente en su momento, y que la eventual estimación de un recurso posterior no debería transformar retrospectivamente en ilegítimas situaciones jurídicas ya consolidadas. La magistrada considera que no existe un "riesgo cualificado" que haga necesaria la exclusión del voto de estos ciudadanos.

- El Tribunal Supremo ha paralizado los efectos de la Ley de Nietos en el censo electoral.

- Se ha registrado un aumento de 408.262 electores en el CERA hasta el 1 de julio de 2026.

- La decisión se basa en un "peligro fundado, real y serio" para las elecciones.

- Iustitia Europa y Vox solicitaron las medidas cautelares.

Datos clave
  • El Tribunal Supremo ha paralizado los efectos de la Ley de Nietos en el censo electoral.
  • Se ha registrado un aumento de 408.262 electores en el CERA hasta el 1 de julio de 2026.
  • La decisión se basa en un "peligro fundado, real y serio" para las elecciones.
  • Iustitia Europa y Vox solicitaron las medidas cautelares.
Resumen generado con inteligencia artificial a partir del primer mensaje del tema.

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Al PSOE se le pone cada vez más complicado repetir lo del 36:


El Supremo dice que la Ley de Nietos supone un "peligro fundado, real y serio" para las elecciones​

Se aprecia un "incremento excepcional de electores inscritos en el CERA, que no se había producido con anterioridad a la vigencia de la Ley 20/2022".​

(imagen visible para usuarios registrados)Pablo PardoSeguir a pablopardop0206
10/9/2026 - 15:19
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(imagen visible para usuarios registrados)El Tribunal Supremo celebra dos vistas para estudiar las medidas cautelares solicitadas por el partido Iustitia Europa y Vox | EFE

El Tribunal Supremo alerta de que el elevado número de altas en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (conocido como CERA) puede suponer "un riesgo de alteración" en el censo electoral y justifica así las medidas cautelares solicitadas por Iustitia Europa.

Este lunes se produjeron las dos vistas orales en el Tribunal Supremo para escuchar las peticiones realizadas en primer lugar por Iustitia Europa y después por Vox. Días más tarde se conocía la decisión del Alto Tribunal de estimar las medidas cautelares solicitadas por Iustitia Europa de paralizar los efectos en el censo electoral de extranjeros de aquellos ciudadanos que hayan conseguido la nacionalidad basándose en la Ley de Nietos.

"Existe ese riesgo de alteración del censo electoral por la vía de un incremento excepcional de la cifra de nuevos inscritos en el CERA, que afecta también a su regularidad jurídica", señala el auto del Tribunal Supremo, al que ha tenido acceso Libertad Digital.

Los datos aportados por Iustitia Europa, y que no han sido rechazados por la Junta Electoral Central (JEC) y la Abogacía del Estado, señalan que "a 1 de julio de 2026 una cifra total de inscritos en el CERA de 2.736.522 electores, frente a los 2.328.260 electores correspondientes a las elecciones generales de 2023. Esto es, por tanto, un total de 408.262 electores más, de los que circunscripciones electorales como Madrid, con 115.572 electores más o Barcelona, con 43.439 electores más, revelan un incremento excepcional de electores inscritos en el CERA, que no se había producido con anterioridad a la vigencia de la Ley 20/2022 y de la Instrucción que interpreta la aplicación de la Disposición Adicional 8ª.1.Inciso primero de la misma".

(imagen visible para usuarios registrados)El Supremo paraliza el voto de la Ley de Nietos: un censo que beneficia históricamente al PSOEPablo Pardo
De esta manera, el Supremo entiende que este incremento "extraordinario" de electores inscritos en el CERA, el hecho de que esté en "constante aumento" y que esté "unido a la incidencia que pueda tener en los censos de electores así conformados en las diferentes circunscripciones" es motivo suficiente para que la Sala lo valore "ya que pueden afectar a la transparencia del proceso electoral y a la confianza de la ciudadanía en sus resultados, amén de generar una circunstancia fundada de incertidumbre sobre el resultado electoral".

Relacionado​

Por todo ello el Supremo entiende que existe un riesgo de que este número siga aumentando y que con ello se genere "un peligro fundado, real y serio de poder afectar gravemente a la objetividad y transparencia del proceso electoral" y que cause un "daño irreversible a la rectitud y corrección".

