Entendido gracias, de la lectura de esta réplica, si se desechan pronósticos imposibles de evaluar como certezas y amenazas de ignorarme, extraigo el siguiente, y único, argumento:
- El que invierte en metales tiene algo al contrario que el que invierte en SS española.
Procedamos a analizarlo objetivamente: es cierto que cuando se dice que el que invierte en metales, de la manera que se propone, es decir adquiriendo una onza (se pueden invertir en metales pero vía bolsa o incluso invertir en empresas que se dedican a metales, pero estas ultimas dependen de una gestión por lo que ya esta desvirtuada la comparativa). No hay duda de la tangibilidad de una onza, de hecho hasta parece deseable, pero que pasa si tengo 300 onzas en mi casa? No estoy exento del riesgo de ser robado. Y que pasa cuando quiero materializar la venta en dinero? Habitualmente un comprador de oro me cobrará una comisión por lo que lo que yo obtenga no va a ser el precio al que cotice el oro. Por otra parte considero un tanto arriesgado el pensar "el oro nunca baja", ya que si miramos el histórico bajar si ha bajado, por lo que entonces dependemos de acertar en el momento de compra, y entonces ya compartimos el riesgo de cualquier activo, sea una casa (aquella famosa cita "la vivienda nunca baja") o sea un valor bursátil.
Queda patente aquí que riesgos si tienen los metales (robo, dificultad de transporte si es mas de 1 o 2 onzas de oro o plata), y sí existe una fluctuación de precios, siendo el hecho cierto de que comparativamente el oro tiene siempre un suelo mínimo con el que es difícil perderlo todo y además goza de cierta estabilidad en el plazo más inmediato.
Ahora veamos que tiene un cotizando a la SS española si es que tiene algo:
Lo primero que hay que mencionar es que lo que tiene no es un bien tangible, sino unos derechos que se pueden disfrutar pero no se pueden "tocar". Por lo que no se puede extraviar ni ser robado, cosa que si sucede con el oro.
En segundo lugar hay que mencionar el hecho de que cuando cotiza, puede disfrutar de su inversión de manera inmediata, por ejemplo si se pone enfermo, empezará a cobrar una prestación por incapacidad temporal,asegurándose por lo tanto poder comer, vivir o mantener familia aún no pudiendo trabajar al recibir una transferencia cada mes durante el tiempo de la baja hasta un máximo de 2 años seguidos como máximo por cada una de esas bajas. También puede disfrutarse esta inversión de manera inmediata en caso de desempleo, de paternidad/maternidad, y otros. Donde no sucede así es con la prestación por jubilación donde hay que esperar 36 años para poder disfrutar de las ventajas de ese ahorro. Cosa que tambien ocurre cuando uno invierte en metales, según los exceles aportados por el Op también hay que esperar a acumular la suficiente cantidad de onzas que uno prevea que va a necesitar, eso implica tener que prever la fecha de gloria o al menos hacer una estimación.
Por último y más importante: dichos derechos están todos garantizados por ley (cosa que los metales no) es decir que se pueden exigir ante un tribunal, incluido el constitucional. Así mismo están garantizados por el Estado. Cual es el riesgo aquí? Desde luego lo que no hay es algun riesgo de fluctuación del valor de esos derechos, eso que nos ahorramos en preocupación, pero si tenemos el riesgo de que el Estado sea capaz de asumir sus obligaciones de pago, o sea que no quiebre. Si observamos el histórico de quiebras del estado, a partir de la fecha en la que empecemos a ver el histórico del oro o la plata, nos costará encontrar antecedentes de quiebras del Estado que supongan el no poder garantizar los derechos mencionados anteriormente. Esto no quiere decir que no pueda pasar, porque puede. No existe el riesgo 0 en ninguna cosa, por eso hay que evaluarlo en función por supuesto del factor rentabilidad. El eje Rentabilidad-Riesgo es la base de estudio de cualquier movimiento de inversión.
Y llegando al tema rentabilidad, el OP nada ha replicado en cuanto a los porcentajes analizados en post anteriores, lo cual hace indicar que nada tiene que decir sobre ellos, primero porque los de los metales ya los tiene claro el mismo: 5 a 8% anual bruto (comisiones no incluidas, impuestos no incluidos). Y la rentabilidad de UNO solo de los derechos que se adquieren al invertir en SS española, es decir prestación por jubilación, entre el 270% y 314% anuales brutos (impuestos no incluidos).
Nota: esta réplica contiene literalmente 0 subjetividades u opiniones, solo menciona hechos, argumentos y cifras por lo que no se me puede acusar de otra cosa que no sea la de argumentar con exquisita pulcritud para evitar cualquier que cualquier lector pueda sentirse ofendido dado que una cifra o un hecho no puede ofender al ser totalmente aséptica, insisto 0 valoraciones u opiniones, solo hechos y cifras que comparar, en un debate sano y respetuoso siempre es de agradecer.
Gracias, un saludo.