Bankinter. 150 euros Comision de mantenimiento.

taipan

Madmaxista
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He recibido una comunicacion de Bankinter segun la cual como mi cuenta solo tiene domiciliado el pago de la hipoteca con ellos contratada tienen ordenes de cobrarme 150 euros anuales por mantenimiento de cuenta (75 euros semestrales).

Les he explicado que hace 2 años he tenido el mismo problema (y solo eran 28 euros anuales) y ellos mismos reconocieron que por solo tener domiciliado el pago de la hipoteca (no tengo tarjetas, ni hago movimientos, solo reciben una transferencia mensual por el importe de la hipoteca y mantengo un saldo equivalente a 2 mensualidades por seguridad) no podian cargarme comision de mantenimiento por normativa del Banco de España puesto que tampoco me dan opcion a domiciliar este pago de hipoteca en otra entidad.

Ahora dicen que "desde arriba" les comunican que la normativa ha cambiado y sí que pueden cobrarme lo que estimen oportuno por mantenimiento de cuenta. ¿Es eso cierto? Dicen que es algo relacionado con la refencia legal a pie de pagina: "articulo 22 de la Ley 16/2009 de 13 de noviembre de Servicios de Pago" 😕:

He pedido que realicen una queja a sus superiores pero como me temo que harán caso omiso quiero tomar las debidas medidas para que no empiecen a cobrarme. ¿Alguna idea? ¿Que pasos debo seguir?
 
Me temo que son mas baratos los bancos andorranos o los suizos.
 
Lastima que no me pueda llevar la hipoteca alli :roto2:
 
He recibido una comunicacion de Bankinter segun la cual como mi cuenta solo tiene domiciliado el pago de la hipoteca con ellos contratada tienen ordenes de cobrarme 150 euros anuales por mantenimiento de cuenta (75 euros semestrales).

Les he explicado que hace 2 años he tenido el mismo problema (y solo eran 28 euros anuales) y ellos mismos reconocieron que por solo tener domiciliado el pago de la hipoteca (no tengo tarjetas, ni hago movimientos, solo reciben una transferencia mensual por el importe de la hipoteca y mantengo un saldo equivalente a 2 mensualidades por seguridad) no podian cargarme comision de mantenimiento por normativa del Banco de España puesto que tampoco me dan opcion a domiciliar este pago de hipoteca en otra entidad.

Ahora dicen que "desde arriba" les comunican que la normativa ha cambiado y sí que pueden cobrarme lo que estimen oportuno por mantenimiento de cuenta. ¿Es eso cierto? Dicen que es algo relacionado con la refencia legal a pie de pagina: "articulo 22 de la Ley 16/2009 de 13 de noviembre de Servicios de Pago" 😕:

He pedido que realicen una queja a sus superiores pero como me temo que harán caso omiso quiero tomar las debidas medidas para que no empiecen a cobrarme. ¿Alguna idea? ¿Que pasos debo seguir?

1.- Te la estan Metiendo.

2.- Te deben de avisar con 2 Meses de Antelacion si te quieren cobrar la Comision. El BDE considera que cobrar en una cuenta que solo tienes la hipoteca es contrario a las buenas practicas bancarias.



3.- Reclama por escrito, Indicando claramente que no estás deacuerdo, la posicion del Banco de España al respecto e instandoles a que te cancelen las comisiones y te devuelven los importes cobrados (Incluso los cobrados anteriormente). En caso contrario procederas con ua reclamacion ante el BDE al respecto.

Eso es mano de Santo. 😀

4.- Todo con el Banco tanto por este tema como futuros por Escrito.

Un Saludo.
 
Última edición:
es de vergüenza que te cobren por tener en un banco un dinero del que ellos lo usan como les viene en gana. Encima de que utilizan el dinero de los demás para beneficiarse te cobran.
No deberían cobrarte nada, porque solo es para el pago de la hipoteca, vamos, encima de que ganan por tener con ellos la hipoteca encima te quieren cobrar mantenimiento.
 
es de vergüenza que te cobren por tener en un banco un dinero del que ellos lo usan como les viene en gana. Encima de que utilizan el dinero de los demás para beneficiarse te cobran.
No deberían cobrarte nada, porque solo es para el pago de la hipoteca, vamos, encima de que ganan por tener con ellos la hipoteca encima te quieren cobrar mantenimiento.