Voto particular​

A pesar de que el Supremo haya aceptado las medidas cautelares solicitadas, el auto incorpora el voto particular de la Magistrada de la Sala Tercera María Alicia Millán. "Conviene señalar que la mera circunstancia de que un determinado número de personas haya adquirido la nacionalidad española al amparo de la Disposición Adicional y de la Instrucción controvertidas no constituye, por sí sola, un elemento apto para justificar la concurrencia del periculum in […] [peligro en la demora]", señala la magistrada.

Millán entiende que las nacionalidades se han adquirido "conforme al marco normativo vigente" por lo que no se le puede atribuir un "riesgo cualificado" que haga necesaria la adopción de la medida cautelar solicitada de excluirles del voto.

"La eventual estimación del recurso no transforma retrospectivamente en ilegítimas las situaciones jurídicas nacidas al amparo de una normativa plenamente aplicable en el momento de su reconocimiento, ni permite inferir, sin más, la existencia de perjuicios irreparables o de imposible reparación que justifiquen la tutela cautelar solicitada", explica.
 
Estamos ante un intento de golpe de Estado por parte de la PSOE (otro más)

¿Cuándo se va a aplicar la condena por delito de alta traición para todos los políticos y periodistas que han defendido y siguen defendiendo este golpe de Estado encubierto?
 
El tribunal Supremo diciendo la verdad.

Es increíble.

¿Aún podemos confiar en algunas instituciones? O son relojes estropeados?

Ah, leyendo el texto hasta el final, dice que el medio millón que ya están inscritos para dar su voto al PSOE no se pueden anular. Ya me parecía a mí...
 
libertaddigital.es

A pesar de que el Supremo haya aceptado las medidas cautelares solicitadas, el auto incorpora el voto particular de la Magistrada de la Sala Tercera María Alicia Millán. "Conviene señalar que la mera circunstancia de que un determinado número de personas haya adquirido la nacionalidad española al amparo de la Disposición Adicional y de la Instrucción controvertidas no constituye, por sí sola, un elemento apto para justificar la concurrencia del periculum in […] [peligro en la demora]", señala la magistrada.


No encuentro mucho sobre nuestra Mª Alicia.

Pero sí que en este medio digital desarrollan algo más el argumento de la magistrada:

elconfidencial.com
Frente a la tesis mayoritaria de la Sala, que aprecia un "peligro real" por el rápido aumento de más de 400.000 nuevos electores en el censo exterior (CERA), la magistrada advierte de que el verdadero daño lo genera la propia suspensión. Para Millán Herrandis, bloquear estos expedientes supone "la privación de uno de los efectos más relevantes inherentes al reconocimiento de la nacionalidad española, cual es la participación en los procesos electorales en los términos establecidos por las leyes".

En su ponderación de los intereses en conflicto, la jueza desmonta la urgencia de la medida (el periculum in […]). Subraya que el temor a una alteración del censo se construye sobre una "hipótesis futura e incierta, vinculada a la eventual incidencia que tales inscripciones pudieran tener en procesos electorales"



O sea, el que sea un mecanismo de alteración del censo... vaaaa, naaaada, son cosas que pasan.

Lo importante para esta magistrada es que la ley que regula los derechos adquiridos tras ser nacionalizado era ANTERIOR a la aprobación de la regulación de ese Gobierno que hace "el truco".

Lo de ver la relación de: interés espurio + aprobación de una regularización masiva... noooo, eso no tiene nada que ver. Pero nada, nada, ¿eh?
 
El tribunal Supremo diciendo la verdad.

Es increíble.

¿Aún podemos confiar en algunas instituciones? O son relojes estropeados?

Ah, leyendo el texto hasta el final, dice que el medio millón que ya están inscritos para dar su voto al PSOE no se pueden anular. Ya me parecía a mí...
No quiero pensar mal, pero la condena a su anterior jefe y el declive sanchista como forma de gobierno mirando a futuro, les obligará a ser escrupulosos con la aplicación de la ley y esforzarse menos en rocabolescas interpretaciones.

Andan por ahí en plena depuración de díscolos en posición para las generales... Lo que faltaba a Sánchez para desatar el nudo de una guerra interna que ya veremos hasta dónde llega.

El número de "facinerosos" no para de crecer y sospecho que la caza de brujas en marcha no reducirá su número precisamente.
 
