declarar Cuentas en el extranjero

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cnk57

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Los que (hipotéticamente) tenéis cuenta en extranjero, ¿la habéis declarado a hacienda ya? ¿Lo vais a hacer? lo digo porque las multas por ocultación de datos son tremendas ( 10.000€ como minimo, creo)

¿Cómo se declaran y hasta cuándo hay de plazo?
 
para mi la duda es si una cuenta en paypal es considerada una cuenta en el extranjero ya que supuestamente no es una cuenta bancaria
 
Los residentes en el extranjero tambien han de declarar sus cuentas? O solo aplica para no residentes?
 
Los que (hipotéticamente) tenéis cuenta en extranjero, ¿la habéis declarado a hacienda ya? ¿Lo vais a hacer? lo digo porque las multas por ocultación de datos son tremendas ( 10.000€ como minimo, creo)

¿Cómo se declaran y hasta cuándo hay de plazo?

Dónde aparecen esas cuantías por sanciones? Cuándo entran en vigor?
 
He encontrado esto:

1.

El Consejo de Ministros ha aprobado, dentro del plan de lucha contra el embeleco fiscal, la "imprescribilidad de las rentas no declaradas en el extranjero".

El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, señaló que las rentas no declaradas tributarán según los tipos fiscales correspondientes del año en el que sean descubiertas.

El Gobierno creará un modelo de declaración para estos casos en el que se sancionará con multas de entre 5.000 y 10.000 euros cada dato omitido.




2.








3.




Existe la obligación de informar al Banco de España en el caso de:

La apertura o cancelación de cuentas en el exterior.
Se rellenará el modelo DD1.
Los movimientos de las cuentas abiertas en el exterior cuya suma exceda en total a 600.000 euros.
Se rellenarán los modelos DD2.
 
Última edición:
No las declares, puesto que Hacienda no tiene capacidad de descubrirlas. El que las declare es SIMPLE. Mi abuelo tenía cuentas en Suiza desde el final de la guerra civil, a donde mandaba todo lo que robaba en el ejército y el Estado, y luego mi padre y mis tíos las conservan, y NO PASA NADA.
 
No las declares, puesto que Hacienda no tiene capacidad de descubrirlas. El que las declare es SIMPLE. Mi abuelo tenía cuentas en Suiza desde el final de la guerra civil, a donde mandaba todo lo que robaba en el ejército y el Estado, y luego mi padre y mis tíos las conservan, y NO PASA NADA.

Pues al SIMPLE de Botín lo pillaron. Los demás como somos mucho más listos no corremos peligro.

 
jajajaajaj....eso es lo que vosotros os creéis, a Botin no le han pillado en NADA, porque ese teatro ya estaba amañado de antemano. A ver si nos enteramos que el Gobierno de España es el BBVA-BSCH. Y lo que véis es un montaje de democracia al estilo Shakespeare.
 
Hasta noviembre no es obligatorio, hasta entonces lo pensaré, pero me parece que no lo haré...
 
Este gobierno no va a durar mucho.



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Si el secreto bancario suizo sigue en pie es imposible que sepan de quién es esa cuenta.

Aunque te manden trasnferencias a esa cuenta, si no saben de quién es, pues lo tienen complicado.
 
En mi opinión si puedes meter el dinero sin hacer transferencias desde España no la declares, no se van a enterar (sacar el dinero en efectivo de España por la aduana sin que te pillen).

Si tienes que hacer transferencias desde aquí declarala porque se van a enterar, has hecho una transferencia al extranjero y te pueden preguntar donde va ese dinero.

De todas formas habrá que esperar a cuando salga la ley que diga como se declara a Hacienda, porque por ahora lo único que existe es la declaración al BdE que se supone que la utilizan para temas "estadísticos".


(todo esto que digo en referencia a cuentas abiertas en países que tengan secreto bancario, en países de la eurozona o de la UE me temo que si se ponen mal las cosas, estos países si les darán toda la información que necesiten a España).




Te pongo lo que dije en el hilo de Swissquote:



Para aclarar el tema de si hay que informar al BdE o no, aquí os pongo la Circular 3/2006.

Lo de los 600.000€, si en uno año no superas esa cantidad de movimientos en tu cuenta no hace falta que les informes. mirar el punto 3 de la NORMA CUARTA. Periodicidad y excepciones a la información




Circular n.º 3/2006, de 28 de julio

NORMA PRIMERA. Obligación de informar
La presente Circular regula las obligaciones de información
relativas a las siguientes operaciones que realicen las personas
físicas o jurídicas residentes:
1 La apertura y la cancelación de cuentas a la vista o de
ahorro en oficinas operantes en el extranjero, tanto de entidades
registradas como de entidades bancarias o de crédito
extranjeras.

2 La apertura y la cancelación de cuentas con no residentes
que no sean entidades bancarias o de crédito extranjeras,
a través de las cuales se realicen cobros y pagos exteriores
y se compensen créditos y débitos mutuos.
 
