Recolectar gratis en el monte: del ahorro a la multa
¿Se puede subir a un monte público, coger un kilo de tomillo y bajarlo sin que nadie te pare? En teoría sí. En la práctica, la respuesta depende de la comunidad autónoma, del propietario del terreno y de la interpretación que haga el agente de turno. El punto de partida de la discusión es una lista de aprovechamientos silvestres que van del tomillo, el orégano y el romero al laurel, la manzanilla, las castañas, las avellanas, los piñones, los espárragos, los cardos, las moras, las endrinas, la bellota o el almez. Todo eso crece, y todo eso tiene dueño.
La conversación arranca con un cálculo doméstico: quien sube al monte en temporada puede bajar con varios kilos de aromáticas, secarlas y tener existencias para años. La letra pequeña aparece rápido. Un caso citado en el propio intercambio recuerda que un pastor de la Alpujarra fue llevado a juicio por coger un puñado de manzanilla de una especie protegida para dársela a sus hijos en infusión, y que su abogado atribuyó a ese proceso una depresión del acusado. Otra versión del mismo episodio sostiene que el hombre se dedicaba a recolectar plantas medicinales para venderlas y que acumulaba advertencias previas. Las dos lecturas conviven sin resolverse.
Qué se puede coger y qué no según la comunidad autónoma
La conclusión más repetida es que en España conviven diecinueve legislaciones ambientales: una por comunidad, más la estatal y la europea. Lo que se permite en una no tiene por qué permitirse en la vecina. El control lo ejercen el Seprona de la Guardia Civil y los cuerpos de agentes forestales de cada territorio, con competencias desiguales.
Hay quien sostiene que nada es legal coger en el monte salvo autorización expresa. Se citan casos de multas por cortar romero —planta que crece silvestre por medio sur peninsular— y por recoger piñas secas del suelo en un pinar. Ese último caso resulta especialmente incómodo: las piñas caídas son material inflamable y su retirada reduce el riesgo de incendio, pero la normativa no premia esa limpieza, la persigue. La paradoja se repite con la leña: un oyente contó en la radio que le habían denegado permiso para recogerla y que por eso los montes acumulaban restos.
El contrapunto llega desde la experiencia de quien vive en el medio rural. Hay quien asegura que nunca ha tenido problemas con la guardia forestal durmiendo en el monte ni recolectando con moderación, y quien responde que a él sí le han levantado acta. La diferencia, apuntan, está en el papeleo: quien entra con permisos en regla se expone a controles; quien entra sin dejar rastro, no.
El monte tiene dueño aunque parezca que no
El argumento que desmonta la fantasía del aprovechamiento libre es la propiedad. Un propietario relata que plantó castaños, los cuidó durante años y ahora ve cómo visitantes de fin de semana le recogen las castañas y las setas que crecen bajo ellos. El monte no es un supermercado sin caja: es un terreno con titular, catastrado o no, y lo que produce pertenece a alguien.
La anécdota más citada para ilustrar el celo administrativo es la de un hombre multado por coger dos palos de unos matojos que estaban en una cuneta junto a una finca. La explicación oficial fue que no se pueden coger cosas de propiedades ajenas. El afectado alegó que estaba en la cuneta. Dio igual.
Setas, espárragos y caracoles: el mercado paralelo
Más allá de las aromáticas, el catálogo de productos silvestres con salida comercial es amplio. Los piñones se venden a precios que sorprenden a quien compara con la bandeja del supermercado. Los espárragos de monte y las setas mueven a aficionados en temporada. Los caracoles, según un testimonio, abundan hasta el punto de arruinar cosechas en algunas zonas y no se consumen en otras, mientras en Cataluña escasean y se pagan. El mismo desfase ocurre con los níscalos: en ciertas comarcas de Castilla se recogían por cajas cuando nadie los quería, y en Cataluña son la seta más buscada.
El límite entre aprovechamiento y expolio es difuso. Se denuncia que los espárragos están esquilmados porque se arrancan incluso los más pequeños. La presión sobre el recurso no viene solo de fuera: viene de quien lleva décadas bajando al mismo rodal.
El marisco y la pesca: reglas distintas, multas parecidas
El debate salta del monte al litoral. En Galicia el marisqueo está fuertemente protegido porque es medio de vida de muchas familias, y las multas por furtivismo son severas. En Asturias basta con la licencia de pesca para coger bígaros o erizos, mientras en Galicia la misma actividad puede acarrear sanción. En Andalucía se permite pescar hasta cinco kilos de peces descontando la pieza mayor, pero coger un mejillón, una gamba o un pulpo puede salir caro. La regla de los cinco kilos, además, admite lecturas generosas: si la pieza mayor se excluye del pesaje, dos capturas pueden superar los nueve kilos sin rebasar el límite.
La pregunta que queda sin responder
¿Multa el Seprona a quien coge cuatro setas para consumo propio en terreno público y sin especie protegida de por medio? Nadie en la conversación aporta una respuesta cerrada. Se citan casos de sanciones por romero, por piñas caídas y por dos palos de cuneta. También se citan años de recolección sin incidencias. La sensación dominante es que el criterio varía según el agente, la comunidad y la visibilidad del recolector. Con ese panorama, subir al monte con una cesta y un abogado en la agenda ya no parece exageración.