Al PSOE se le pone cada vez más complicado repetir lo del 36:


El Supremo dice que la Ley de Nietos supone un "peligro fundado, real y serio" para las elecciones​

Se aprecia un "incremento excepcional de electores inscritos en el CERA, que no se había producido con anterioridad a la vigencia de la Ley 20/2022".​

(imagen visible para usuarios registrados)Pablo PardoSeguir a pablopardop0206
10/9/2026 - 15:19
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(imagen visible para usuarios registrados)El Tribunal Supremo celebra dos vistas para estudiar las medidas cautelares solicitadas por el partido Iustitia Europa y Vox | EFE

El Tribunal Supremo alerta de que el elevado número de altas en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (conocido como CERA) puede suponer "un riesgo de alteración" en el censo electoral y justifica así las medidas cautelares solicitadas por Iustitia Europa.

Este lunes se produjeron las dos vistas orales en el Tribunal Supremo para escuchar las peticiones realizadas en primer lugar por Iustitia Europa y después por Vox. Días más tarde se conocía la decisión del Alto Tribunal de estimar las medidas cautelares solicitadas por Iustitia Europa de paralizar los efectos en el censo electoral de extranjeros de aquellos ciudadanos que hayan conseguido la nacionalidad basándose en la Ley de Nietos.

"Existe ese riesgo de alteración del censo electoral por la vía de un incremento excepcional de la cifra de nuevos inscritos en el CERA, que afecta también a su regularidad jurídica", señala el auto del Tribunal Supremo, al que ha tenido acceso Libertad Digital.

Los datos aportados por Iustitia Europa, y que no han sido rechazados por la Junta Electoral Central (JEC) y la Abogacía del Estado, señalan que "a 1 de julio de 2026 una cifra total de inscritos en el CERA de 2.736.522 electores, frente a los 2.328.260 electores correspondientes a las elecciones generales de 2023. Esto es, por tanto, un total de 408.262 electores más, de los que circunscripciones electorales como Madrid, con 115.572 electores más o Barcelona, con 43.439 electores más, revelan un incremento excepcional de electores inscritos en el CERA, que no se había producido con anterioridad a la vigencia de la Ley 20/2022 y de la Instrucción que interpreta la aplicación de la Disposición Adicional 8ª.1.Inciso primero de la misma".

(imagen visible para usuarios registrados)El Supremo paraliza el voto de la Ley de Nietos: un censo que beneficia históricamente al PSOEPablo Pardo
De esta manera, el Supremo entiende que este incremento "extraordinario" de electores inscritos en el CERA, el hecho de que esté en "constante aumento" y que esté "unido a la incidencia que pueda tener en los censos de electores así conformados en las diferentes circunscripciones" es motivo suficiente para que la Sala lo valore "ya que pueden afectar a la transparencia del proceso electoral y a la confianza de la ciudadanía en sus resultados, amén de generar una circunstancia fundada de incertidumbre sobre el resultado electoral".

Relacionado​

Por todo ello el Supremo entiende que existe un riesgo de que este número siga aumentando y que con ello se genere "un peligro fundado, real y serio de poder afectar gravemente a la objetividad y transparencia del proceso electoral" y que cause un "daño irreversible a la rectitud y corrección".

Voto particular​

A pesar de que el Supremo haya aceptado las medidas cautelares solicitadas, el auto incorpora el voto particular de la Magistrada de la Sala Tercera María Alicia Millán. "Conviene señalar que la mera circunstancia de que un determinado número de personas haya adquirido la nacionalidad española al amparo de la Disposición Adicional y de la Instrucción controvertidas no constituye, por sí sola, un elemento apto para justificar la concurrencia del periculum in […] [peligro en la demora]", señala la magistrada.

Millán entiende que las nacionalidades se han adquirido "conforme al marco normativo vigente" por lo que no se le puede atribuir un "riesgo cualificado" que haga necesaria la adopción de la medida cautelar solicitada de excluirles del voto.

"La eventual estimación del recurso no transforma retrospectivamente en ilegítimas las situaciones jurídicas nacidas al amparo de una normativa plenamente aplicable en el momento de su reconocimiento, ni permite inferir, sin más, la existencia de perjuicios irreparables o de imposible reparación que justifiquen la tutela cautelar solicitada", explica.
Es que olia a 7000 kms de distancia el pucherazo.
 

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