Última edición:
No las declares, puesto que Hacienda no tiene capacidad de descubrirlas. El que las declare es SIMPLE.

Pero si no tienes forma de hacer ingresos/retiradas de fondos fisicamente en una oficina de la entidad, al hacer cualquier tipo de transferencia hacia la cuenta te "cazan" inmediatamente ¿no?

¿Como evitas que te la descubran entonces?
 
Pero si no tienes forma de hacer ingresos/retiradas de fondos fisicamente en una oficina de la entidad, al hacer cualquier tipo de transferencia hacia la cuenta te "cazan" inmediatamente ¿no?

¿Como evitas que te la descubran entonces?



Pues claro, si no la declaras, o retiras en efectivo en el país de la cuenta o te esperas a la próxima amnistía fiscal. :rolleye:
 
Es muy fácil:

1.- Tienes una cuenta numerada en Suiza, en el Credit Suisse de Zürich, con XX millones de $ o CFH o €.
2.- Estás en Madrid y quieres retirar dinero en efectivo.
3.- Vas a la oficina del Credit Suisse en Madrid, y les pides un reintegro CONFIDENCIAL de tu cta de Zürich.
4.- Entonces ellos te darán un cheque de CAJA al portador ( hasta 3000€) de otro Banco, donde ELLOS tienen fondos.
5.- Vas a ese otro Banco y cobras al portador.

Y el BdE no se entera de Nada. Además, las entidades suizas radicadas en España no están en el FGD español, si no en el Suizo, como ING o Banco Espirito Santo.

Si eres cliente de un banco suizo, y tienes bastante dinero con ellos, Ellos te facilitarán las cosas, que no te quepa ninguna duda. Y te lo taparán TODO.
 
Me alegra saber que somos mas foreros con XX millones de € en cuentas suizas.
Empezaba a pensar que aqui todos erais podemita. Pero que callao os lo tenéis carbon.
 
Como ya han comentado es absurdo declarar nada, como te van a multar sino saben que tienes cuenta alli y no hay manera de que lo sepan
 
Hay otros mecanismos para traer el dinero de vuelta sin dejar rastro, a traves de un tercero, tiene un coste evidentemente, pero mucho menor que declarar aquí el dinero.
 
Y el BdE no se entera de Nada. Además, las entidades suizas radicadas en España no están en el FGD español, si no en el Suizo, como ING o Banco Espirito Santo.

Pues Credit Suisse y UBS sí que están cubiertas por el FGD español y son independientes de los bancos suizos (confirmado por ellos mismos). Sólo comparten la marca.

Y no me consta que haya oficinas de otros bancos suizos en España...
 
Me pregunto que ocurre si en el pasado, pongamos hace 2 años, hiciste una transferencia a una cuenta tuya en el extranjero, y nunca mas has vuelto a vincular de forma directa tus cuentas españolas con dicha cuenta o cuentas en el extranjero.
Y si dicha transferencia fue de pequeño importe?

¿Cuanto tiempo pueden ir hacia atrás en busca de "vínculos" con los que asociarte a cuentas extranjeras? Y sobre todo, ¿van a ir a por pequeños pececillos con, pongamos, menos de 100.000 €, o a por peces más rellenitos, o a por todos los peces del mar?
 
Pues Credit Suisse y UBS sí que están cubiertas por el FGD español y son independientes de los bancos suizos (confirmado por ellos mismos). Sólo comparten la marca.

Y no me consta que haya oficinas de otros bancos suizos en España...

Claro que operan en España, pero si tu te presentas como cliente de Zürich, te atenderán en un despacho, y el director te hará firmar un reintegro escrito en alemán, que enviarán a la oficina de Suiza, y a tí te dará un cheque de caja de otro banco, y claro, te cobrarán su comisión.

Si, es ilegal, pero se hace, como que también los bancos blanquean dinero zain de clientes muy ricos, previo pago de su comisión, y eso se hace desde siempre, y siempre se hará. Créeis que la banca solo gana dinero con las nóminas de los mileuristas??? o de las hipotecas?? Es mas, los bancos no ganan lo que dicen, si declaran que ganan 4, es que REALMENTE han ganado 8, y esos 4 en dinero zain se lo quedan los mayores accionistas en perjuicio de los pequeños accionistas.

Y pasa lo mismo con el Estado, si dicen que han ingresado 100, es que en REALIDAD han ingresado 200, y esos 100 en zain se los reparten directamente los de arriba. Y si luego hay déficit, pues se emite deuda, pero lo suyo siempre se lo reparten.

En las loterías se dan premios acorde a la recaudación de ese sorteo, pero: Cómo puedes estar seguro que es esa la recaudación REAL??? No puedes saberlo, te tienes que fiar de lo que diga Loterías y Apuestras del Estado.
Y seguramente la recaudación esel doble de lo declarado.

El principal defraudador y tenedor de dinero zain de España es el propio Estado.
 
Entonces el DD1 es obligatorio o solo es obligatorio para cuentas con mas de 600.000€?
 

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