Motivos para "bancolchon"?8:
 
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Ahora dicen que "desde arriba" les comunican que la normativa ha cambiado y sí que pueden cobrarme lo que estimen oportuno por mantenimiento de cuenta. ¿Es eso cierto? Dicen que es algo relacionado con la refencia legal a pie de pagina: "articulo 22 de la Ley 16/2009 de 13 de noviembre de Servicios de Pago" 😕:

He pedido que realicen una queja a sus superiores pero como me temo que harán caso omiso quiero tomar las debidas medidas para que no empiecen a cobrarme. ¿Alguna idea? ¿Que pasos debo seguir?


Artículo 22. Modificación de las condiciones del contrato marco.

1. El proveedor de servicios de pago deberá proponer cualquier modificación de las condiciones contractuales y de la información y las condiciones a las que se refiere el artículo 18 de manera individualizada y en papel u otro soporte duradero, en la forma que se determine por el Ministro de Economía y Hacienda, y con una antelación no inferior a dos meses respecto de la fecha en que entre en vigor la modificación propuesta.

No obstante, se podrán aplicar de manera inmediata todas aquellas modificaciones que, inequívocamente, resulten más favorables para los usuarios de servicios de pago.

Todas las modificaciones propuestas deberán destacarse con claridad. Cuando se haya convenido así, el proveedor de servicios de pago informará al usuario de servicios de pago de que cabe considerar que ha aceptado la modificación de las condiciones de que se trate en caso de no comunicar al proveedor de servicios de pago su no aceptación con anterioridad a la fecha propuesta de entrada en vigor. En tal caso, el proveedor de servicios de pago especificará que el usuario de servicios de pago tendrá el derecho a resolver el contrato marco de forma inmediata y sin coste alguno antes de la fecha propuesta para la aplicación de las modificaciones.

2. Las modificaciones de los tipos de interés o de cambio podrán aplicarse de inmediato y sin previo aviso, siempre que así se haya acordado en el contrato marco y que las variaciones se basen en los tipos de interés o de cambio de referencia acordados. El usuario de servicios de pago será informado de toda modificación del tipo de interés lo antes posible, a menos que las partes hayan acordado una frecuencia específica o un procedimiento de comunicación o puesta a disposición de la información. No obstante, los cambios en los tipos de interés o de cambio que sean más favorables para los usuarios de servicios de pago podrán aplicarse sin previo aviso.

3. Las modificaciones de los tipos de interés o de cambio utilizados en las operaciones de pago se aplicarán y calcularán de una forma neutra y que no resulte discriminatoria con respecto a los usuarios de servicios de pago.


Este artículo no dice nada que tenga relación con las comisiones.

Seguramente te están tomando el pelo.
Consulta en OCU o en Facua y pide una cita con el director del banco, le dices que contratarás el servicio de un abogado para denunciarlo por engaña.
 
A mi me ha pasado lo mismo, les reclamé por banca telefónica y pasaron de mi, pero les volví a reclamar por escrito y mencionando lo del BDE y surtión efecto.

Hay un foro donde encontrarás más información
 
Gracias a todos por vuestros consejos y en especial al enlace de Kenshin donde otro forero ha colgado un modelo de queja que parece que funciona.

Voy a reclamar por escrito y veremos.
 
He recibido una comunicacion de Bankinter segun la cual como mi cuenta solo tiene domiciliado el pago de la hipoteca con ellos contratada tienen ordenes de cobrarme 150 euros anuales por mantenimiento de cuenta (75 euros semestrales).

Les he explicado que hace 2 años he tenido el mismo problema (y solo eran 28 euros anuales) y ellos mismos reconocieron que por solo tener domiciliado el pago de la hipoteca (no tengo tarjetas, ni hago movimientos, solo reciben una transferencia mensual por el importe de la hipoteca y mantengo un saldo equivalente a 2 mensualidades por seguridad) no podian cargarme comision de mantenimiento por normativa del Banco de España puesto que tampoco me dan opcion a domiciliar este pago de hipoteca en otra entidad.

