Multa de 200 € por el carril central y un pulso legal por las dashcams
Hay una discusión que vuelve cada cierto tiempo a las carreteras españolas y que ahora ha derivado en algo más incómodo: la de si conviene grabar y denunciar a quien circula por el carril central o el izquierdo teniendo el derecho libre. El detonante es un conductor que asegura estar enviando fotos y vídeos a la DGT con las infracciones que graba desde su vehículo, y la sanción que se maneja en el intercambio es de
200 €. La normativa invocada es clara en el fondo: hay que circular por el carril más a la derecha y solo abandonarlo para adelantar.
El problema empieza antes. Quien graba mientras conduce se expone, según se le recuerda en la propia conversación, a posibles denuncias por usar dispositivos de grabación sin consentimiento. La defensa del autor es que
él conduce y son sus acompañantes quienes graban, y que la imagen recoge solo la infracción, la vía y el vehículo. La discusión sobre las dashcams en España —qué se puede grabar en vía pública y con qué fin— se ha convertido en el eje del rifirrafe, por encima incluso del carril.
Qué dice la norma sobre circular por el carril central
La obligación de ir por el carril derecho salvo adelantamiento está recogida en el reglamento y no admite matices de gusto personal. Quien la incumple se arriesga, según la cifra que se maneja en el intercambio, a
200 euros de multa por circular por el izquierdo o el central pudiendo hacerlo por el derecho. El argumento que más se repite es el de los atascos y las maniobras raras que provoca quien se ancla en el medio: obliga a cruzar dos carriles para adelantar, multiplica los cambios de carril y añade distracciones.
Lo llamativo es la asimetría. Un usuario describe
20 kilómetros por la A2 entre Madrid y Alcalá sin encontrar más que dos coches en el carril derecho, con el resto de conductores a 90 por el central o el izquierdo. Otro relata un tramo de la autovía Santander-Bilbao a la altura de Hoznayo:
cuatro kilómetros, tres carriles, ninguna incorporación y el derecho igual de transitable que los otros. Aun así, casi todos al medio.
Por qué hay quien defiende circular por el centro
No todo es dejadez. Una parte de quienes intervienen sostiene que en vías con muchas incorporaciones situarse en el carril central facilita la entrada de otros vehículos y evita frenazos. Otra línea apunta a un motivo menos confesable: el mal estado del firme en el carril derecho, con tramos de la A2 que se describen como
tercermundistas por los socavones. Si el carril derecho está destrozado, quien conduce busca el trozo liso.
El tercer frente es el de los límites. Con autovías limitadas a
100 km/h en tramos que admitirían 120 o 140, algunos razonan que el carril da casi igual porque todo el tráfico va igual de lento. La discusión se enreda además con la velocidad: circular a 120 por el central se defiende como "no ir bien, pero molestar menos que a 90".
Adelantar por la derecha y el castigo que se lleva quien lo hace
Uno de los giros más citados es el de Cataluña, donde los Mossos se dedicaron a vigilar estos comportamientos y, según se relata, acabaron multando a
muchos más conductores que adelantaban por la derecha que a los que circulaban por el central sin motivo. Es la paradoja que recorre todo el intercambio: la maniobra reprobable —rebasar por la derecha— se sanciona con más celo que el obstáculo que la provoca.
La respuesta institucional también queda en entredicho. Se cita que
la DGT pierde la mitad de los recursos de multas y que los sancionados que recurren tienen una tasa de éxito superior al 50%, un dato que se lanza contra quienes creen que una grabación casera va a prosperar como prueba.
La guerra de las grabaciones: qué prueba vale y qué no
El eje legal es si una grabación particular puede sostener una denuncia. La posición de quien denuncia es que su testimonio es la prueba principal y que el vídeo solo da peso cuando el denunciado lo confronta; las homologaciones y revisiones, argumenta, existen para sancionar con la sola imagen, como hacen los radares. La contraria avisa de que en España la grabación en vía pública sin consentimiento tiene límites y de que la Agencia de Protección de Datos es la que interpreta dónde están. El asunto no quedó cerrado.
Con estos mimbres, la conclusión práctica es incómoda: la norma dice una cosa, la práctica hace otra y el atajo —adelantar por la derecha— se castiga más que el obstáculo. Queda por ver si la DGT convierte el carril central en objetivo de campaña o si deja el problema donde está, en manos de quien graba. Ahí, precisamente, es donde el análisis se atasca.