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Al PSOE se le pone cada vez más complicado repetir lo del 36:
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10/9/2026 - 15:19
El Tribunal Supremo alerta de que el elevado número de altas en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (conocido como CERA) puede suponer "un riesgo de alteración" en el censo electoral y justifica así las medidas cautelares solicitadas por Iustitia Europa.
Este lunes se produjeron las dos vistas orales en el Tribunal Supremo para escuchar las peticiones realizadas en primer lugar por Iustitia Europa y después por Vox. Días más tarde se conocía la decisión del Alto Tribunal de estimar las medidas cautelares solicitadas por Iustitia Europa de paralizar los efectos en el censo electoral de extranjeros de aquellos ciudadanos que hayan conseguido la nacionalidad basándose en la Ley de Nietos.
"Existe ese riesgo de alteración del censo electoral por la vía de un incremento excepcional de la cifra de nuevos inscritos en el CERA, que afecta también a su regularidad jurídica", señala el auto del Tribunal Supremo, al que ha tenido acceso Libertad Digital.
Los datos aportados por Iustitia Europa, y que no han sido rechazados por la Junta Electoral Central (JEC) y la Abogacía del Estado, señalan que "a 1 de julio de 2026 una cifra total de inscritos en el CERA de 2.736.522 electores, frente a los 2.328.260 electores correspondientes a las elecciones generales de 2023. Esto es, por tanto, un total de 408.262 electores más, de los que circunscripciones electorales como Madrid, con 115.572 electores más o Barcelona, con 43.439 electores más, revelan un incremento excepcional de electores inscritos en el CERA, que no se había producido con anterioridad a la vigencia de la Ley 20/2022 y de la Instrucción que interpreta la aplicación de la Disposición Adicional 8ª.1.Inciso primero de la misma".
(imagen visible para usuarios registrados)El Supremo paraliza el voto de la Ley de Nietos: un censo que beneficia históricamente al PSOEPablo Pardo
De esta manera, el Supremo entiende que este incremento "extraordinario" de electores inscritos en el CERA, el hecho de que esté en "constante aumento" y que esté "unido a la incidencia que pueda tener en los censos de electores así conformados en las diferentes circunscripciones" es motivo suficiente para que la Sala lo valore "ya que pueden afectar a la transparencia del proceso electoral y a la confianza de la ciudadanía en sus resultados, amén de generar una circunstancia fundada de incertidumbre sobre el resultado electoral".
Millán entiende que las nacionalidades se han adquirido "conforme al marco normativo vigente" por lo que no se le puede atribuir un "riesgo cualificado" que haga necesaria la adopción de la medida cautelar solicitada de excluirles del voto.
"La eventual estimación del recurso no transforma retrospectivamente en ilegítimas las situaciones jurídicas nacidas al amparo de una normativa plenamente aplicable en el momento de su reconocimiento, ni permite inferir, sin más, la existencia de perjuicios irreparables o de imposible reparación que justifiquen la tutela cautelar solicitada", explica.
El Supremo dice que la Ley de Nietos supone un "peligro fundado, real y serio" para las elecciones
Se aprecia un "incremento excepcional de electores inscritos en el CERA, que no se había producido con anterioridad a la vigencia de la Ley 20/2022".
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El Supremo dice que la Ley de Nietos supone un "peligro fundado, real y serio" para las elecciones
Se aprecia un "incremento excepcional de electores inscritos en el CERA, que no se había producido con anterioridad a la vigencia de la Ley 20/2022".
(imagen visible para usuarios registrados)Pablo PardoSeguir a pablopardop020610/9/2026 - 15:19
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El Tribunal Supremo alerta de que el elevado número de altas en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (conocido como CERA) puede suponer "un riesgo de alteración" en el censo electoral y justifica así las medidas cautelares solicitadas por Iustitia Europa.
Este lunes se produjeron las dos vistas orales en el Tribunal Supremo para escuchar las peticiones realizadas en primer lugar por Iustitia Europa y después por Vox. Días más tarde se conocía la decisión del Alto Tribunal de estimar las medidas cautelares solicitadas por Iustitia Europa de paralizar los efectos en el censo electoral de extranjeros de aquellos ciudadanos que hayan conseguido la nacionalidad basándose en la Ley de Nietos.
"Existe ese riesgo de alteración del censo electoral por la vía de un incremento excepcional de la cifra de nuevos inscritos en el CERA, que afecta también a su regularidad jurídica", señala el auto del Tribunal Supremo, al que ha tenido acceso Libertad Digital.
Los datos aportados por Iustitia Europa, y que no han sido rechazados por la Junta Electoral Central (JEC) y la Abogacía del Estado, señalan que "a 1 de julio de 2026 una cifra total de inscritos en el CERA de 2.736.522 electores, frente a los 2.328.260 electores correspondientes a las elecciones generales de 2023. Esto es, por tanto, un total de 408.262 electores más, de los que circunscripciones electorales como Madrid, con 115.572 electores más o Barcelona, con 43.439 electores más, revelan un incremento excepcional de electores inscritos en el CERA, que no se había producido con anterioridad a la vigencia de la Ley 20/2022 y de la Instrucción que interpreta la aplicación de la Disposición Adicional 8ª.1.Inciso primero de la misma".
(imagen visible para usuarios registrados)El Supremo paraliza el voto de la Ley de Nietos: un censo que beneficia históricamente al PSOEPablo Pardo
De esta manera, el Supremo entiende que este incremento "extraordinario" de electores inscritos en el CERA, el hecho de que esté en "constante aumento" y que esté "unido a la incidencia que pueda tener en los censos de electores así conformados en las diferentes circunscripciones" es motivo suficiente para que la Sala lo valore "ya que pueden afectar a la transparencia del proceso electoral y a la confianza de la ciudadanía en sus resultados, amén de generar una circunstancia fundada de incertidumbre sobre el resultado electoral".
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Voto particular
A pesar de que el Supremo haya aceptado las medidas cautelares solicitadas, el auto incorpora el voto particular de la Magistrada de la Sala Tercera María Alicia Millán. "Conviene señalar que la mera circunstancia de que un determinado número de personas haya adquirido la nacionalidad española al amparo de la Disposición Adicional y de la Instrucción controvertidas no constituye, por sí sola, un elemento apto para justificar la concurrencia del periculum in […] [peligro en la demora]", señala la magistrada.Millán entiende que las nacionalidades se han adquirido "conforme al marco normativo vigente" por lo que no se le puede atribuir un "riesgo cualificado" que haga necesaria la adopción de la medida cautelar solicitada de excluirles del voto.
"La eventual estimación del recurso no transforma retrospectivamente en ilegítimas las situaciones jurídicas nacidas al amparo de una normativa plenamente aplicable en el momento de su reconocimiento, ni permite inferir, sin más, la existencia de perjuicios irreparables o de imposible reparación que justifiquen la tutela cautelar solicitada", explica.