Ahora dicen que "desde arriba" les comunican que la normativa ha cambiado y sí que pueden cobrarme lo que estimen oportuno por mantenimiento de cuenta. ¿Es eso cierto? Dicen que es algo relacionado con la refencia legal a pie de pagina: "articulo 22 de la Ley 16/2009 de 13 de noviembre de Servicios de Pago" 😕:

He pedido que realicen una queja a sus superiores pero como me temo que harán caso omiso quiero tomar las debidas medidas para que no empiecen a cobrarme. ¿Alguna idea? ¿Que pasos debo seguir?

A mi me paso los mismo con CatalunyaBank, reclame por escrito en la oficina Central de reclamaciones. En el escrito deje constancia que me reservaba el derecho de ir al Banco de España por el cobro de comiciones abusivas "NO PACTADAS". redactalo bien y presentalo, tardan 2 meses en contestar y lo haran por escrito. Que tengas suerte...
Un saludo
 
A mi me ha pasado lo mismo, les reclamé por banca telefónica y pasaron de mi, pero les volví a reclamar por escrito y mencionando lo del BDE y surtión efecto.

Hay un foro donde encontrarás más información

la reclamacion por escrito la entregas en la oficina o la envias a una direccion postal?
 
la reclamacion por escrito la entregas en la oficina o la envias a una direccion postal?

Acabo de enviar la reclamacion telematicamente en la web (me han dado numero de recepcion para su seguimiento).

No obstante el lunes ire a la sucursal para entregar una copia y que me sellen la entrada. A ver que me dicen que a lo mejor no me quieren recepcionar la misma...
 
la reclamacion por escrito la entregas en la oficina o la envias a una direccion postal?

En mi caso, la lleve a la oficina, la sellaron y firmaron. Lleve copia. Tambien tienen unos formularios impresos que te entregan alli mismo, pero mejor llevarla bien redactada desde casa con copia.
Saludos
 
Motivos para "bancolchon"?8:
Puede ser, yo tengo muy poco, pero estoy pensando en sacarlo, total, entre que me rente un 0,8% y que me rente un 0% tampoco hay mucha diferencia. Estoy pensando en sacarlo, parte en plata y otra en euros. Porque encima me van a empezar a cobrar mantenimiento de 3 euros al mes y paso de pagarlos.
 
Puede ser, yo tengo muy poco, pero estoy pensando en sacarlo, total, entre que me rente un 0,8% y que me rente un 0% tampoco hay mucha diferencia. Estoy pensando en sacarlo, parte en plata y otra en euros. Porque encima me van a empezar a cobrar mantenimiento de 3 euros al mes y paso de pagarlos.

es que estas cosas hacen replantearse el no comprar oro, por caro que este no te podran hacer una quita estos lactantes.
 
Acabo de enviar la reclamacion telematicamente en la web (me han dado numero de recepcion para su seguimiento).

No obstante el lunes ire a la sucursal para entregar una copia y que me sellen la entrada. A ver que me dicen que a lo mejor no me quieren recepcionar la misma...

Yo en su día presenté reclamación vía telématica y me contestaron. Envié la reclamación en un documento en pdf con mi firma digital para que tuviera validez legal.
Finalmente y tras alguna que otra "gestión", me quitaron las comisiones en la cuenta en la que tenía la hipoteca. Eso sí, cada 6 meses me cargaban la comisión y tenía que llamar o pasar por la oficina para que me anularan el apunte. Según ellos es que el sistema informático lo hacía de forma automatizada y no se puede quitar.

Bueno, por suerte ya no tengo hipoteca ni relación con esa entidad con comisiones abusivas.
 
Algo no me cuadra, el maximo que permite el banco de España son 45 euros anuales.
 
Te vas a tener que rehipotecar para pagar la comision :roto2:
 
Que pena Bankinter, que fue un banco muy bueno y lo estropearon tanto que muchos salimos por patas de allí. Fue todo un pionero un el mundo el e-banking y su plataforma era muy buena, el call center my competente y sin comisiones. Ahora han dado un giro radical. Ya me fui de allí y no dejé ni un céntimo.
 

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