¿Es compatible el arbitraje con interponer la demanda? Tenía entendido que hacían renunciar por escrito a la vía judicial sólo por acudir al arbitraje, claro, que es una clausula abusiva que puede tumbar cualquier tribunal.
También hay que tener en cuenta que no es poner la demanda y ya, son un par de meses de recopilación de documentación original mediante burofaxes con poca cooperación por parte del banco y varios meses de espera de juicio.
Quizá te convendría ir moviendo esto con algún bufete mientras sigues con el arbitraje, al menos que reciban algún burofax con membrete pidiendo originales para que vean que vas en serio y hasta que no pongas la demanda no incumples la clausula de no ir por vía judicial.
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Hola, Vidar: Cuando me llamaron de la oficina para comentarme si deseaba acogerme al Arbitraje lo primero que hice fue visitar a un abogado amigo mío y éste me dio su opinión. En principio, y dado que yo estoy por debajo de los 10.000 Euros, me dijo que no perdía nada por presentarme al procedimiento de arbitraje, ya que sería más rápido, barato y, probablemente, pudiera recuperar buena parte de la inversión, aunque me matizó que "perder, vas a perder"... Aunque también me dijo que en función de la "respuesta" ya decidiríamos qué hacer y, si optaba por la vía de los tribunales, lo mejor era hacerlo a través de un Bufete de Abogados que ya llevan muchos de estos casos y que él ya me recomendaría alguno e incluso ya "hablaría por mí".
Así que me presenté en la oficina y rellene el formulario con las alegaciones que considere oportunas, aparte de aportar la documentación que tenía y en la que faltaba también parte de la solicitada, una señal más de la mala "praxis" seguida... Desde la oficina se remite a un gestor "independiente" y que me parece que es KPMG y éste elaborará un informe valorando la solicitud y, si procede, la cuantía máxima a devolver.
El resultado de ese informe se enviará a la oficina y ésta contactará conmigo y me dirá cuál ha sido el resultado. Y es AHI donde yo decido si quiero o no continuar con el Arbitraje. Si no se está de acuerdo se renuncia al mismo y se puede optar por la vía judicial.
Si, en cambio, estoy de acuerdo creo que habrá que firmar un documento de aceptación del laudo arbitral y AHI ya renuncio a la vía judicial. A partir de ese momento ya se abre otro proceso: el Arbitraje propiamente dicho y que lo realizará la Junta de Arbitraje Nacional.
Lo que no tengo claro es cómo se realizará el "canje" porque yo tengo deuda subordinada a vencimiento y parece que quieren buscarle otra "solución". Al menos, eso he leído hace poco en la prensa.
De todas formas, hasta que no me llegue el resultado de la "primera parte" no decidiré la acción final.
Este abogado amigo mío me dijo que, seguramente, este caso se puede ganar en los tribunales, pero puede llevar mucho tiempo, coste y que no es excesivo en una "plataforma de afectados", pero también piensa que puede haber "gato encerrado"... Para cuando se consiga la "razón" Bankia ya no existe, está "troceada" o vete a saber...
Saludos.